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Viernes, 19 de Abril de 2024
Ciudadano Rodríguez

Caja de Pandora: Justicia ordena a super de Pensiones informar ‘comisiones fantasmas’

Héctor Cárcamo

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Corte de Apelaciones rechazó recurso interpuesto por la entidad que dirige Osvaldo Macías, que se oponía a informar sobre la forma en que las AFP manejan los US$ 200 mil millones ahorrados por los trabajadores y trabajadoras del país. Con ello, será posible conocer en profundidad el destino de las llamadas comisiones fantasmas que se pagan a las AFP con dineros de los fondos de pensiones de los afiliados.

Admision UDEC

En medio del debate por la reforma de pensiones que presentó hace poco el gobierno, los tribunales de justicia dieron un golpe al mentón al ente gubernamental que debe regular el funcionamiento de las AFP. En un fallo de 13 páginas, la Corte de Apelaciones ordenó al superintendente de pensiones, Osvaldo Macías, entregar las notas explicativas de los informes diarios de las AFP, información que había sido solicitada por el ciudadano Esteban Rodríguez en marzo del año pasado.

El tribunal dijo que son las AFP, y no la autoridad, las que deben defender un posible daño a sus intereses comerciales por transparentar esta información. Además, la corte reprochó al regulador que alegara distracción indebida -por las supuestas 1.500 horas de trabajo que significa la solicitud de información de Rodríguez-, ya que no había ingresado esa queja al Consejo de Transparencia. 

Aunque la superintendencia podía apelar a la Corte Suprema, decidió no hacerlo. Según indicaron desde la entidad, están trabajando para cumplir en tiempo y forma con los requerimientos del ciudadano Rodríguez.

¿Cuál es el trasfondo de la información solicitada que llevó a las autoridades, en nombre de las AFP, a obstaculizar la entrega de datos? El punto clave son las notas explicativas que permiten cuadrar en detalle dónde van y vienen los fondos invertidos por las administradoras de las pensiones de los chilenos, incluyendo las comisiones que se pagan a intermediadores financieros para que inviertan las platas.

Aunque gran parte de los pagos se destinan a fondos de inversión extranjeros (muchos de los cuales operan en Chile), también hay pagos a corredoras locales. Si se conocen dichos antecedentes podría saberse si realmente las comisiones que cobran las AFP son las que señalan públicamente o sí, por el contrario, pudieran existir ganancias desconocidas, las llamadas ‘comisiones fantasmas’. Esto último podría llevar, eventualmente, a abrir un flanco de crítica y polémica que afecte la intención del gobierno de aprobar su proyecto, calificado por la oposición como una defensa cerrada al actual sistema de AFP.

Las ‘comisiones fantasmas’ fueron parte del anuncio de reforma que el gobierno de Bachelet anunció en 2016. La promesa era identificarlas y corregir la práctica para que no las pagaran los afiliados. Según expertos, estas comisiones podrían alcanzar hasta US$ 500 millones al año, pero hasta hoy no han podido ser auscultadas por la ciudadanía.

El anuncio de Bachelet finalmente quedó en nada. Y la reforma de Piñera no dice nada respecto de dichas comisiones. Es más, el Ejecutivo presentó una propuesta que permite que las AFP sigan administrando no sólo el 10% que cotizan las personas hoy, sino también el 4% que se adicionará en los próximos años, aunque con el matiz de que esa cotización adicional puede ser administrada por otros actores financieros.

Que se defiendan solas

La Corte de Apelaciones fue dura con la Superintendencia cuando analizó las causales que argumentó la autoridad para negarse a entregar las notas explicativas de 2002 a 2016. Rodríguez solicitó en marzo de 2017 la información, y ante la negativa de Macías acudió al Consejo para la Transparencia, el que falló a favor de Rodríguez.

En su resolución, el Consejo constató que la superintendencia argumentaba la causal de oposición de terceros (las AFP), pues se afectaban sus intereses comerciales. En concreto, la autoridad protegió a las administradoras al afirmar que la información financiera solicitada podía develar las estrategias de inversión de las AFP. Rodríguez refutó esa argumentación, afirmando que los informes suelen tener cuatro meses de desfase.

Negándose a acatar lo que ordenó el Consejo para la Transparencia, Macías presentó un recurso de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones, el que acaba de ser rechazado. En su fallo, la Corte refuta el argumento de la superintendencia de que podrían afectarse los intereses comerciales de las AFP.

El argumento de la autoridad reguladora es que parte de los antecedentes requeridos estaría en formatos antiguos –cintas magnéticas- por lo que se necesitaría de más de 1.500 horas-hombre para recabar, ordenar y entregar la información, alejando a los funcionarios de sus labores principales.

Frente a ello, la Corte dijo que no era posible poner dicha causal, pues ante el Consejo para la Transparencia la autoridad no lo había hecho, por lo que no existe una coherencia procesal por parte del superintendente Macías.

El fallo dice, textualmente, en una de sus partes: “No resulta procedente esgrimir ex post, tan solo en el recurso de ilegalidad, fundamentos que no fueron alegados en su oportunidad; es decir, cuando se invoca una nueva causal lo que conlleva, necesariamente, a concluir que sólo los argumentos que se hacen valer en la etapa procesal respectiva -léase, administrativa con motivo de los descargos del actual recurrente– pueden ser revisados por la actual reclamación, precisamente para no alterar el principio de congruencia procesal-administrativa”. Traducido al castellano: no ha lugar.

Eso sí, la Corte no se pronuncia respecto de una serie de antecedentes que el propio Rodríguez reveló en dos escritos presentados en abril y julio de este año, donde revela una serie de irregularidades en el proceso interno de la superintendencia para darle respuestas.

Un artículo publicado recientemente en The Clinic, escrito por el mismo periodista que firma esta nota, aborda estos detalles, entre ellos una serie de incongruencias entre lo que decía al Consejo y lo que realmente le informaban algunos departamentos internos de la superintendencia.

Mientras el área financiera de la superintendencia reconocía internamente que podían recabar la información en pocos días, el área de informática señalaba que requeriría las referidas 1.500 horas.

Pero donde más fuerte le da la Corte a la autoridad de pensiones es respecto de su argumento sobre la afectación de los intereses comerciales de las AFP. El fallo, redactado por el ministro Javier Moya -candidato a la Corte Suprema- le indica a Macías que son las AFP las que se deben defender y no la autoridad en nombre de ellas.

“Es dable precisar que al exponer la Superintendencia que la entrega de información afecta a terceros, en este caso a las AFP, son estas quienes deben accionar en el reclamo, precisamente atento su calidad de titulares de la información y en defensa de sus derechos. Lo anterior, evidentemente no ha ocurrido”, señala el fallo.

En documento adjunto puede leer el falló íntegro de la Corte de Apelaciones.

 

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