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Sábado, 20 de Abril de 2024
Protección de información privada

Consejo Para la Transparencia debe resolver requerimiento contra la Subtel por entrega masiva de datos personales a Cadem

Camilo Solís

La Asociación Chilena de Telefonía Movil pidió al CPLT pronunciarse por las solicitudes que hizo la Subsecretaría de Telecomunicaciones a las empresas de telefonía de entregar datos de todos sus usuarios -y no muestras- para que Cadem haga "encuestas de satisfacción". INTERFERENCIA accedió al escrito que hoy está en tabla del CPLT.

Admision UDEC

Ad portas de numerosas elecciones populares, entre las que destacan las de convencionales para la Constituyente, municipales, gobernadores, e incluso una elección presidencial a celebrarse a finales del año; son numerosos los reclamos de ciudadanos que se han visto invadidos por propaganda electoral directamente a sus celulares y cuentas de redes sociales. 

En este contexto cobra especial relevancia el pronunciamiento que el Consejo Para la Transparencia (CPLT) debe realizar en su sesión de hoy 18 de marzo de 2021 —según está dispuesto en tabla por este organismo— a propósito de constantes requerimientos que la Subsecretaría de Telecomunicaciones (Subtel) ha hecho a empresas de telecomunicaciones por datos personales de los usuarios. 

El requerimiento fue presentado al CPLT el día 10 de diciembre de 2020 mediante un escrito firmado por Alfie Ulloa, presidente de la Asociación Chilena de Telefonía Movil (Atelmo), el cual señala su pretensión de transmitir al Consejo inquietudes y objeciones sobre el actuar de la Subtel durante los últimos años “en materia de tratamiento y protección de datos personales”. 

El escrito señala que la Subtel “no ha aplicado los estándares constitucionales y legales para resguardar el derecho fundamental de los ciudadanos a la autodeterminación informativa y la protección de sus datos personales, derecho que fue consagrado a nivel constitucional en nuestra Carta Fundamental el año 2018. Este actuar se ha visto reflejado en distintos episodios en que Subtel ha solicitado a las empresas representadas por Atelmo información de carácter personal de sus abonados que resulta excesiva y desproporcionada, con abierta inobservancia a las disposiciones de la Ley N°19.628 sobre protección de la vida privada (“LPD” o “Ley 19.628”) y excediendo sus propias atribuciones”. 

Sobre la materia, es particularmente llamativo uno de los puntos de este requerimiento, el cual se refiere al traspaso de información personal de los usuarios activos de telefonía móvil del país a una empresa privada, la cual es contratada por Subtel para realizar encuestas de satisfacción con el argumento de evaluar la calidad del servicio que las compañías de telecomunicaciones están prestando a los usuarios a nivel nacional. Dicha empresa es la conocida encuestadora Cadem. 

Los caminos que conducen a Cadem

En el requerimiento, Atelmo denuncia que desde 2006 la Subtel realiza este tipo de estudios, los que son externalizados a empresas especializadas en hacer encuestas estadísticamente representativas, las cuales consideran “un promedio de 14.000 respuestas al semestre”. 

“Sin embargo, Subtel, en lugar de solicitar los datos personales (incluyendo el número de teléfono) de un número limitado de clientes para la construcción de una muestra estadística suficiente para la realización de las encuestas, ha optado en cambio por solicitar los datos personales de la totalidad del universo de clientes de las empresas de telecomunicaciones, para luego (a partir de ese universo) limitar la muestra a aquellos individuos que efectivamente serán encuestados", dice el texto del requerimiento.

"Así, por ejemplo, en el mes de mayo de 2018, la Subtel ofició a las empresas de telecomunicaciones para que estas le remitieran distintos datos de la totalidad de sus abonados móviles”, continua el escrito. Los datos consultados —conforme dice el documento— son número de teléfono móvil, tipo de plan, región y comuna de domicilio, tráfico de datos, entre otros.

Estos hechos motivaron que en 2019, Entel presentara un recurso de protección ante la Corte de Apelaciones de Santiago contra la Subtel, para evitar una sanción interpuesta por el organismo público, cuando Entel decidió no entregar la totalidad de los datos solicitados por la Subtel.

Dicho recurso de protección sentenció que la multa impuesta por la Subtel a Entel debía ser disminuida. Entre los argumentos esgrimidos por dicha Corte en la sentencia, se señala que: “en cuanto al quantum de la multa principal, entendiendo que los datos solicitados obedecen a la necesidad de la autoridad de hacer una suerte de encuesta a través de un tercero, una empresa privada -Cadem-, lo que no dice relación al menos directamente con ninguna de las atribuciones del ente fiscalizador que el artículo 6° D.L. 1.762 le entrega, la sanción pecuniaria debe ser reducida sustancialmente”. 

Y agrega “(...) en efecto, sólo muy indirectamente podría sustentarse que la función de proposición de políticas públicas en materia de telecomunicaciones que la letra a) de la señalada norma entrega a la Administración, requiere que se recaben datos de los clientes de la empresa sancionada para que una empresa privada, un tercero, haga una ‘encuesta de satisfacción’”.

Dicha sentencia fue objeto de un recurso de queja por parte de la Subtel ante la Corte Suprema, la que en definitiva falló que a favor de dicha Subsecretaría, argumentando que la Corte de Santiago no podía reducir la multa impuesta a Entel, por cuanto se trata de una atribución del organismo administrativo.

Sin embargo, dado el recurso en particular, el tribunal supremo no se refirió al fondo de dicha causa.

Sobre el caso en particular, cabe mencionar que Cadem es la empresa de marketing y encuestas más contratada por organismos del Estado, lo que motivó un artículo de La Segunda en 2019, que señaló que dicha encuestadora era la “favorita del gobierno”, debido a que había obtenido $956 millones en tratos con organismos del Estado.

A propósito de lo mismo, en la plataforma de la Dirección de Presupuestos, Presupuestoabierto.cl se puede observar que Cadem obtuvo una cifra de $788 millones durante 2020 en tratos con organismos estatales, lo que consolida la predilección del gobierno por sus servicios.

Consejo Para la Transparencia

Nuestro medio se comunicó con el Consejo Para la Transparencia, desde donde nos señalaron que como práctica institucional no realizan declaraciones antes de una decisión formal de su Consejo Directivo. De cualquier manera, se confirmó a INTERFERENCIA que el tema se encuentra en tabla para la sesión de hoy, jueves 18 de mayo. 

Desde ese organismo, debe emitirse un pronunciamiento que se refiera a la legalidad o las facultades con que la Subtel ha obrado en estas actuaciones. Esto debido a que la Ley 20.285, que creó el Consejo Para la Transparencia en 2008, le entrega entre sus funciones y atribuciones la de "velar por el adecuado cumplimiento de la ley No 19.628, de protección de datos de carácter personal, por parte de los órganos de la Administración del Estado”, tal como se señala en la letra "m" del artículo 33 de la mencionada ley. 

También este periódico se comunicó con la Subtel, desde donde se mencionó que algunos temas vinculados a este requerimiento han sido vistos judicialmente. con triunfos para esta subsecretaría Desde esa repartición, dependiente del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, señalaron a nuestro medio: 

"Subtel como regulador sectorial, cumple un rol fundamental en el correcto funcionamiento del mercado de las telecomunicaciones y la protección de los intereses de los usuarios. En ese contexto realiza desde el año 2006 una solicitud de información (art.37 inciso 2do ley 18.618) en la cual pide información mínima para poder hacer una encuesta de satisfacción de servicio, para conocer en qué medida las empresas cumplen o no con el servicio que ofrecen”. 

La respuesta agrega que, “(..) se pide a las empresas comunicar a Subtel número telefónico, tipo de plan, región, si tiene o no contrato, etc. El número telefónico que corresponde a la categoría de dato personal identificable, es un dato protegido cuyo tratamiento se somete a las reglas de la ley 19.628. Un tercero contratado por Subtel licitado por ley de compras públicas [Cadem], realiza por encargo la encuesta y nos entrega los resultados”. 

Nuestro medio se comunicó con Alfie Ulloa, presidente de Atelmo, quien señaló que prefiere no emitir declaraciones hasta no conocer lo resuelto por el Consejo.



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