Entre junio y diciembre del año pasado, el Juzgado Laboral de Letras de Concepción recibió tres demandas dirigidas en contra de Astilleros y Maestranzas de la Armada (Asmar), todas acciones judiciales entabladas por tres distintos sindicatos de la empresa en Talcahuano.
En esa ciudad, se encuentra uno de los astilleros que posee esta empresa pública, los otros están en Magallanes y Valparaíso, la que fue fundada en 1960 y dirigida actualmente por el contralmirante naval Luis Kohler Gary. Esta institución cuenta con una administración autónoma a cargo de la Armada de Chile, además de tener patrimonio propio y cuya principal tarea es la reparación de embarcaciones no solo de esta rama de las Fuerzas Armadas, sino que también de otras naves tanto nacionales como extranjeras, civiles y militares.
Los funcionarios sindicalizados que recurrieron a esta primera instancia judicial reclaman que Asmar les adeuda prestaciones laborales, en concreto, un bono mensual que se conoció como asignación de zona, correspondiente a un 20% del sueldo base de cada trabajador civil, algo que ya no existe.
En la instancia judicial, la empresa y los sindicatos mantienen una disputa con argumentos cruzados. “Los demandantes pretenden obtener un beneficio injusto y de consecuencias eventualmente gravísimas para la sustentabilidad económica de la empresa”, expuso la defensa de Asmar en una de las causas.
Son más de 1.600 trabajadores los que están detrás de las demandas, y el monto reclamado es una cifra que se cuenta en dólares. Tan solo el Sindicato Nº2, por ejemplo, solicita el pago total de US $ 3,8 millones por una eventual deuda acumulada entre diciembre de 2016 y noviembre de 2018.
La discusión legal
Según se relata en las demandas de los sindicatos, la asignación de zona se pagó hasta noviembre de 1995. En ese momento, los ejecutivos de la época hicieron firmar a los trabajadores “un anexo de contrato que refundía todos los beneficios percibidos por el trabajador en el sueldo base, con ello la asignación de zona establecida legalmente desaparecía”. Para los trabajadores que ingresaron después de ese momento, nunca existió el beneficio.
Si bien el sueldo aumentó a partir del anexo en 1995, estos mismos alegan que se les extinguió un bono que se sigue ajustando a derecho. “[El anexo firmado] sólo tuvo efecto de aumentar el monto del sueldo base, pero, bajo ningún punto de vista tuvo la capacidad o idoneidad para modificar una norma legal que establecía el derecho de los trabajadores civiles de Asmar a percibir la asignación de zona”, se afirma en una de las demandas.
Los textos que funcionan como el principal argumento de los abogados de los sindicatos son el Decreto Supremo Nº658 del Ministerio de Defensa, fechado en 1966 y que tuvo su ratificación en un decreto posterior en 1975, que continuó su vigencia y donde se establecía que los civiles vinculados a Asmar sí tenían derecho a percibir este beneficio.
Sin embargo, en las distintas contestaciones de la demanda –la primera defensa en contra de la empresa fue asumida por el fiscal de esta, mientras que las dos posteriores fueron asumidas por la Procuraduría Fiscal de Concepción, del Consejo de Defensa del Estado– se alega distintos aspectos para contrarrestar los argumentos de los trabajadores.
El abogado George Schubert, por ejemplo, por parte del CDE, indicó que el Juzgado del Trabajo de Letras de Concepción no es el órgano competente para analizar esta acción judicial, y los sindicatos tampoco son las organizaciones pertinentes para presentarlas. Según expone, Asmar está “sujeta, tanto la institución como su personal, a la fiscalización de la Contraloría General de la República, así como la interpretación administrativa”.
“La Contraloría General de la República se ha pronunciado respecto de la facultad exclusiva que tiene el Consejo Superior de Asmar para determinar las remuneraciones y beneficios que corresponden a su personal civil señalando que la existencia de la asignación de zona –si se llegare a otorgar, que no ha sido el caso- depende única y exclusivamente de dicho Consejo, el cual a la fecha no ha establecido ninguna asignación de zona para el personal civil que labora para mi representada”, dice la defensa.
Este panorama planteado por Schubert se ampara en la Ley Orgánica de los Astilleros y Maestranzas de la Armada (18.296), que se publicó en 1984 y que estableció un Consejo Superior –integrado en su gran mayoría por altos oficiales de la Armada– que efectivamente posee, entre otras atribuciones, la de “aprobar la planta y fijar las remuneraciones del personal civil contratado por Asmar”.
Pero los sindicatos alegan que la extinción de ese bono no ocurrió en 1984, con la ley de Asmar que rige hasta la actualidad, sino más bien once años después, en noviembre de 1995, para lo que habría sido necesario un anexo de contrato; no solo el cuerpo legal. Y principalmente insisten en que los textos que justifican su petición continúan vigentes, más allá de las atribuciones con las que cuenta el Consejo Superior de Asmar, lo que es contrarrestado por el abogado del CDE, el que indica que diferentes dictámenes de la Contraloría han respaldado esta postura que hoy defiende.
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Estoy con los trabajadores,
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