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Jueves, 18 de Abril de 2024
Balance 2018

El polémico año de la Sala Penal de la Corte Suprema

Maximiliano Alarcón G.

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La jubilación del ministro Milton Juica provocó un giro más conservador en la segunda sala del máximo tribunal, que este año ha estado en el centro de la tormenta. Y ello incluyó una acusación constitucional -fallida- en contra de tres de sus integrantes.

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Siempre existen fallos controversiales, pero 2018 fue un año particularmente polémico para la Segunda Sala de la Corte Suprema, la que revisa las causas penales. Tres ministros fueron acusados constitucionalmente, mientras que varias de sus resoluciones abrieron la preocupación por la doctrina que impulsa el máximo tribunal en materia de Derechos Humanos.

El 26 de junio hubo un punto de inflexión. Aquel día, a sus 75 años, se retiró el ministro Milton Juica, por alcanzar el tope de edad para seguir en el cargo. El jurista había sido un actor fundamental en llevar a la Segunda Sala a perseguir a los criminales de lesa humanidad.

Con esto el tribunal quedó compuesto por Hugo Dolmestch, Carlos Kunsemüller y Manuel Valderrama, además de los abogados integrantes Ricardo Abuauad y Antonio Barra. A estos se suman los magistrados Lamberto Cisternas y Jorge Dahm. De todos modos, los integrantes son ocasionales y se eligen en forma aleatoria, no son fijos ni permanentes.

Fuentes que conocen de cerca la rutina de esta sala aseguran que desde que Juica no está, hay muchas causas retrasadas. Si bien esta crítica apunta a algo logístico de los ministros, lo más mediático han sido los criterios, los que tensionaron en varias oportunidades el rol de estos jueces.

Punta Peuco y acusación constitucional

Sin duda el momento de mayor tensión se vivió en julio. El 31 de aquel mes la Sala Penal acogió un recurso de amparo que otorgó la libertad condicional a cinco reos de Punta Peuco, después de que la comisión encargada de dar dicho beneficio se los negara por no demostrar arrepentimiento.

La fallida acusación constitucional debilitó a esa sala. “Se vieron en la necesidad de hacer lobby en el gobierno y el Congreso para poder salvar la situación”, afirma un conocedor de los hechos. “Y con ello quedaron hipotecados por muchos años”.

Básicamente, los supremos consideraron que no era necesario esto último y que era suficiente con que los condenados hayan cumplido la mitad de su sentencia y demostrado buen comportamiento.

Si bien un artículo del 24 de agosto de La Tercera constató que anterior a estos fallos la sala ya había entregado desde 2015 este beneficio a 19 reos de Punta Peuco, el efecto político y mediático de esa decisión de julio complicó la labor de los jueces.

El 22 de agosto diputados de la oposición presentaron una acusación constitucional en contra de Manuel Antonio Valderrama, Carlos Kunsemüller y Hugo Dolmestch, la que finalmente fue rechazada, pero que tensionó durante tres semanas a los ministros y la relación entre el poder judicial y el legislativo.

Hace unos días, el Tribunal Constitucional decretó que el “arrepentimiento” no es una condición exigible para otorgar la libertad provisional, lo cual viene a respaldar el criterio que aplicó esta sala de la Corte Suprema. Sin embargo, un conocedor del funcionamiento íntimo del poder judicial asegura que en estos temas “siempre se han enfrentado doctrinas jurídicas opuestas”. Y cita como ejemplo que el actual presidente del máximo tribunal “nunca ha aceptado la medida de la prescripción, cuyo autor intelectual es Hugo Dolmestch, el principal responsable de los liberados de Punta Peuco”.

De todos modos, la fallida acusación constitucional debilitó a esa sala y a toda la institución. “Se vieron en la necesidad de hacer lobby en el gobierno y el Congreso para poder salvar la situación”, afirma un conocedor de los hechos. “Y con ello quedaron hipotecados por muchos años”.

Caso Luchsinger-Mackay

El 7 de agosto la misma sala declaró admisible un recurso de nulidad presentado por los tres condenados en el caso Luchsinger-Mackay. Pero este fue rechazado el 10 de octubre y ratificó los 18 años de prisión para José y Luis Tralcal, además de mantener los cinco años de libertad vigilada para José Peralino.

Entre los defensores y los familiares de los condenados siempre existió la duda de si la acusación constitucional influyó de alguna forma en la decisión de los jueces, aunque fuera de manera psicológica.

Lo que buscaban los abogados de los condenados era que se realizara un nuevo juicio sin incluir el testimonio de Peralino, principal prueba que incriminaba a los acusados. Hay que recordar que, según declaró dicho condenado durante una audiencia de primera instancia, su relato de que hubo una reunión entre los involucrados en la casa de la machi Francisca Linconao antes del incendio, fue dada bajo presión de la Policía de Investigaciones.

Hace unos días, el Tribunal Constitucional decretó que el “arrepentimiento” no es una condición exigible para otorgar la libertad provisional, lo cual viene a respaldar el criterio que aplicó esta sala de la Corte Suprema en el caso de Punta Peuco.

Pero la Sala Penal desestimó de forma unánime el recurso, pese a que existía además una denuncia de Ximena Saldivia, una de las juezas de primera instancia que acusaba presiones indebidas de otro de los magistrados en el caso. También, según publicó El Desconcierto, la ONU entregó una serie de recomendaciones en las que advertía la posible transgresión de derechos de los condenados y de Saldivia.

Por estas dudas abiertas, los primos Tralcal se mantienen en clandestinidad, mientras la defensa prepara actualmente una denuncia ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

Más allá de la Corte Suprema

Hay otros fallos de la Sala Penal que dejaron dudas, lo que permite preguntarse si la Corte Suprema tiene la última palabra en un caso.

Uno fue fallado este 20 de diciembre, con el voto disidente de Kunsemüller. Aquel día el tribunal se pronunció sobre un recurso de nulidad presentado por la defensa de los seis condenados en el “caso Lara” (incendio del 21 de mayo de 2016 en Valparaíso en que murió el trabajador Eduardo Lara), el cual buscaba un nuevo juicio para los acusados, pero sin incluir las pruebas obtenidas por la PDI a través de la Ley de Inteligencia, puesto que la normativa establece que estas no pueden ser utilizadas como prueba en un juicio.

Las dudas que persisten hasta hoy, y que los ministros desestimaron, apuntan a que, hasta antes de la aparición de las pruebas de inteligencia, los seis acusados ni siquiera figuraban como sospechosos. Hasta el momento se desconoce si la defensa recurrirá a alguna instancia internacional, mientras los procesados están en la clandestinidad.

En tanto, el jueves 27 de diciembre, la Segunda Sala entregó su veredicto respecto del recurso de revisión de la condena del ex frentista Jorge Mateluna, quien fue encarcelado por su supuesta participación en el robo en una sucursal del banco Santander en 2013.

Pese a la insistencia de la defensa de que el mayor de Carabineros, Juan Muñoz Gaete, falsificó una prueba para inculpar a Mateluna, el tribunal estimó –de forma unánime– que esto no era suficiente para anular la condena.

Según publicó BioBioChile, el abogado del ex frentista, Davor Harasic, no descartó la posibilidad de recurrir a otra instancia para conseguir la libertad del acusado. Con esto sería otra decisión más de la Segunda Sala Penal que podría ser revisada fuera del país.

“La sala penal hoy vive su peor momento de imagen, pero no está disponible para aceptar cambios que con la partida del ministro Juica pongan a esta Corte en un plano de personalidades ajenas a las doctrinas jurídicas”, asegura un conocedor de las mecánicas y la psicología que imperan en el máximo tribunal.



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