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Martes, 16 de Abril de 2024
[Hizo INTERFERENCIA]

La casa de veraneo que el subsecretario Ubilla compró en territorio mapuche

Victoria Viñals (desde Pucón)
Claudia Urquieta

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Vista desde la casa de Rodrigo Ubilla en la Comunidad Mariano Millahual / Interferencia
Vista desde la casa de Rodrigo Ubilla en la Comunidad Mariano Millahual / Interferencia

En su breve historial periodístico, INTERFERENCIA ha dedicado especiales esfuerzos en fiscalizar la labor del poderoso subsecretario del Interior. En esta serie re-publicamos los artículos más importantes de su participación en el caso Catrillanca, la adquisición de tierras mapuche sin serlo, y el juicio que le lleva la familia Painequir para su devolución, con serios episodios de intimidación. Historias que ayudan a comprender la caída de Rodrigo Ubilla.

Admision UDEC

La casa de veraneo que el subsecretario Ubilla compró en territorio mapuche 

En 2009 el actual subsecretario del Interior compró dos terrenos al interior de una comunidad mapuche por 10 millones de pesos, donde actualmente tiene una residencia en la punta de una colina. El problema es que nunca debió comprar dicha propiedad, pues contraviene la Ley Indígena de 1993.

 

A mediados de febrero, Rodrigo Ubilla subrogó a Andrés Chadwick como ministro del Interior. En ese cargo, dio una entrevista a La Tercera donde aseguró que “algunos de los incendios que se han producido en el último tiempo están asociados al tema de la causa mapuche”. Las declaraciones fueron rechazadas por parlamentarios y opositores al gobierno, pero la polémica se dio por superada rápidamente.  

Donde siguieron resonando las declaraciones del alto funcionario de La Moneda fue en la comunidad mapuche Mariano Millahual, ubicada en el sector de Quetroleufu a unos 13 kilómetros de Pucón. A los comuneros les resultó indignante que “el señor Ubilla” hablara así de los mapuche, siendo que él mismo tiene una casa de veraneo en esa comunidad desde hace varios años. En opinión de los vecinos de Ubilla en esta zona cercana al balneario de Pucón, su versión podía resultar esperable de quien ignora la relación que tienen los mapuche con la tierra y la naturaleza, pero no por parte de alguien que convive con ellos desde hace años.

La indignación de la comunidad con su vecino Ubilla venía desde que se enteraron de que el Ministerio del Interior supo desde el primer momento que Camilo Catrillanca no murió en un enfrentamiento, pese a lo cual el propio subsecretario instruyó al otro día que se diera a conocer la falsa versión de su muerte, que exculpaba a Carabineros.  De tal modo, lo de los incendios solo fue la gota que rebalsó el vaso.

En terreno INTERFERENCIA verificó que el predio de agrado de 10.000 metros cuadrados del subsecretario del Interior efectivamente se encuentra dentro de la comunidad Mariano Millahual.

Alertados por los vecinos de la comunidad Mariano Millahual de la existencia de una propiedad de Ubilla en territorio mapuche, INTERFERENCIA viajó hasta La Araucanía para verificar la información y seguirle el rastro a la historia de cómo Ubilla se hizo de terrenos que están en territorio mapuche. Es decir, bajo el amparo de la ley indígena de 1993, la que -en un intento de evitar la fragmentación de las tierras de este pueblo original y la especulación inmobiliaria- prohíbe a los no mapuche adquirir dichas propiedades.

En terreno, INTERFERENCIA verificó que el predio de agrado de 10.000 metros cuadrados del subsecretario del Interior efectivamente se encuentra al interior de la comunidad Mariano Millahual. La residencia es espaciosa pero sencilla, y se ubica en la cima de una colina. Una gran terraza ofrece una vista hermosa sobre la zona de Quetroleufu, en Pucón.

Una sociedad limitada y una hectárea

El 17 de mayo de 2014, dos meses después de que Rodrigo Ubilla dejara su cargo como subsecretario del Interior en el primer gobierno de Sebastián Piñera, este militante de Renovación Nacional creó la Sociedad de Inversiones Quetroleufu Limitada. Esta persona jurídica tiene como giro la realización de inversiones, y como socios figuran -además de Ubilla- su esposa Regina Olivares y los cuatro hijos del matrimonio. La sociedad se creó por escritura pública en la notaria de Armando Ulloa en Lo Barnechea, donde Ubilla aportó dos inmuebles de 5.000 metros cuadrados, por un valor de 5,1 millones de pesos cada uno.

Ambos predios, identificados como “Lote doce” y “Lote catorce” eran propiedad de Rodrigo Ubilla desde 2009, año en que los compró por 5,5 millones pesos cada uno a Guadalupe Moris.

En ese acto, y según consta en la escritura pública con fecha 2 de noviembre de 2009, Moris declaró ser dueña de parte de un predio denominado Lote 127-B1 de 94.781 metros cuadrados. A este terreno se le realizó una subdivisión de la cual resultaron los predios que le vendió a Ubilla, quien pagó la suma acordada en dinero efectivo.

Moris había adquirido esas propiedades producto de la liquidación de su sociedad conyugal con Jorge Painaquir, realizada en febrero de 2008, quien a su vez los había adquirido mediante una compraventa fiduciaria realizada a Rumaldo Painaquir en 2007.  

El artículo 13 de la Ley establece que las tierras indígenas están protegidas y no pueden ser adquiridas de ningún modo, salvo entre comunidades o personas indígenas de una misma etnia.

El día que Ubilla verificó la compra de los terrenos en la notaría de Luis Espinoza de Pucón, además de Moris, también estuvieron presentes Rumaldo y Jorque Painequir. Ambos ratificaron la compraventa “declarando extinguidos y a su entera satisfacción” los saldos de precios establecidos en la compraventa de 2007 y la separación de bienes y liquidación de la sociedad conyugal, en lo que tenía que ver con los terrenos vendidos a Ubilla, exclusivamente.

El contrato de la compraventa realizado entre Ubilla y Moris tuvo varios elementos llamativos. El primero fue que la propiedad estaba exenta del pago de contribuciones (característica que corresponde a toda tierra indígena). La vendedora declaró bajo juramento que los inmuebles “son pequeñas propiedades rústicas, de escaso o nulo valor agrícola, que no tributa bajo ningún sistema porque no se han desarrollado actividades productivas en la misma”.

También se estableció que los predios quedarían sujetos a la prohibición de cambiar su uso en función al Decreto Ley 3.516 de 1980, destinado a proteger los terrenos rurales.

Finalmente, en las escrituras se señala que las propiedades se encuentran libres de todo tipo de figuras jurídicas que “pudieran afectar o limitar el derecho de dominio o las facultades de uso, goce o disposición sobre la propiedad. Las partes declaran que el cumplimiento de esta cláusula es elemento determinante en la celebración del contrato prometido”.

Nunca se mencionó en la documentación de compraventa que se trataba de tierras indígenas. Sin embargo, sí lo eran.

Los predios comprados por Ubilla son tierras indígenas por estar al interior de una comunidad que goza de un título de merced vigente desde 1908 y que está registrada ante la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena (Conadi) como tierra indígena desde 2000, es decir, nueve años antes de la adquisición por parte de Ubilla.

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Portada del título de merced de la Comunidad Mariano Millahual de 1908. Vigente hasta 1983 cuando fue dividida / interferencia
Portada del título de merced de la Comunidad Mariano Millahual de 1908. Vigente hasta 1983 cuando fue dividida / interferencia

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Mapa del terreno de la Comunidad Mariano Millahual en 1908 / Interferencia
Mapa del terreno de la Comunidad Mariano Millahual en 1908 / Interferencia

Tierras protegidas

En 1993 entró en vigencia la Ley 19.253 que creó la Conadi y las normas de protección, desarrollo y fomento de los pueblos indígenas en Chile. En el título II de la Ley se establecen normas de protección a la tierra indígena y declara que estas son aquellas que -entre otras razones- hayan sido adquiridas mediante títulos de merced, una antigua figura jurídica que data de los tiempos de la colonia.

Además, la ley establece que la propiedad de las tierras indígenas “tendrá como titulares a las personas naturales indígenas o a la comunidad indígena definida por esta Ley”, y en virtud de esta razón las declara exentas del pago de contribuciones territoriales.

El artículo 13 de la Ley establece que estas tierras, “por exigirlo el interés nacional, gozarán de la protección de esta Ley y no podrán ser enajenadas, embargadas, gravadas, ni adquiridas por prescripción, salvo entre comunidades o personas indígenas de una misma etnia”.

Además, esta Ley creó el Registro Público de Tierras Indígenas, en el que se inscriben y acreditan todas las tierras consideradas como tales por la misma Ley.

Y en ese mismo registro están incluidos los predios de Ubilla, precisamente por estar estos dentro de la Comunidad Mariano Millahual, cuyo dominio de tierra fue reconocido en 1908 mediante el título de merced 1341.

En 1983 se adjudicaron judicialmente los terrenos a los habitantes históricos del lugar. De esta partición, Rumaldo Painaquir se adjudicó la hijuela 127, la que fue reinscrita en el Conservador de Bienes Raíces de Pucón en 1996, y se formalizó como tierra indígena en el Registro Público de Tierras Indígenas en 2000.

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Mapa de las hijuelas resultantes de la división del título de merced. En amarillo, la hijuela 127 lugar donde se encuentran los lotes 12 y 14 propiedad de Rodrigo Ubilla.
Mapa de las hijuelas resultantes de la división del título de merced. En amarillo, la hijuela 127 lugar donde se encuentran los lotes 12 y 14 propiedad de Rodrigo Ubilla.

En 1996, año en que fue reinscrita la propiedad, la hijuela 127 fue dividida en dos, resultando los predios 127-A y 127-B, el que a su vez se dividió en 127-B1 y 127-B2. Mientras el Lote 127-A fue permutado con autorización de la Conadi ese año, las tierras correspondientes al lote 127-B se encuentran inscritas actualmente a nombre de Rumaldo Painequir, y de ellas se desprenden los lotes doce y catorce, actualmente de propiedad del subsecretario de Interior.

Ni la división en hijuelas otorgadas por el título de merced que dio origen al dominio mapuche sobre esa tierra, ni la liquidación de la sociedad conyugal mediante la cual Guadalupe Moris adquirió para sí los predios, hacen perder la calidad indígena de la tierra, las que -por cierto -según establece la ley, sólo puede ser adquirida por otros indígenas, o permutada por otras tierras de igual valor que, a su vez, adquieren esta calidad.

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Inscripción de la Hijuela 127 a nombre de Rumaldo Painaquir en el Registro Público de Tierras Indígenas / Interferencia
Inscripción de la Hijuela 127 a nombre de Rumaldo Painaquir en el Registro Público de Tierras Indígenas / Interferencia

Un subsecretario en territorio mapuche

La casa de Ubilla está en lo alto de una colina, unos tres kilómetros hacia el interior de la comunidad mapuche Mariano Millahual. Para llegar a ella hay que recorrer un camino de tierra donde está la casa de la familia Painaquir y, más arriba, la sencilla casa del cuidador. El camino termina en la casa de Ubilla. Aunque exenta de lujos, la casa se ve grande y cómoda.

INTERFERENCIA llegó hasta la casa de veraneo del subsecretario para conversar con él o alguno de sus familiares, que también son dueños a través de la sociedad que formaron. Sin embargo, no había nadie en la propiedad. Consultado, el cuidador respondió escuetamente que “el señor Ubilla se encuentra fuera de Chile” y que este verano él y su familia no habían ido de vacaciones como todos los años anteriores.

“Me parece harto malo que tenga una casa en esta comunidad y que al mismo tiempo esté diciendo todas esas cosas por la prensa. Tendría que saber respetar a la comunidad donde él mismo vive. A él no se le ha hecho nada. No hay quemas, ni nada. Tampoco se le ha ido a quemar su casa.", dice el lonko de la comunidad. 

En entrevista con este periódico, el lonko de la comunidad, Gerardo Millahual, dijo que sabía que Ubilla tenía esa casa de veraneo en la comunidad y que -tras las últimas declaraciones del subsecretario, aquellas que vincularon la causa mapuche con los incendios forestales- un grupo de vecinos se había organizado para ir a hablar con él y pedirle explicaciones por sus dichos.

Esto, porque más allá de la legalidad de la compraventa del terreno indígena, adquirido en contravención a lo establecido por la Ley indígena, lo cierto es que para estos mapuche les resulta molesto que Ubilla realizara esas declaraciones, siendo que él mismo vive en territorio mapuche desde hace años.

Sentado en su casa al interior de la comunidad, lo primero que hizo el lonko fue referirse al asesinato de Camilo Catrillanca. “Nunca creí que fuera verdad lo que salió en la prensa sobre la muerte de Camilo. Yo le creo a ese niño que iba con él y no a las autoridades, ni a los carabineros que declararon”.

Consultado por este medio sobre la propiedad del terreno de Ubilla y la contradicción entre dichos y los hechos, el lonko declaró que “me parece harto malo que tenga una casa en esta comunidad y que al mismo tiempo esté diciendo todas esas cosas por la prensa. Tendría que saber respetar a la comunidad donde él mismo vive. A él no se le ha hecho nada. No hay quemas, ni nada. Tampoco se le ha ido a quemar su casa. Su casa ahí está. Como dijo el señor Ubilla, que los mapuche anden quemando cosas, en esta comunidad nunca se ha visto. Quizás en otra comunidad, más cerca de Temuco, pero aquí no. Esta comunidad es bastante tranquila”.

Respecto a la compra de los terrenos, dijo: “Yo no le encuentro buena pinta a la compra que hizo, porque son tierras que no se pueden comprar”.

 



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me interesa este articulo

Me interesa mucho todo lo relacionado con nuestros hermanos mapuches. Sobre el despojo de sus tierras mediante el engaño y la fuerza de los poderosos.

El despojo de nuestro bísabuelo viene desde 1889 Cacíque con título de Merced num 598 año 1889 de 275 hect hijuela num 102 dep de Inperíal lugar leufuche Puerto saavedra. y el de nuestra Familia ( su nieto) avalado también por el Estado En Dictadura , arriendo qué hizo mí Padre convertido en venta a un Huínca delincuente Contraviene la ley indígena 19.253 específicamente en el Artic 13.la violacion de una ley de la República, que es ni más ni menos que violar el Estado de derecho.. A nuestra familia( El Estado de la U.Popular en 1971 hizo una Restitucíon pero el delincuente jamás acató hizo caso omiso) ley indígena 19.253 que establece normas de protección a las tierras indígenas y declara que son aquellas provenientes de los títulos de merced., además está ley establece que la propiedad de las tierras indígena tendrá como titulares a las personas naturales indígenas ( la comunidad a la cual pertenecemos mí familia y yó lleva el nombre de nuestro bísabuelo Manuel benito Quilaleo, la Comunidad reconoció él tronco familiar del provenimos el de nuestros ancestros. Éllos están de píe bísabuelo Cacíque, abuelos , tíos Padre y Madre Y esperan por justicía Actualmente este Gobierno hace visible nuestro wuichan de más de 60 años y trata de reparar el daño agradecemos desde el corazón la gestión y las acciones concretas hoy podemos decir estamos en 3er tramo ( jurídico) para nuestra Bendita aplicabilidad La corrupcíon tiene que parar Nuestra demanda es justa. Hay hechos que dejan de ser noticia cuando salen de las primeras plana de los medios y se amparan en el olvido para cobijarse en la impunidad..nuestra Familia sigue en la lucha para no quedar en ésa impunidad Amulepetaíñweichan Marrichiwueu ✊

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