
El Instituto Nacional de Estadísticas estimó que, dada la naturaleza del Censo, los cargos operativos sin sujeción horaria -como los censistas de calle- no tienen derecho a licencia médica. Además, la institución se reservó la opción de despedir al trabajador, tenga o no licencia, en caso que su ausencia impacte en el éxito de la encuesta.