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Viernes, 19 de Abril de 2024
Comunidades de Arica

Afrochilenos acusan de racista a director de Conadi por cuestionar sus derechos tribales

Paula Huenchumil J.

Pueblo afrodescendiente chileno celebrando la aprobación de la ley de reconocimiento

Pueblo afrodescendiente chileno celebrando la aprobación de la ley de reconocimiento
Pueblo afrodescendiente chileno celebrando la aprobación de la ley de reconocimiento

La autoridad dijo que la comunidad afrodescendiente histórica del norte del país no es sujeto de la Ley Indígena y que sus miembros no iban a entrar a la Conadi, en un tono que ofendió a los aludidos. Esto, pues piensan que las palabras del jefe gubernamental del servicio de asuntos indígenas están destinadas a desprotegerlos de sus derechos. El reclamo se lo hicieron llegar al ministro de Desarrollo Social, Sebastián Sichel, a quien exigieron un pronunciamiento.

Admision UDEC

“La Ley Indígena resguarda a los nueve pueblos precolombinos de Chile. De acuerdo a esta ley no son sujetos de protección los afrodescendientes. Ellos no van a integrar la Conadi. La ley es solo para los pueblos indígenas no tribales”. Estas fueron algunas de las declaraciones del Director Nacional de la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena (Conadi), Ignacio Malig Meza, recogidas por la Estrella de Arica el pasado sábado 17 de agosto.

Estas afirmaciones cayeron mal en los representantes del pueblo afrodescendiente chileno, recientemente reconocidos como pueblo tribal por el Estado chileno.

"Los comentarios realizados por el director nacional de la Conadi inducen a interpretaciones excluyentes respecto a nuestro pueblo, al no considerar en la información entregada la protección que poseemos como un pueblo tribal. Nos preocupa que el racismo estructural existente en el Estado de Chile, induzca a las autoridades nacionales y regionales, representantes de los gobiernos -como es el caso- a seguir generando divisiones institucionales entre los pueblos oprimidos, desviando el principal objetivo que es el desarrollo de los pueblos indígenas y tribales. Contexto al cual nosotros como pueblo tribal afrodescendiente chileno resistimos con un trabajo y apoyo permanente a nuestros hermanos y hermanas indígenas. Ejemplo de lo anterior es el apoyo rotundo al rechazo de la consulta indígena suspendida por la actual administración representada por el director nacional de la Conadi, por no desarrollarse bajo los estándares del Convenio 169 de la OIT", dice una declaración del pueblo afrodescendiente, que será enviada al Presidente de la República, a la subsecretaria de Derechos Humanos y al ministro de Desarrollo Social. 

“No era la forma de decirlo. A lo mejor para ellos, en el marco de esa Ley, no somos sujetos de protección, pero estamos vinculados a un convenio internacional, amparado por el Convenio 169 de la OIT", dice Cristian Báez, presidente de la ONG Lumbanga, respecto de las declaraciones de Malig, quien explicó que dicho acuerdo internacional obliga al Estado a proteger a los afrodescendientes a través de mecanismos similares a los contemplados por la Ley Indígena, aunque no sean los mismos. Báez acusó a Malig de carecer de conocimiento respecto del tema y de tener una actitud "racista".

Por su parte, la histórica dirigente afrodescendiente Marta Salgado, respecto a las palabras de Ignacio Malig, dice que "fue una falta a la ética". Salgado dice además que "se pronunció en términos irrespetuosos, nosotros tenemos con el Estado un trabajo serio, con seremis locales, entonces esa declaración que nos somos sujetos de protección, es muy grave, porque lo hizo livianamente". Salgado aclara, además, que nunca han solicitado ser parte de la Conadi, pero que eso no implica validar su desprotección legal como pueblo. 

Marta Salgado se hizo conocida el año 2000 -junto a su hermana Sonia- cuando se levantaron en señal de protesta tras las palabras del entonces presidente Ricardo Lagos, cuando dijo que en Chile no había afrodescendientes debido, principalmente, al clima en la Pre Conferencia Regional Preparatoria de la III Cumbre Mundial contra el Racismo y la Discriminación Racial.

Tras la acción, para muchos se comenzó a derribar el mito de que en Chile “no hay negros”. Un año después fundaron la organización Oro Negro, la cual fue una de las precursoras del reconocimiento legal, el que llegó el 8 de abril de 2019, cuando se promulgó la ley 21.151 que se le otorga reconocimiento legal al pueblo afrodescendiente chileno, a su identidad cultural, tradición histórica, cultura, instituciones y cosmovisión.

Piden pronunciamiento de ministro Sichel

Los afrodescendientes también solicitaron al ministro de Desarrollo Social, Sebastián Sichel Ramírez, su pronunciamiento respecto a los comentarios realizados por el director de la Conadi. Esto, debido a que este servicio depende de la cartera que dirige Sichel y al mismo tiempo es el ministerio responsable de poner en ejecución la reglamentación de la Ley 21.151, a través de la Unidad de Coordinación de Asuntos Indígenas (UCAI).  “Existe una responsabilidad política ante estos dichos que contradicen la voluntad política del Ministerio”, dice Marta Salgado, quien reconoce la apertura y la disposición a trabajar conjuntamente por parte de Desarrollo Social.

Salgado comenta que “esperamos que se pueda crear una secretaría para trabajar nuestros programas, nuestros proyectos y todo lo que significa el trabajo que se avecina. Estamos trabajando para ello, formando comisiones de trabajo para nuestras propuestas, haciendo algo serio y fundamentado".

Desde el ministerio de Desarrollo Social informaron a través de un comunicado que el trabajo que se está llevando a cabo con el pueblo afrodescendiente tiene tres ejes: generación de una unidad programática que posibilite a los estudiantes el adecuado conocimiento de la historia del pueblo; el derecho a consulta conforme a lo dispone el Convenio 169 de la OIT; y finalemente, la inclusión en los censos de población nacional del pueblo tribal afrodescendiente.

Respecto de las declaraciones de Malig, el comunicado del organismo reafirma la postura del director de Conadi: “la ley 21.151 [que reconoce a los afrodescendientes] en ningún caso modifica la ley 19.253 que establece normas sobre protección, fomento y desarrollo de los indígenas, y crea la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, por lo que, al Estado no le es posible asimilar en la normativa que regula los principales derechos de los pueblos indígenas que habitan en Chile a los pueblos afrodescendientes”.



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