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Viernes, 23 de Octubre de 2026
Tribunal perdonó Luksic

Caso Jilguero: tribunal sobresee a minera del grupo Luksic por ocultamiento de información ambiental

J. P. Aguilar

El Juzgado de Garantía de Vallenar decretó el sobreseimiento de los representantes de Sociedad Contractual Minera El Encierro, procesados por ocultar el hallazgo de un jilguero cordillerano en la declaración de impacto ambiental del proyecto que une a Antofagasta Minerals y Barrick. El CDE ya apeló ante la Corte de Copiapó.

Un volantón es una cría de pájaro que se prepara para salir del nido y aprender a volar. Visualmente, no asemeja la imagen idílica que se utiliza para la defensa del medioambiente, como lo hacen las colonias de pingüinos en Punta de Choros o las ballenas jorobadas en la Patagonia.

Sin embargo, la presencia de un desaliñado volantón de jilguero cordillerano en la zona de El Encierro, comuna de Alto del Carmen, Región de Atacama, trajo un tremendo dolor de cabeza para la prospección minera avaluada en US$95 millones que Antofagasta Minerals, del grupo Luksic, y la canadiense Barrick preparaban en la zona.

El proyecto de la Sociedad Contractual Minera El Encierro, que une a ambas empresas, ingresó su Declaración de Impacto Ambiental (DIA) en 2023, con un pequeño pero gravísimo detalle: en uno de los documentos figuraba la fotografía de un jilguero con un comentario al margen que recomendaba “sacar del apéndice la foto de este volantón, puesto a que implica a que correspondería a un sitio de nidificación y pasa a ser un hábitat de relevancia”.

Revise; Antofagasta Minerals: SEA denuncia a empresa del grupo Luksic por comentario que sugería eliminar ejemplar de ave en declaración de impacto ambiental

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Comentario. Fuente El Mercurio
Comentario sobre especie de jilguero cordillerano. Fuente: El Mercurio.

Las alarmas saltaron enseguida. 

El Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) puso término anticipado a la evaluación, calificando el hallazgo como "evidencia inequívoca de actividad reproductiva actual" y denunció a la minera. En tanto, el Consejo de Defensa del Estado (CDE) se querelló en 2024 contra Minera El Encierro por “haber intentado engañar a la autoridad ambiental (...) ocultando información esencial de forma maliciosa”.

A pesar de las expectativas puestas en el “Caso Jilguero”, tras casi dos años de indagatorias, el Juzgado de Garantía de Vallenar decretó el sobreseimiento de Juan Esteban Poblete Newmann y Renzo Giuliano Stagno Finger, en su calidad de representantes de Minera El Encierro, el pasado 12 de agosto.

En su resolución, el tribunal afirma que la DIA no contiene una “afirmación activa incompatible” con los datos primarios, sino solo una “omisión de calificación técnica”. Sin embargo, concede que esa conclusión “no resulta evidente ni está exenta de discusión”, reconociendo que el CDE “identifica correctamente una imprecisión relevante” en el documento.

Ahora bien, el fallo rechazó la petición de la defensa para decretar la inocencia total de la minera, pues sigue pendiente una diligencia clave: determinar si el conocimiento del comentario sobre el volantón, originado en una reunión interna de Gestiona, sin participación acreditada de los imputados, fue transmitido posteriormente a Poblete y Stagno por otra vía.

El CDE apeló ante la Corte de Apelaciones de Copiapó, argumentando que el tribunal, en un fallo dictado en junio de 2026 sobre otra incidencia de la misma causa, había calificado como “objetiva” la controversia jurídica sobre el alcance del artículo que califica la omisión de manera maliciosa de los impactos ambientales.

También queda pendiente determinar el papel de Gestiona, la consultora que redactó la DIA y donde se originó el comentario sobre el volantón, ya que no figura como querellada ni imputada en la causa.



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la corte de copiapó revocó ese sobresimiento callampa de vallenar, "En el presente caso, la naturaleza del delito de que se trata, los antecedentes hechos valer en la querella y los elementos normativos en discusión, hacen necesario que, previamente a la decisión sobre un eventual sobreseimiento definitivo, se conozca el resultado de todas las actividades investigativas aun en curso.".... SE REVOCA la resolución apelada, dictada en audiencia de doce de agosto de dos mil veintiséis, por el Juzgado de Garantía de Vallenar que decretó el sobreseimiento definitivo solicitado por la defensa de los imputados Juan Esteban Poblete Newman y Renzo Guiliano Stagno Finger, por la causal establecida en la letra a) del artículo 250 del Código Procesal Penal, y en su lugar, se resuelve que se rechaza la referida solicitud. Rol Corte: Penal-530-2026....

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