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Lunes, 28 de Septiembre de 2026
SONDA impugna adjudicación a Claro

Tribunal de Contratación Pública suspende licitación de comunicaciones de la PDI adjudicada a Claro Chile

Francisca Santander Faúndez

El Tribunal de Contratación Pública suspendió la adjudicación a Claro Chile S.A. del contrato de comunicaciónes de la PDI, tras la impugnación de SONDA S.A. La demandante sostiene que la oferta ganadora incumple la prohibición expresa de utilizar una arquitectura en la nube para el Servicio de Nivel de Emergencia 134.

El Tribunal de Contratación Pública acogió la solicitud de suspensión presentada por SONDA S.A., que impugnó la adjudicación a Claro Chile S.A. de la licitación de comunicaciones, enlaces de datos y seguridad informática para la PDI. La demandante sostiene que la oferta ganadora incumple la prohibición expresa de usar arquitectura en la nube para el Servicio de Nivel de Emergencia 134, y que otros dos oferentes —Entel Chile y Silica— plantearon objeciones similares antes de que el caso llegara a tribunales.

El 17 de septiembre, el Tribunal decretó la suspensión del procedimiento administrativo "Servicio de comunicaciones, enlaces de datos y seguridad informática, entre otros para la PDI" (ID N°2981-2-LR26) por 30 días hábiles. La PDI quedó impedida de firmar o ejecutar cualquier acto dirigido a la licitación, y tampoco puede llamar a un nuevo proceso con el mismo objeto mientras rija la medida. El Tribunal fijó además una caución de $50 millones que SONDA debía depositar en un plazo de 5 días hábiles, bajo apercibimiento de que la suspensión quede sin efecto si no pagaba a tiempo.

El origen del litigio es la Resolución Exenta N°413, del 12 de junio, con la que la PDI adjudicó a Claro Chile la licitación del Servicio de Nivel de Emergencia 134 por 211 días corridos de implementación. Al proceso se presentaron siete oferentes; dos quedaron fuera antes de la evaluación técnica —Tivit Chile, por no cumplir la totalidad de los enlaces de internet dedicado exigidos ni informar la instalación de firewalls en los pasos fronterizos, y Telefónica Empresas Chile, por no asistir a la visita a terreno obligatoria ni presentar la boleta de garantía—, quedando en carrera Claro, Entel, GTD Manquehue, Sílica Networks y Sonda.

SONDA argumenta que las bases técnicas —y las respuestas del foro de consultas, que tienen el mismo carácter obligatorio— exigían que las grabaciones y datos del servicio 134 quedaran almacenados físicamente en los datacenters de la propia PDI, en Santiago y La Serena, con los discos duros o SSD bajo custodia de la institución al término del contrato. Las bases calificaban ese punto expresamente como "condición elemental para contratar".

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Bases técnicas de la licitación
Bases técnicas de la licitación

Según la impugnación, la propia propuesta técnica de Claro contradice esa exigencia: la empresa declara que la solución para el servicio 134 opera mediante Webex Contact Center, de Cisco, una plataforma cloud-native alojada en AWS fuera de Chile, con las llamadas en cola en la red y no en equipos instalados en las dependencias de la PDI. El foro de preguntas había sido categórico al respecto —respuesta N°27: "No se aceptará una estrategia de nube"—, exigiendo procesadores centralizados físicamente en la sala de servidores institucional.

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Foro de preguntas que indica que "no se aceptará una estrategia de nube"
Respuestas de Claro en el foro de preguntas

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Propuesta técnica de Claro Chile S.A.
Propuesta técnica de Claro Chile S.A.

SONDA agrega otros incumplimientos: ausencia de un compromiso formal de tiempos de convergencia para el protocolo de enrutamiento interno (Claro presentó en su lugar tiempos de un mecanismo de túneles VPN), omisión de firewalls internos pese a una aclaración expresa de la PDI, y un desfase sistemático entre las secciones que cita el formulario de requerimientos técnicos y donde realmente está el contenido en la propuesta de Claro, algo que, según las propias bases, debería derivar en inadmisibilidad.

Un elemento que refuerza el argumento de SONDA: Entel Chile y Sistemas de Identificación y Computación (Silica) presentaron, por su cuenta, reclamos administrativos ante la PDI cuestionando el mismo punto —consolas de gestión de red alojadas exclusivamente en la nube del fabricante, sin autorización expresa del foro para esos componentes—. Silica planteó además que el respaldo de la telefonía IP queda en un datacenter propio de Claro, de forma que ante una falla simultánea de los sitios de Santiago y La Serena la continuidad del servicio dependería de infraestructura del proveedor y no de la PDI.

El propio informe de evaluación de ofertas, incluido en la Resolución Exenta N°413, confirma el punto que más pesa en la impugnación de SONDA: las únicas observaciones técnicas que registra apuntan a Tivit Chile y Telefónica Empresas Chile, y ninguna a la arquitectura cloud de Claro para el Servicio 134. El informe jurídico que acompañó la adjudicación, por su parte, se limitó a revisar la habilidad administrativa del oferente —inscripción en el Registro de Proveedores, declaración jurada y situación tributaria—, sin evaluar el cumplimiento técnico.

Con esos antecedentes, la Comisión Evaluadora le dio a Claro un puntaje final de 64,29%, contra 59,36% de Sonda, que terminó segunda. La diferencia —4,93 puntos— se explica en tres tramos: la oferta económica (Claro ofertó $51.566 millones frente a los $53.940 millones de Sonda), los requerimientos técnicos no obligatorios evaluables, y el criterio de inclusión con enfoque de género. En este último, Claro, Entel, GTD y Sonda declararon el mismo rango de participación femenina (25% a 40%), pero solo Claro obtuvo puntaje —70 puntos, equivalentes a 2,10% de ponderación—, mientras los otros tres sacaron cero. Esos 2,10 puntos representan por sí solos casi la mitad de la ventaja final de Claro sobre Sonda.

Con la suspensión vigente, el Tribunal pidió además a la PDI acompañar el expediente administrativo completo, incluidas las actas de evaluación y la pauta usada para calificar las ofertas. La causa —caratulada "SONDA S.A. con Policía de Investigaciones de Chile", Rol N°476-2026-A— sigue su tramitación; SONDA pide en el fondo que se invalide la adjudicación a Claro y se repita la evaluación.

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