“El no contar con controles adecuados respecto a las inversiones que realice la Administradora, repercute en afectar la rentabilidad de los fondos y finalmente los montos de las pensiones a las que pueden optar los afiliados, generándose además un descrédito público respecto al Sistema de Pensiones".
Así concluye la resolución N°1 del 2023 con que la Superintendencia de Pensiones (SP) aplica una sanción de 2.200 UF a AFP Cuprum, es decir unos $77,8 millones de pesos.
La sanción, aún no ejecutoriada, es resultado de un proceso de investigación en que la Súper de Pensiones estableció cuatro cargos considerados “graves” y algunos “reiterados” contra Cuprum, por transgredir la custodia de los fondos en varias ocasiones, excederse en el límite definido por el régimen de inversión, no mantener el saldo deudor exigido para la subcuenta Banco Inversiones Nacionales y sobregirar sus fondos en el extranjero, punto que según la Superintendencia “arriesga un eventual embargo” por parte de los acreedores.
En resumen, la SP apunta a que “se trata de infracciones relacionadas con mecanismos de control de inversiones que no funcionaron, generándose las infracciones normativas”.
La Súper afirma que “AFP Cuprum no prestó colaboración durante la investigación, más allá de remitir información requerida".
Todos estos cargos fueron reconocidos por Cuprum, y además fueron informados en su momento. Inclusive la SP apuntó a que, en caso de la transgresión de la custodia de los fondos, la AFP no adoptó las medidas necesarias para evitar que la Súper interviniera, “a pesar de que esa Administradora contaba con información suficiente para evitar dichos incumplimientos a través del Sistema implementado por el Depósito Central de Valores desde 2013”.
Es más, la resolución de la Superintendencia afirma que “AFP Cuprum no prestó colaboración durante la investigación, más allá de remitir información requerida o informar hechos infraccionales en los términos que la ley la obliga, sin asumir responsabilidad en los hechos fundantes de los cargos”.
INTERFERENCIA consultó a la Superintendencia el por qué aún no se ha ejecutado la sanción, en vista que la investigación presentada “demuestra una falta de cuidado y diligencia por parte de la AFP” y cuyos cargos se “encuentran debidamente acreditados”.
Desde la Súper señalaron que no han podido aplicar la sanción porque Cuprum ingresó un recurso de reposición administrativo el 16 de enero de 2023 para evitar pagar la multa.
No obstante, el mismo día de la consulta, 14 de febrero, la Superintendencia de Pensiones rechazó el recurso de Cuprum, pues la administradora no aportó “antecedentes que ameriten desestimar o modificar la sanción aplicada, (...) la que se ratifica en todas sus partes”.
Ahora bien, desde la Súper, advirtieron que Cuprum aún tiene un movimiento más para evitar pagar la multa: ingresar una reclamación de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones dentro de un plazo de 15 días.
Los sobregiros
En la resolución se informa de cuatro cargos multados. El primero de ellos es el sobregiro en dos ocasiones de la cuenta Banco Inversiones Extranjeras del Fondo de Pensiones Tipo C. Estos sobregiros se dieron en “operaciones FX spot EUR/USD”, es decir de cambio de divisa, y fueron informados por la AFP a la Superintendencia cuando ocurrieron.
El primero de ellos fue por US $4.455.540, los que debían permanecer en caja entre el 24 y 29 de julio de 2019. Para ello, y según el informe de la Súper, “todas las mañanas el área de tesorería extranjera [de Cuprum] avisaba a la mesa de dinero que no debían invertir dicho monto”.
Los sobregiros están prohibidos por la regulación establecida por la Superintendencia. La resolución señala que se trata de una infracción “que pone en riesgo el fondo de pensión que sobregira, pues lo endeuda y arriesga un eventual embargo por parte del acreedor”.
Sin embargo, el último día que debía permanecer el dinero en caja, no se dio aviso, por lo que este fue invertido. Cuestión que generó “un sobregiro consolidado por un monto de $297.377.156 pesos (US $426.886) para el Fondo de Pensiones Tipo C”.
El segundo sobregiro se dio el 23 de marzo de 2020, cuando, según reportó la misma AFP a la Superintendencia, el sistema de transferencias replicó por error una operación de cambio de divisa realizada días antes por US $25 millones, sin que Cuprum pudiera revertir ni hacer nada al respecto.
Comprobados estos cargos, la SP estableció una sanción por 500 UF, unos $17 millones de pesos. Además, en su informe, la Súper advierte que este tipo de cargos ya habían sido sancionados en otras tres ocasiones contra Cuprum en el pasado.
Cabe señalar que los sobregiros están prohibidos por la regulación sobre cuentas corrientes en el extranjero establecida por la Superintendencia. Por lo que la resolución señala que se trata de una infracción “de carácter grave y reiterada, (...) toda vez que pone en riesgo el fondo de pensión que sobregira y respecto al cual tiene un expreso deber fiduciario, pues lo endeuda y arriesga un eventual embargo por parte del acreedor, afectando la correcta administración de aquéllos y que es de obligación exclusiva y excluyente de la Administradora de Fondos de Pensiones”.
Transgresiones en la custodia de los fondos
Otro de los cargos imputados por la SP evidencia que, entre noviembre de 2019 y abril de 2020, Cuprum transgredió en reiteradas oportunidades el procedimiento de custodia del Fondo E, es decir, de la mantención del valor del custodiado del fondo.
Los días 18 y 25 de noviembre del 2019 y el 13 de abril de 2020 Cuprum reportó transgresiones del límite de custodia, derivadas de que los montos solicitados para no ser custodiados “habían sido insuficientes para el normal perfeccionamiento de las operaciones efectuadas”.
La Súper acusa que Cuprum no adoptó “las medidas necesarias”, “a pesar de que la Administradora contaba con información suficiente para evitar dichos incumplimientos".
Por esto, la Superintendencia señala que la AFP llegó a ser bloqueada del sistema de operaciones en el Depósito Central de Valores, por lo que “vio limitado su debido funcionamiento en el mercado de capitales, exponiendo así los Fondos que administra”.
Es más, la Súper de Pensiones acusa que Cuprum no adoptó “las medidas necesarias para evitar que este organismo interviniese”, solicitando “la utilización de ‘mecanismo de emergencia’”. Esto, “a pesar de que esa Administradora contaba con información suficiente para evitar dichos incumplimientos a través del Sistema implementado por el Depósito Central de Valores desde 2013, que le permite conocer el valor de custodia vigente para cada uno de los Fondos de Pensiones, pudiendo así identificar cualquier inconveniente con la debida antelación”.
El cargo es considerado "grave y reiterado" por exponer los fondos administrados, estableciendo una sanción de 800 UF. Además, de haber sido sancionado por la SP contra Cuprum en tres ocasiones en el pasado.
Exceder el límite de inversión y sobregiro al no mantener saldo deudor
Otro de los cargos imputados fue exceder el límite de inversión decretado en el Régimen de Inversión.
El hecho acreditado por la SP y Cuprum se detectó el 27 y 30 de marzo del 2020, cuando el Fondo E generó excesos pasivos al comprar un monto mayor a la holgura disponible, traducido en la compra de depósitos plazo en el BCI por $746.538.643 pesos y $10.419.189.541 pesos.
Al respecto, la Superintendencia aplicó una sanción de 400 UF al considerar que este tipo de violaciones “puede generar riesgos que exponen a la AFP a incumplir su deber de resguardar una adecuada rentabilidad de los Fondos de Pensiones”, “generando anormalidades en el sistema”.
Un último cargo apuntado con una sanción de 500 UF y considerado "grave y reiterado", fue la detección en dos oportunidades de la obligación de las AFP de mantener saldo deudor en la subcuenta del Banco Inversiones Nacionales.
Cuprum tuvo ocasión de responder a las imputaciones. Sin embargo, la SP determinó que los antecedentes aportados no han "logrado desvirtuar los cargos que se le han reprochado, como el carácter reiterados de algunos de ellos”.
Esto se debió a dos sobregiros que Cuprum apuntó como accidentales el 31 de diciembre de 2018 y el 3 de noviembre de 2020. Según la Superintendencia, Cuprum puso “en riesgo de un eventual embargo por parte del acreedor, afectando la correcta administración de aquéllos y que es de obligación exclusiva y excluyente de la Administradora de Fondos de Pensiones”.
En todos estos casos y en el proceso de investigación, Cuprum tuvo ocasión de responder a las imputaciones. Sin embargo, la SP determinó que “lo cierto es que los hechos descritos en los considerandos precedentes, reflejan serias falencias en diversos procedimientos que se encuentran debidamente regulados, sin que dichos antecedentes aportados y medidas implementadas a posteriori de las infracciones imputadas, hayan logrado desvirtuar los cargos que se le han reprochado, como el carácter reiterados de algunos de ellos”.
Comentarios
Hoy cuando el Fondo E de Afp
Ladrones y sinvergüenzas me
Ha que Migrar...no queda otra
Una multa irrisoria para
Que bueno que la SP
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