Enlace permanente Enviado por Rodrigo Lillo Vera el Vie, 02/11/2022 - 10:49
Comparto la perspectiva y juicio histórico que se puede realizar al denominado Acuerdo de Nueva Imperial. Lo cierto es que en este caso, la "medida de lo posible" fue bastante mezquina. Como se explica en el artículo, lo referido a la Ley Nª 19.253 es cierto en cuanto a que no corresponde a ninguna regulación novedosa, sino que siguió los parámetros de la actitud que el Estado otorgaba a los indigenas desde los años 50'. En efecto, las agencias estatales "indigenistas" surgen como mandato de las conclusiones del encuentro de Pátzcuaro en México, allá por la década del 30'. Una visión asistencialista (en su versión indígenista). A la época de la ley indígena chilena, el debate sobre "lo indígena" había transformado muchísimo (a partir del Barbados en los 70').
En este sentido, esta perspectiva histórica debiera rescatar la acertada perspectiva adoptada en la época por el Consejo e Todas las Tierras (Aukiñ Wallmapu Ngulam), sólo referida al pasar en el artículo. No sólo por su marginación del Acuerdo de Nueva Imperial, no tanto por lo mezquino del mismo, sino porque inauguró una perspectiva del Movimiento indígena en Chile fundado en su demanda por libre determinación y autoconsideración de pueblo, lo que ha marcado la lucha de los pueblos indígenas en el mundo durante las últimas 4 décadas. En efecto, Aukiñ Wallmapu Ngulam privilegió a los acuerdos con partidos políticos tradicionales, reivindicar su propia identidad y conformación como pueblo, no como un subalterno del "pueblo". Este episodio marcó, como lo ha señalado en forma brillante el historiador Fernando Pairican en su primer libro Malón, a agenda del movimiento indígena. Desde el punto de vista de contenidos, esto fue delineado por el desaparecido Centro de Documentación Mapuche Liwen, y con el ya mítico documento adjudicado a José Marimán acerca de la propuesta regional autónomica mapuche del año 1990.
Por eso es lo que hoy se discute en la Convención constituyente está bastante distante a todas las propuestas de reforma constitucional de los 90' y 2000', surgidas del contexto político chileno entre le indigenismo y el nacionalismo asimilacionista,
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