En enero de 2024, La Tercera dio a conocer las denuncias de un exoperador de cámaras del Casino Marina del Sol de Talcahuano, quien acusó a la casa de apuestas de exigirle “instalar cámaras para espiar a gerentes y trabajadores de la empresa mediante cámaras ocultas que simulan detectores de humo”.
Sin embargo, el trabajador habría sido despedido tras negarse a la solicitud, formulada por el gerente de Gestión de Personas, Casinos y Hoteles MDS, Manuel Fuica, según consta en la demanda laboral que ingresó el operador tras ser desvinculado.
Un año más tarde, surgen nuevas denuncias por espionaje contra el Casino MDS, perteneciente a la familia Imschenetzky.
Se trata de cuatro demandas laborales formuladas por operadores de cámaras de vigilancia del Casino Marina del Sol de Talcahuano el pasado 29 de enero ante el Juzgado de Letras de Concepción.
Las demandas apuntan a que el 14 de noviembre de 2024 el subgerente de Capital Humano del MDS, Eduardo Mella, y el jefe del área de vigilancia, Francisco Martínez, citaron a entrevista a los operadores despedidos.
En dicha instancia, se les informó de un supuesto correo anónimo que contenía una imagen de una cámara “apuntando hacia el hotel [MDS]” en la que “se ve una pareja teniendo relaciones íntimas la madrugada del 24/04/2023”. Según las demandas, el subgerente realizó “el gesto de entre comillas” cada vez que indicó que la denuncia era anónima.
Así también, los extrabajadores afirman que considerando que el hotel se encuentra en un edificio contiguo, “los tiros de cámara ubicados en el techo del casino perfectamente pueden tomar, sin que estén dirigidos especialmente a una habitación en particular
En esta línea, los recursos aseguran que el subgerente habría señalado que no quería que los trabajadores “se sintieran reos” y habría teorizado que el correo con las imágenes podrían haber sido enviado por un extécnico de CCTV del casino que fue desvinculado.
Según la demanda, tras ello el MDS habría tomado medidas respecto a los operadores de cámaras “para que la fiscalía y la Superintendencia de Juegos vea que el casino está tomando medidas por dicha denuncia”.
Sin embargo, el 19 de noviembre de 2024 los operadores fueron citados a una nueva reunión en la que se les informó su desvinculación. Luego, al momento de firmar su finiquito, los cuatro trabajadores recibieron formalmente cartas “casi idénticas” donde les informaban las razones de su desvinculación: reproducción de las grabaciones de los clientes del hotel y omisión de reportar los hechos.
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Los extrabajadores desmienten haber grabado dichas imágenes, que además afirman “nadie conoce, pues nunca han sido exhibidas”.
Para los trabajadores despedidos “es importante considerar la labor de quien debe vigilar con las cámaras todo aquello que ocurre en el casino y sus inmediaciones”.
Así también, afirman que considerando que el hotel se encuentra en un edificio contiguo, “los tiros de cámara ubicados en el techo del casino perfectamente pueden tomar, sin que estén dirigidos especialmente a una habitación en particular, sino cuyo objeto es resguardar la seguridad que se pudiese ver afectada en todas las inmediaciones del casino, lo que claramente es responsabilidad de los operadores del centro de CCTV”.
“Es relativamente normal ver situaciones de ese tipo, pero justamente no se encuentran dentro de las funciones el reparar en dichas actividades, mucho menos denunciarlas”, apuntan las demandas.
Respecto a las órdenes dadas a los operadores de cámaras, las demandas aseguran que su labor se enfoca en cuatro conceptos esenciales: “ver, observar, evaluar y actuar”.
En este sentido, para los trabajadores despedidos “es importante considerar la labor de quien debe vigilar con las cámaras todo aquello que ocurre en el casino y sus inmediaciones, y debe por la naturaleza de su función ponerse en el caso o en la eventualidad que no sólo se trate de una pareja que decide tener intimidad frente a la ventana, sin cortinas, con las luces encendidas”.
Acusando tratos discriminatorios y acoso laboral por la forma en que fueron desvinculados, los operadores solicitan en sus demandas que Marina del Sol pague las indemnizaciones por años de servicio más recargos legales al carecer de motivo plausible para el despido, así como la indemnización por daño moral.
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