Una publicación de El Ciudadano se refiere al caso del alcalde de Recoleta, Daniel Jadue, el cual acusó al medio La Tercera de haber publicado información falsa respecto a las diligencias de la Fiscalía Centro Norte en una investigación por cohecho en contra de Jadue, según lo cual iba a ser formalizado prontamente. El tribunal declaró que Jadue debió haber ejercido su derecho de aclaración, rectificación y respuesta, declarando inadmisible la querella.
Sin embargo, no fue el mismo criterio aplicado con el medio independiente El Mostrador.
En mayo pasado, el 8° Juzgado de Garantía de Santiago declaró admisible la querella interpuesta por el alcalde de La Florida, Rodolfo Carter, por el delito de injurias graves con publicidad contra el director del medio Federico Joannon y el periodista Carlos Saldivia.
La diferencia de criterio no ha sido solo con El Mostrador. También fue el caso de Interferencia, cuyo director, Víctor Herrero, fue condenado por el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago debido al reportaje que relataba un posible vínculo de carabineros con delitos de robo de madera.
La publicación señalaba que La Florida lideraba los municipios con mayor cantidad de casos de corrupción de la Región Metropolitana.
La diferencia de criterio no ha sido solo con El Mostrador. También fue el caso de Interferencia, cuyo director, Víctor Herrero, fue condenado por el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago debido al reportaje que relataba un posible vínculo de carabineros con delitos de robo de madera.
A ellos cabe agregar la condena contra el exdirector de Resumen, Felipe Soto Cortés, por una investigación en que denunciaba presuntos sobresueldos de funcionarios públicos en la Municipalidad de Quilleco y la querella interpuesta por la Municipalidad de Talcahuano contra la misma persona por una investigación que revelaba la utilización de trabajadores proempleo para hacer aseo en iglesias católicas, evangélicas y colegios particulares subvencionados.
En todos estos casos se ha utilizado la misma figura penal: "injurias y calumnias".
Los cuestionamientos a las querellas se han dado en el marco del fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que condenó al Estado de Chile por atentar gravemente contra el derecho de libre expresión y pensamiento del abogado Carlos Baraona Bray, a quien se le condenó por injurias en 2004, luego de cuestionar las actividades de un senador, relacionadas a la tala ilegal de alerce.
La Corte ordenó al Estado chileno modificar la legislación sobre el delito de injurias, debido a que sus sanciones penales no cumplen con los requisitos de estricta legalidad penal ni con el derecho a la libre expresión.
Este criterio parece haber sido aplicado en el caso de La Tercera, pero no en el caso de los medios independientes.
* Este artículo fue publicado originalmente en el Diario Resumen, de Concepción.
Comentarios
Es muy notorio y muy
Hay solo una salida para este
Es parte de nuestras
"No hay mal que dure cien
Si las instituciones pueden
El verde manda y se impone.
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