La defensa de Andrés Astorga Rodríguez y de su padre, Mario Astorga de Valenzuela, presentó ante el Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago un incidente de nulidad contra tres resoluciones que autorizaron intervenir el teléfono del abogado Hernán Bocaz. La medida se dictó en la causa por el Dispensario Nacional, investigada por la Fiscalía Regional de Aysén y conocida como operación Imperio Ámsterdam.
El escrito, al que accedió Interferencia, pide anular las resoluciones del 22 de mayo, 26 de junio y 23 de septiembre de 2025, dictadas por el Juzgado de Garantía de Coyhaique. El alcance es acotado: solo respecto de la línea de Bocaz y de los actos que dependan causalmente de esas órdenes, no de todas las interceptaciones de la causa.
Según el escrito, se realizaron escuchas en dos períodos, entre mayo y junio y entre septiembre y octubre. Sin embargo, ese último mes el tribunal dejó sin efecto la medida, luego de que un nuevo informe del OS7 consignara que ninguna de las comunicaciones tenía interés investigativo.
El argumento central es que la ley prohíbe interceptar comunicaciones entre un imputado y su abogado, salvo que el juez, sobre la base de hechos determinados consignados en la propia resolución, estime fundadamente que el abogado pudo tener responsabilidad penal. Según la defensa, ninguna de las tres resoluciones lo hace. Las de mayo y junio, a las que también accedió Interferencia, se limitan a invocar “el mérito de los antecedentes presentados” y designan a los titulares de las líneas solo como "nombre masculino".
La secuencia que reconstruye el escrito indica que la orden de mayo fijó 30 días y que la de junio, dictada después de vencido ese plazo, se presentó como prórroga. El 22 de julio, el tribunal dejó fuera esa línea de la continuidad de la medida por no ser suficientes los antecedentes expuestos. Luego rechazó nuevas peticiones en agosto y septiembre, y el 23 de septiembre volvió a autorizar la intervención por 60 días.
Solicitud de nulidad caso Imperio Amsterdam.

Según el escrito, se realizaron escuchas en dos períodos, entre mayo y junio y entre septiembre y octubre. Sin embargo, ese último mes el tribunal dejó sin efecto la medida, luego de que un nuevo informe del OS7 consignara que ninguna de las comunicaciones tenía interés investigativo.
La defensa afirma que se captaron conversaciones de Mario Astorga con su abogado, que luego se transcribieron y se reutilizaron en informes policiales y solicitudes fiscales. A ello, añade que entre lo captado hay llamadas de Bocaz con fiscales de otras causas, cuyo detalle ofrece entregar en un anexo reservado. Interferencia no reproduce el contenido de esas conversaciones, por tratarse de comunicaciones entre abogado y clientes.
Es más, el escrito cuestiona además la custodia del material. Según la defensa, el máster se entregó en archivos digitales sin el programa policial necesario para abrirlos, y solo pudieron escucharse el 26 de septiembre de 2026 mediante un reproductor que el propio defensor programó.
En esta línea, la defensa de los Astorga sostiene que también el inventario entregado tiene 751 registros, frente a los 739 que informó el OS7. En respuesta, Fiscalía afirmó que esa diferencia no acredita por sí sola alteración ni incumplimiento de las normas sobre destrucción de comunicaciones impertinentes.
Ahora bien, el abogado Bocaz ha figurado en prensa como “sujeto de interés” del Ministerio Público. Según informes del OS7 revisados por La Segunda, habrían redactado contratos de franquicia del Dispensario Nacional, asesorado a integrantes con problemas penales y recibido honorarios y descuentos. La defensa responde que esas afirmaciones son inferencias policiales y que redactar contratos es parte de la asesoría jurídica.
El fiscal regional de Aysén, Hernán Libedinsky, ha dicho a La Tercera que los cuestionamientos de otras defensas forman parte de una estrategia para desacreditar la investigación, y que la prueba se ajusta a la legalidad.
La solicitud de nulidad llega en una causa con 44 formalizados, en la que la Corte de Apelaciones de Santiago acogió los recursos de ocho imputados en prisión preventiva y ordenó cautelares menos intensas. Algunas defensas leen eso como una señal de que el caso se desinfló, lectura que Libedinsky en entrevista con el medio citado rechaza al recordar que jueces y Corte dieron por acreditados los delitos y la participación.
El próximo 19 de octubre está fijada una nueva audiencia de formalización.





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