El lunes pasado, el gobierno ingresó al Senado una reforma constitucional de seguridad que contempla un nuevo estado de excepción para enfrentar el crimen organizado y que fue tramitada con suma urgencia. La propuesta fue recortada de 11 a un máximo de 8 medidas específicas para destrabar los apoyos de Chile Vamos, aunque el Ejecutivo sigue lejos de alcanzar el quórum de 4/7 requerido en el Senado, es decir 29 votos.
El gobierno no ha explicado públicamente qué medidas exactas se cayeron ni por qué. Eso deja una pregunta abierta: ¿fue un ajuste técnico o el precio de negociar con la propia coalición?
Seguridad en el artículo primero
La iniciativa contempla incorporar la seguridad pública al artículo primero de la Constitución, crear un registro de organizaciones criminales y terroristas y establecer un nuevo estado de excepción focalizado. Actualmente, la norma establece que "es deber del Estado resguardar la seguridad nacional, dar protección a la población y a la familia". Con la modificación contemplada en el borrador, la seguridad pública quedaría reconocida expresamente entre los deberes constitucionales del Estado.
El propio documento sostiene que la reforma busca responder a decisiones del Tribunal Constitucional que, a juicio del Ejecutivo, han reducido el margen del legislador en materias de seguridad pública. Es decir, el gobierno plantea abiertamente que busca acotar el margen de interpretación de futuros tribunales en esta materia.
La nueva herramienta podrá ser decretada por el Presidente ante una "amenaza grave e inminente" a la seguridad pública o cuando esta haya sido "gravemente afectada", y podrá extenderse inicialmente por hasta 120 días, con una prórroga posible por igual período. Durante su vigencia, el Presidente podrá suspender o restringir la libertad personal y de locomoción y el derecho de reunión, limitar el derecho de asociación, interceptar, abrir o registrar documentos y comunicaciones, además de disponer requisiciones de bienes.
Son hasta 240 días con una sola prórroga, sin que el texto explicite qué ocurre si, pasado ese plazo, las condiciones que lo originaron persisten.
Junto al estado de excepción, hay un proyecto que ha corrido en paralelo con menor cobertura. El Ejecutivo ingresó el proyecto denominado "Antibarricadas 2.0", que modifica el Código Penal para sancionar la interrupción total o parcial de la circulación y de los servicios de transporte, sin que sea necesario acreditar violencia o intimidación. Esto implica penalizar la obstrucción deliberada del tránsito sin exigir que se acredite el uso de violencia.
Ese detalle, —la eliminación del requisito de violencia para configurar el delito—, es el punto que amerita mirar con lupa. Conductas que históricamente han formado parte del repertorio de manifestaciones sociales podrían quedar expuestas a mayores sanciones penales, o a restricciones extraordinarias cuando el Ejecutivo invoque razones de seguridad pública.
Combinado con el nuevo estado de excepción, que ya faculta a restringir la libertad de reunión y de locomoción, el paquete plantea una pregunta que va más allá del crimen organizado: ¿qué margen queda para la protesta callejera y el corte de tránsito como forma de manifestación, si ambas herramientas —la penal y la constitucional— pueden activarse sin acreditar violencia?
El gobierno mantiene la inhabilitación de condenados por crimen organizado y terrorismo para acceder a prestaciones estatales de salud, educación, trabajo y seguridad social, aunque esas restricciones quedarán fijadas según lo establezca una ley de quórum calificado. El Gobierno decidió ceder en este punto luego de que la medida entrampara a su propio gabinete, con un cruce entre el ministro de Seguridad, Martín Arrau, y la ministra de Salud, May Chomali.
El ministro Arrau explicó que la reforma incorporará "la posibilidad que a través de una ley especial las personas condenadas por crimen organizado, narcotráfico, terrorismo, tengan algunas inhabilidades particulares", enfatizando que aquello no implicará una restricción general de derechos. Que la definición final quede entregada a una ley de quórum calificado, —y no fijada directamente en la Constitución—, reduce la rigidez respecto del borrador filtrado, aunque no despeja la pregunta de fondo sobre vincular derechos sociales a condenas penales.
La posición de la oposición
Esa distinción importa: la oposición no ha cuestionado públicamente el fondo de las medidas, sino la vía constitucional elegida para implementarlas. Eso podría anticipar que el debate en el Senado se centre más en la forma que en el contenido, incluido el componente antibarricadas, que hasta ahora ha recibido menos atención que el estado de excepción o las inhabilidades.
El borrador va más allá de nuevas herramientas contra el crimen organizado: busca elevar la seguridad pública a rango constitucional, ampliar el papel de las Fuerzas Armadas en seguridad interior y reducir obstáculos constitucionales a futuras políticas de seguridad. Especialistas hablan derechamente del surgimiento de una posible "Constitución de la seguridad".
El proyecto tiene plazo de 15 días para su primera discusión en el Senado. Ahí se sabrá si el acotamiento de esta semana fue suficiente para destrabar los votos que le faltan a Kast, y si el paquete antibarricadas, menos visible hasta ahora que el resto de la reforma, entra también en la negociación.





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