Estamos donde tú estás. Síguenos en:

Facebook Youtube Twitter Spotify Instagram

Acceso suscriptores

Lunes, 11 de Agosto de 2025
Amenaza inmobiliaria

Vecinos piden a alcaldesa Ríos acatar fallo que implica limitar altura de edificios en Ñuñoa

Joaquín Riffo B.

Tras sostener una reunión con personeros del Municipio, los litigantes que buscan establecer límites de construcción manifestaron estar en alerta por la postura legal que podría sostener la alcaldía. Solicitaron que no se dé lugar a interpretaciones de lo decidido por la Corte de Apelaciones.

Tras sostener una cita con la Municipalidad de Ñuñoa el pasado lunes 30 de enero, un grupo de vecinos de la comuna -entre los que se cuentan los litigantes que recientemente obtuvieron un fallo favorable en la Corte de Apelaciones que demostró irregularidades en la discusión del plan regulador durante la administración del ex alcalde Andrés Zarhi (independiente pro RN)- manifestaron en un comunicado público sus impresiones respecto de la postura que ha tomado al respecto el Municipio encabezado actualmente por la alcaldesa Emilia Ríos (RD). 

Tal como informó INTERFERENCIA, la situación se enmarca en un reciente fallo donde la Corte de Apelaciones de Santiago acogió el reclamo de ilegalidad interpuesto por un grupo de vecinos y le ordenó a la Municipalidad de Ñuñoa reabrir un proceso de discusión ciudadana por la modificación del plan regulador de la comuna.

De forma unánime, se estableció que la administración del ex alcalde Zarhi habría incurrido en un actuar arbitrario al no asegurar un proceso transparente, público y participativo de la comunidad local, por lo que dejó sin efecto el decreto alcaldicio que aprobó la modificación.

Lo anterior dice relación con la última modificación al plan regulador comunal que rige en Ñuñoa, en sus artículos 18 y 26. En particular, en cuanto al primero, no fue incluido en su inciso segundo donde se establecía la prohibición de construcciones de más de tres pisos o de más de ocho metros, frente a calles de doce o menos metros de ancho, lo cual es uno de los resguardos de la comunidad frente a la bullente actividad inmobiliaria en la comuna. 

De forma unánime, se estableció que la administración del ex alcalde Zarhi habría incurrido en un actuar arbitrario al no asegurar un proceso transparente, público y participativo de la comunidad local, por lo que la Corte dejó sin efecto el decreto alcaldicio que aprobó la modificación.

Vecinos del sector, al percatarse de la situación, ingresaron el reclamo respectivo ante la Corte de Apelaciones de Santiago el 31 de noviembre de 2019, el que luego de más de dos años de tramitación le dio la razón a quienes denunciaron, anulando parcialmente el decreto del ex alcalde. 

Con esto en consideración, los vecinos describieron que en la reunión con el Municipio se les notificó sobre la decisión de la alcaldesa de no apelar al fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago. “Acción que en un fallo por recurso de ilegalidad no cabe, pues solo existen las siguientes posibilidades: acatar la sentencia y darle cumplimiento siguiendo al pie de la letra lo dictado por la corte (acción requerida por la comunidad de Ñuñoa que no queremos más edificios en altura); utilizar el recurso de aclaración, rectificación o enmienda, recurso normalmente usado para relativizar, dilatar o suavizar los fallos hacia el perdedor; recurrir ante la Corte Suprema con un recurso de casación en la forma y/o el fondo. Recurso utilizado cuando se cometieron irregularidades al momento de dictarse el fallo, no siendo este el caso”, sergún apuntaron desde la comunidad.

En esa línea, los vecinos sostienen que “se nos comunicó que la Municipalidad de Ñuñoa acudirá a la Corte a solicitar un recurso de aclaración, rectificación o enmienda, según sus dichos 'para aclarar el fallo y hacer las cosas bien', manifestando su temor a ser demandada por personas o inmobiliarias que no identificaron", aseguraron.

Al respecto, desde el punto de vista legal, los litigantes señalaron que “de acuerdo con lo planteado por nuestros abogados y como se señala anteriormente, este recurso se utiliza habitualmente por los derrotados en un fallo determinado, para buscar una interpretación más favorable, por lo que entendemos que nuestra posición no será acogida desconociendo en los hechos el esfuerzo realizado por las y los vecinos, lo que se traduce en que nos ponemos nuevamente en estado de alerta, ya que se pudiera favorecer nuevamente el negocio por sobre la calidad de vida”. 

“Queremos ser enfáticos que tanto a Jessica Cayupi Llancaleo, directora de Asesoría Jurídica, como a Valeska Ramírez Palominos, jefa de gabinete de la Ilustre Municipalidad de Ñuñoa, les pedimos enérgicamente acatar el fallo para cerrar todo el proceso, tal y como dicta la sentencia. Al mismo tiempo, ofrecimos la voluntad de trabajar juntos, ya que entendemos que este fallo es una tremenda oportunidad para acabar con las malas prácticas y librarnos de los tentáculos inescrupulosos de las inmobiliarias”, manifestaron.

Los vecinos cerraron la misiva aseverando que “reiteramos que el camino correcto es acatar la sentencia y darle cumplimiento, pues no se justifica ni siquiera una aclaración, ya que el fallo es claro en declarar la ilegalidad de los dos puntos discutidos en la causa. Nuestro anhelo es que todo el potencial de la administración municipal camine en conjunto con las demandas más sentidas de la comunidad”.

Los vecinos también solicitaron “aclarar e identificar quienes dentro del Municipio estarían a favor o defienden la idea de permitir construcciones indiscriminadas en pasajes y calles de doce o menos metros, o bien, que consideran conveniente que los balcones de edificios se aproximen groseramente hacia las propiedades colindantes, hasta intervenir negativamente las vidas de sus habitantes”.

“Pedimos nuevamente se acepte el petitorio exigido con anterioridad en la declaración pública realizada por las organizaciones, vecinas, vecinos y litigantes de la comuna de Ñuñoa, particularmente en lo que respecta a la revisión, congelamiento y suspensión de las obras que ingresaron a la dirección de obras municipales desde que se generó esta ilegalidad, para evitar más querellas y acciones en contra de la Municipalidad por estas ilegalidades”, apuntaron.

Los vecinos cerraron la misiva aseverando que “reiteramos que el camino correcto es acatar la sentencia y darle cumplimiento, pues no se justifica ni siquiera una aclaración, ya que el fallo es claro en declarar la ilegalidad de los dos puntos discutidos en la causa. Nuestro anhelo es que todo el potencial de la administración municipal camine en conjunto con las demandas más sentidas de la comunidad. Necesitamos un municipio firme y categórico al momento de defender a sus vecinos en contra de la depredación Inmobiliaria, más aún cuando solo queda un año de trabajo pleno pues el próximo estará todo contaminado por el proceso de elecciones municipales”.

En conversación con INTERFERENCIA, el abogado Rodrigo Valdés Alé, quien sostuvo la defensa legal de la comunidad y logró el fallo favorable de la Corte, expresó que “los ciudadanos de Ñuñoa han logrado una vez más proteger sus barrios de la depredación inmobiliaria, manteniendo sus viviendas lo más dignas y lo más sanas posible. El fallo permite al municipio proteger villas y barrios de más o menos el 30%, en especial del sector sur, según estudios de la misma municipalidad. Esta oportunidad es imperdible para las autoridades, no la pueden dejar pasar y debe convertirse Ñuñoa en el faro de lo que todos los chilenos debemos aspirar: barrios y viviendas sanas y saludables. Creemos que esta es la oportunidad para poner fin a la corrupción que tanto daño nos hace y de la que Ñuñoa seguramente no está exenta”. 

Por ello, el jurista expresó que “esperamos que el Municipio de Ñuñoa no pierda esta oportunidad de orientar sus acciones en materia urbanística basado en los principios del urbanismo higienista, contenidos en los artículos 41 y 28 de la LGUC. No puede ser que un funcionario, motivado por intereses que aún no conocemos y exigimos saber, derogue una norma tan sana y razonable como aquella que dispone que no puede construirse más de tres pisos frente a una calle o pasaje de menos de doce metros”.



Los Más

Ya que estás aquí, te queremos invitar a ser parte de Interferencia. Suscríbete. Gracias a lectores como tú, financiamos un periodismo libre e independiente. Te quedan artículos gratuitos este mes.



Los Más

Comentarios

Comentarios

Añadir nuevo comentario