El 21 de octubre a las 11:08 de la mañana, Carabineros y un receptor judicial ingresaron a la casa del empresario Álvaro Saieh en Vitacura para embargar una serie de cuadros, esculturas, televisores, muebles y equipos de video.
El motivo de la incautación yace en una disputa judicial iniciada hace un año, cuando el Banco Itaú presentó una demanda contra Saieh para recuperar US$27 millones de un pagaré que la entidad otorgó en 2014 a Great Art Inc., una sociedad registrada en el paraíso fiscal de Islas Vírgenes Británicas, que es representada por su mano derecha, Pilar Dañobeitía, y del que el empresario es codeudor.
En su informe al tribunal, el receptor tasó los 32 bienes incautados en $18,6 millones de pesos, cifra significamente menor a los US$27 millones que el Itaú intenta recuperar. Además, dejó en manos del propio Saieh el resguardo de los bienes, “bajo su responsabilidad civil y penal correspondiente”.
Ante este embargo simbólico, la esposa de Saieh, Ana Guzmán Ahnfelt, ingresó dos demandas de tercería, una de dominio y otra de posesión, para evitar el embargo de los bienes que acusa le pertenecen. A través de una serie de facturas y compraventas argumenta ser la dueña de los bienes incautados, por lo que el tribunal dio curso a la suspensión del procedimiento evitando que se continúe con el remate.
Obras de arte: el detalle del embargo a Saieh
En el escrito, Guzmán Ahnfelt detalla los bienes embargados en octubre al empresario. Entre los más llamativos figuran:
Un cuadro de Roberto Matta: El receptor identificó la pintura como una “reproducción de ‘Don Quijote en tono azules’”, y la avaluó en $500.000.
Por su parte, Guzmán señala que es “Sans Titre” (Sin Título) comprada a Inversiones SAGA -sociedad relacionada a Álvaro Saieh- por $79,7 millones en 1999, que ajustada por inflación equivale a $220 millones.
En dicho contrato de compraventa también figura otro Matta titulado “Mind, Mind, Mind” y transado por $53 millones, así como los cuadros “Paisaje de la Quinta Normal” de Pedro Lira y “Las Tres Carabelas” de Thomas Somerscales.
Además, en el inventario de los Saieh-Guzmán reportado ante el tribunal se reportan otros cuatro Matta, de la serie "Lumpérica" del I al IV, sin fecha ni valor de adquisición.
Mural del imperio romano: El receptor judicial identificó el embargo de “un mural con motivo mosaico romano de la época del imperio, en tonos claros”, avaluado en $500.000.
A ello, Guzmán adjuntó una factura en que figura el pago e importación de un mosaico por US$9.900 en octubre del 2000, que ajustado por inflación aumenta a US$18.440, unos $16.6 millones al cambio de hoy.
Inventario de bienes embargados a Saieh.

Un cuadro de Gracia Barrios: El receptor judicial señaló el embargo de “un cuadro con motivo de 2 jinetes abstracto en tonos grises de la artista ‘Gracia Barrios año 1988’”, estableciendo un avalúo de $2,5 millones.
Por su parte, Guzmán no identifica su adquisición, señalando meramente que el cuadro obra en su “posesión material ininterrumpida por más de 5 años con ánimo de señora y dueña exclusiva”.
En una demanda de tercería de dominio preventiva anterior, la esposa de Saieh señaló que en su casa se encontraba un cuadro de Barrios, titulado “Caballos en Catalao”, aunque sin fecha ni origen de la adquisición.
Esculturas de Raúl Valdivieso: El receptor embargó tres esculturas sin indicar autor, las que señaló como un torso masculino, un torso femenino y “una figura humana femenina nadando”. Juntas suman un avalúo de $5,5 millones.
En tanto, Guzmán identificó las esculturas como obras de Raúl Valdivieso: “Torso II”, la figura masculina tallada en mármol; “Mujer al viento”, la figura femenina en bronce, y "Venus en el agua", la nadadora, sin señalar soporte. Las tres obras fueron adquiridas por Guzmán en compraventa a SAGA en el contrato de diciembre de 1999, donde también obtuvo el cuadro de Matta, por un total de $32,4 millones. Ajustado por inflación equivale a casi $90 millones.
Compraventa obras de arte Ana Guzmán Ahnfelt.

La respuesta del Itaú
Ante las tercerías interpuestas y la suspensión del procedimiento, el Banco Itaú respondió a través de su abogado Cristián Gandarillas con un recurso de reposición el pasado 17 de diciembre.
En el escrito, el banco acusa que “nos encontramos con una tercería opuesta por la cónyuge del ejecutado, utilizando la misma estrategia procesal de innumerables deudores en nuestro país que solo buscan eludir el cumplimiento de sus obligaciones y evitar ser alcanzados por la acción de nuestros tribunales de justicia”.
Apuntando a los documentos de compraventa, el banco señala que “la tercerista pretende atribuirse una posesión que no ejerce en los hechos, sin aportar antecedente alguno que demuestre una posesión real y efectiva sobre los bienes embargados, y menos aún una posesión ejercida en forma exclusiva, excluyente, pública y con ánimo de señor y dueño, limitándose la tercerista a meras afirmaciones carentes de respaldo probatorio, insuficientes para desvirtuar la presunción legal que favorece al ejecutado”.
A pesar de ello, el tribunal declaró inadmisible el recurso el pasado 22 de diciembre, argumentando que los alegatos del Itaú hacen “observaciones respecto de los documentos” presentados por Guzmán y “dicen relación con cuestiones de fondo”.







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