Si bien el país es considerado como uno de los más seguros para ejercer el periodismo según organismos internacionales, en los últimos años la libertad de prensa se ha visto atacada de diversas formas, situación que se agudizó aún más con el estallido social.
En el contexto de las manifestaciones se vio con crudeza el amedrentamiento hacia reporteros y gráficos cubriendo las protestas. A esto se le suman los antecedentes revelados por Ciper en abril de 2021, medio que dio a conocer casos de espionaje realizadas por el Ejército a periodistas que han investigado a la institución.
La situación del periodismo y los riesgos que conlleva su ejercicio quedaron aún más de manifiesto tras el asesinato de la periodista Francisca Sandoval, quien el 1° de mayo recibió un balazo en su cabeza mientras registraba las manifestaciones del Día Internacional del Trabajador para el canal comunitario Señal 3 La Victoria.
Según los datos de Reporteros Sin Fronteras, entre 2018 y 2020 Chile descendió desde el puesto 38 al 51 de 180 en la Clasificación Mundial de la Libertad de Prensa, particularmente por las situaciones que rodearon a los periodistas durante el estallido. Actualmente se encuentra en el puesto 82, ubicándose en peores condiciones que países como Estados Unidos (42), Haití (70) o Perú (77).
Por otro lado, la concentración de medios en el país es una situación que se arrastra desde hace décadas y que ha sido denunciada por organismos internacionales. Estos señalan que la poca diversidad de medios y la concentración en la propiedad que prima sobre los que tienen mayor alcance nacional, amenaza a la democracia, la libertad de expresión y en consecuencia, afecta a quienes ejercen el periodismo y a quienes acceden a la información.
Según los datos de Reporteros Sin Fronteras, entre 2018 y 2020 Chile descendió desde el puesto 38 al 51 de 180 en la Clasificación Mundial de la Libertad de Prensa, particularmente por las situaciones que rodearon a los periodistas durante el estallido.
Y fue justamente durante el estallido social que el problema que supone la concentración en la propiedad de medios se hizo nuevamente evidente. Fue de conocimiento público que tanto Sebastián Piñera como algunos de sus ministros, junto al ex director General de Carabineros Mario Rozas, se reunieron con directores y editores de los grandes medios de comunicación para acordar una línea editorial en común con la cuál abordar la revuelta, apuntando a la desinformación y a la criminalización de las protestas.
En ese sentido, el borrador establece en su artículo 459 que “el Estado debe respetar la libertad de prensa, promover el pluralismo de los medios de comunicación y la diversidad de información. Se prohíbe la censura previa”.
¿Qué dice actualmente la Constitución?
El texto fundamental que se encuentra vigente señala en su artículo 19, nº 12 que la Constitución asegura a todas las personas “la libertad de emitir opinión y la de informar, sin censura previa, en cualquier forma y por cualquier medio”.
Y si bien, los artículos integrados en la propuesta de nueva Constitución tienen similitudes con el contenido que actualmente se encuentra en el texto fundamental, estos tienen algunas diferencias que permitirían efectivamente desconcentrar la propiedad sobre los medios de comunicación y fomentar el pluralismo informativo. Esto ocurre particularmente debido a que el borrador le otorga un espacio y responsabilidades al Estado para velar por la libertad de prensa y la promoción del pluralismo de medios.
La Constitución de 1980 menciona que “la ley en ningún caso podrá establecer monopolio estatal sobre los medios de comunicación social”, mientras que el actual borrador, además de indicar lo anterior, agrega que “el Estado impedirá la concentración de la propiedad de los medios de comunicación e información”.
En el país existe una concentración de propiedad sobre los medios de comunicación escritos y televisivos. Por un lado, el duopolio comunicacional en la prensa escrita es una situación que se consolidó hace décadas, conformado por Copesa (La Tercera y medios asociados) y El Mercurio SAP, el primero de propiedad del empresario Alvaro Saieh y el segundo de la familia Edwards. Según el estudio Concentración de medios de comunicación, al 2016 el avisaje publicitario del Estado en medios pertenecientes a Copesa y al Grupo El Mercurio alcanzaba el 68,4%.
El actual borrador agrega que “el Estado impedirá la concentración de la propiedad de los medios de comunicación e información”.
El mismo estudio arrojó que los grupos económicos que controlan los cuatro principales canales de televisión (Mega, Canal 13, TVN y CHV-CNN) concentraban el 91% de la audiencia y el 87% de la publicidad.
Es por lo anterior que la medida es particularmente importante para la protección de la democracia, la libertad de prensa y el derecho a la comunicación social. En esa línea, la Convención además aprobó la inclusión de un inciso que establece que el Estado fomentará “la creación de medios de comunicación e información y su desarrollo a nivel regional, local y comunitario”.
El artículo 458 del borrador que establece el derecho a la comunicación social, puntualiza que todas las personas tienen “derecho a producir información y a participar equitativamente en la comunicación social. Se reconoce el derecho a fundar y mantener medios de comunicación e información”.
De esta forma, la propuesta de nueva Constitución asegura que todas las personas podrán crear medios de comunicación, sin constitucionalizar el límite para el ejercicio de este derecho, como sí lo hace el texto vigente, que cobija legislación restrictiva para quienes pueden crear estas organizaciones.
¿Cuál será el rol del Estado?
El artículo 489 del borrador de nueva Constitución propone crear “medios de comunicación públicos en distintos soportes tecnológicos, que respondan a las necesidades informativas, educativas, culturales y de entretenimiento de los diversos grupos de la población”.
Actualmente, la carta fundamental señala que el Estado – universidades, personas o entidades– puede establecer, operar y mantener estaciones de televisión y que el Consejo Nacional de Televisión (CNTV), es el organismo autónomo encargado de velar por el correcto funcionamiento de este tipo de medios.
El artículo 489 del borrador de nueva Constitución propone crear “medios de comunicación públicos en distintos soportes tecnológicos, que respondan a las necesidades informativas, educativas, culturales y de entretenimiento de los diversos grupos de la población”.
En función de esto último es que se sostiene TVN, que a pesar de ser un canal público no recibe presupuesto por parte del Estado, debiendo autofinanciarse mediante avisaje, publicidad y acuerdos comerciales, lo que determina que su contenido sea similar a cualquier otro canal comercial. Además, durante años la señal de TVN pasa por una profunda y extendida crisis económica, recibiendo dinero del Estado únicamente al postular a fondos concursables, al igual que los otros canales de televisión que son privados.
No obstante, la propuesta de nueva Constitución busca cambiar esto, por lo cual plantea que estos medios públicos “contarán con financiamiento público para su funcionamiento”, que estarán coordinados entre sí y que seguirán los principios del pluralismo y la descentralización.
En el caso de la Constitución boliviana, esta señala en su artículo 107 que los medios de comunicación no podrán conformar monopolios u oligopolios y que “el Estado apoyará la creación de medios de comunicación comunitarios en igualdad de condiciones y oportunidades”.
La propuesta de nueva Constitución plantea que estos medios públicos “contarán con financiamiento público para su funcionamiento”, que estarán coordinados entre sí y que seguirán los principios del pluralismo y la descentralización.
Algo similar establece la Constitución de Ecuador en su artículo 117, donde también indica que no se permitirán ni el oligopolio ni el monopolio en la propiedad de los medios. Además, puntualiza que se “facilitará la creación y el fortalecimiento de medios de comunicación públicos, privados y comunitarios, así como el acceso universal a las tecnologías de información y comunicación en especial para las personas y colectividades que carezcan de dicho acceso o lo tengan de forma limitada”.
A su vez, la Constitución portuguesa indica en su artículo 38 que “el Estado asegurará la existencia y funcionamiento del servicio de radio y televisión pública”.
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