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Martes, 28 de Abril de 2026
[Voces Lectoras]

Chile y la desregulación de los cultivos editados: Una decisión que tensiona ciencia, transparencia y agricultura

María Elena Rozas*

Las implicancias de edición genética de cultivos para la agricultura pueden ser profundas. La mutación inducida en cultivos mediante la técnica de edición CRISPR/ Cas9 altera el ADN de forma permanente y es heredable si se produce en células germinales. La posible contaminación genética de variedades nativas por dispersión de material genético, mediante polinización cruzada y la dependencia de plaguicidas, plantean desafíos para la coexistencia entre sistemas productivos, especialmente en el caso de la agricultura orgánica, agroecológica y campesina, que dependen de la integridad genética de sus semillas.

La autorización en Chile del primer trigo editado genéticamente mediante CRISPR/Cas9, junto con su clasificación como cultivo convencional, configura un precedente de alto impacto para la regulación de las nuevas biotecnologías agrícolas en América Latina. Esta decisión del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) se adopta en un contexto donde los marcos regulatorios debieran fortalecerse ante tecnologías emergentes que presentan incertidumbres relevantes desde el punto de vista científico, ambiental y alimentario. Sin embargo, el camino elegido ha sido la flexibilización de los estándares, en un proceso que además ha sido cuestionado por su debilidad en participación pública y en consideración de evidencia técnica independiente.

La Consulta Pública N.º 31.216/2025, de enero de 2026, evidenció limitaciones sustantivas en su diseño y ejecución. Observaciones con base científica, jurídica y productiva realizadas por grupos de interés de la sociedad civil no fueron abordadas en profundidad, y una proporción significativa de respuestas institucionales se resolvió mediante formatos estandarizados. Este tipo de prácticas afecta la calidad del proceso deliberativo y debilita el principio de motivación de los actos administrativos, elemento central en cualquier sistema regulatorio que aspire a legitimidad pública y rigor técnico.

La clasificación del trigo editado como equivalente a una variedad convencional, sin un marco regulatorio robusto, genera desconfianza debido a que reafirma una práctica del SAG que fue duramente cuestionada en 2021 por la Contraloría General de la República a raíz de la evaluación y registro de plaguicidas basado únicamente en la información entregada por las empresas agroquímicas y sin un adecuado análisis de riesgos para la salud y el ambiente. El proyecto de regulación se sustenta en un criterio que no cuenta con respaldo científico sólido. Las tecnologías de edición genética como CRISPR/Cas9 operan mediante cortes dirigidos en el ADN que activan mecanismos de reparación celular complejos y no completamente predecibles. Si bien esta tecnología no inserta material genético de especies ajenas a la del receptor, diversos estudios han documentado inserciones no previstas que pueden permanecer en el producto editado genéticamente, con consecuencias potencialmente peligrosas para la salud, agricultura y la biodiversidad.

Investigaciones publicadas en reconocidas revistas científicas han demostrado que en el proceso de reparación del ADN roto se pueden generar cambios genómicos de magnitud mayor a la esperada, incluyendo reordenamientos estructurales del genoma. Otros trabajos han identificado variaciones estructurales fuera del objetivo en células humanas y modelos animales, así como efectos no deseados en cultivos agrícolas. En el caso específico del trigo, la literatura reciente reconoce desafíos asociados a la eficiencia de edición, estabilidad genética y control de efectos fuera del objetivo, lo que refuerza la necesidad de evaluaciones exhaustivas antes de su introducción a campo abierto.

A pesar de este escenario, la decisión regulatoria adoptada en Chile se centra en el rasgo genéticamente editado previsto, ignorando los cambios no deseados a gran escala en todo el genoma, y elimina exigencias clave como la evaluación de riesgos, la trazabilidad a lo largo de la cadena productiva y el etiquetado para consumidores, y descarta el uso de la secuenciación de lectura larga del genoma completo (WGS por sus siglas en inglés), herramienta que permite detectar inserciones de genes extraños mediante un análisis exhaustivo de variaciones genéticas. También reduce los mecanismos de responsabilidad frente a eventuales daños derivados de la introducción al ambiente de estos cultivos. La ausencia de estos instrumentos desplaza los riesgos hacia agricultores, ecosistemas y consumidores, sin establecer salvaguardas proporcionales a la magnitud de las incertidumbres identificadas.

Las implicancias de edición genética de cultivos para la agricultura pueden ser profundas. La mutación inducida en cultivos mediante la técnica de edición CRISPR/ Cas9 altera el ADN de forma permanente y es heredable si se produce en células germinales. La posible contaminación genética de variedades nativas por dispersión de material genético, mediante polinización cruzada y la dependencia de plaguicidas, plantean desafíos para la coexistencia entre sistemas productivos, especialmente en el caso de la agricultura orgánica, agroecológica y campesina, que dependen de la integridad genética de sus semillas. La falta de trazabilidad impide identificar el origen de la contaminación genética y limita la capacidad de los productores para resguardar sus cultivos. A ello se suma el riesgo de conflictos asociados a propiedad intelectual, en escenarios donde material genético patentado puede incorporarse de manera no intencional en predios de terceros.

Desde la perspectiva de los consumidores, la inexistencia de etiquetado restringe el acceso a información básica sobre el origen, inocuidad y características de los alimentos. Este aspecto resulta especialmente relevante en contextos donde las decisiones de consumo están crecientemente vinculadas a criterios de salud, sostenibilidad y transparencia en la cadena alimentaria.

El avance de estas tecnologías en Chile y en el mundo se produce, además, en un mercado global altamente concentrado, donde un número reducido de corporaciones controla el desarrollo de plaguicidas, semillas y la industria de la biotecnología vegetal. La adopción de marcos regulatorios laxos tiende a reforzar estas dinámicas, al facilitar la expansión de productos protegidos por derechos de propiedad intelectual sin establecer contrapesos efectivos en términos de evaluación pública, control estatal y resguardo de bienes comunes como la biodiversidad.

La evidencia científica disponible no permite sostener que los cultivos editados genéticamente carezcan de riesgos diferenciados respecto de las variedades convencionales. Por el contrario, plantea la necesidad de fortalecer los sistemas de evaluación, incorporar metodologías de análisis más rigurosas —como la secuenciación del genoma completo— y establecer mecanismos de monitoreo post introducción al campo que permitan identificar efectos a mediano y largo plazo.

En este contexto, la decisión adoptada en Chile abre un debate ineludible sobre la independencia y los estándares que deben regir la regulación de las Nuevas Técnicas Genómicas, NTG. La combinación de incertidumbre científica, debilidad institucional en los procesos participativos y reducción de exigencias regulatorias configura un escenario que requiere revisión. La discusión sobre el futuro de la agricultura, los riesgos de los productos editados-GM, la biodiversidad y la alimentación no puede desligarse de criterios de precaución, transparencia y responsabilidad pública.

La forma en que se regulan o desregulan estas tecnologías define sus condiciones de uso y la distribución de sus beneficios y riesgos. En ese equilibrio se juega la capacidad de los Estados para resguardar el interés público frente a transformaciones tecnológicas de alto impacto y al poder creciente sobre la alimentación de las corporaciones biotecnológicas globales.

*María Elena Rozas es coordinadora nacional de la Red de Acción en Plaguicidas.

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