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Jueves, 7 de Agosto de 2025
Escritura en notaría

Los detalles de la constitución de sociedad que compró la Clínica Sierra Bella en $2.200 millones y que luego vendió al municipio de Santiago en $8.200

Camilo Solís

INTERFERENCIA revisó la escritura en la notaría donde se constituyó en febrero de 2022 esta sociedad. En ella se individualizan personeros que representen a la inmobiliaria específicamente ante Municipalidades, Servicio de Impuestos Internos y Tesorería.

La compra de la ex Clínica Sierra Bella por parte de la Municipalidad de Santiago sigue generando revuelo. Un artículo publicado el sábado por INTERFERENCIA puso foco en que la inversión municipal constó en dos inmuebles transferidos a fines de 2022 desde Sociedad Médica y Maternidad Sierra Bella S.A. a Inmobiliaria San Valentino SpA por $2.200 millones. Esto es un 26% de los $8.200 millones gastados por el Municipio de Santiago los mismos dos edificios. 

Ahora se conoció que el lunes la Contraloría General de la República ofició a la Municipalidad liderada por Irací Hassler para entregar más detalles sobre esta compra, lo que ocurrió luego de conocidos estos antecedentes, y la denuncia de la concejala de Santiago, Rosario Carvajal. 

Uno de los detalles que aún generan dudas sobre esta operación consiste en sí Inmobiliaria San Valentino SpA actuó como agente de Sociedad Médica y Maternidad Sierra Bella S.A. para vender los edificios al Municipio de Santiago. Ante esta consulta, dicha municipalidad respondió escuetamente que “nosotros le compramos los inmuebles a San Valentino”.

Inmobiliaria San Valentino SpA se constituyó en Santiago el 22 de febrero de 2022 ante el notario Iván Torrealba Acevedo de la 33° Notaría de Santiago, ante el cual compareció como único accionista de la sociedad el abogado Felipe Andrés Sánchez Pérez. 

INTERFERENCIA revisó la escritura completa de constitución de la sociedad Inmobiliaria San Valentino SpA para conocer más detalles sobre esta incipiente inmobiliaria, la cual según consta en el registro del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, sólo posee las dos propiedades que recientemente vendió al municipio y cuyo registro aún figura a nombre de San Valentino.

Inmobiliaria San Valentino SpA se constituyó en Santiago el 22 de febrero de 2022 ante el notario Iván Torrealba Acevedo de la 33° Notaría de Santiago, ante el cual compareció como único accionista de la sociedad el abogado Felipe Andrés Sánchez Pérez. 

Uno de los detalles que primero llama la atención es que la inmobiliaria no declara un domicilio en específico, sino que se limita a señalar que “su domicilio estatutario será en la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, pudiendo establecer agencias y sucursales en otros puntos del país o en el extranjero, y sin perjuicio de los domicilios especiales que pueda fijar para actos y contratos determinados.

La escritura especifica además en su artículo cuarto como objetos de la sociedad una serie de actividades relacionadas a la actividad inmobiliaria, tales como: “a) La compra, venta, arrendamiento o permuta de toda clase de bienes inmuebles sean estos urbanos, agrícolas, habitacionales, comerciales o industriales (...)”, entre otros.

En su artículo quinto, la sociedad declara tener un capital de $100 millones divididos en 10 mil acciones ordinarias y nominativas, todas del mismo valor y serie. En el artículo transitorio primero de esta constitución se señala que estas acciones “se suscriben íntegramente por don Felipe Andrés Sánchez Pérez, ya individualizado en la comparecencia, a un valor de suscripción de 10 mil pesos por acción, las que serán pagadas en el término de tres años a contar de esta fecha, según lo requieran las necesidades sociales”. 

El artículo transitorio segundo de esta escritura establece representantes para actuar por la sociedad específicamente ante municipalidades; “Poder para actuar ante el Servicio de Impuestos Internos, Municipalidades y Tesorería General de la República”, se denomina dicho artículo.

La administración, representación y uso de la razón social también corresponde a Felipe Sánchez. La sociedad se obligó a crear un balance general al 31 de diciembre de cada año, y para regular sus conflictos acordó que se designe un árbitro mixto de común acuerdo entre las partes, siguiendo las normas del reglamento del Centro de Arbitrajes de la Cámara de Comercio de Santiago en caso de no haber acuerdo.

Además de esto, la escritura se refiere a otros representantes de esta sociedad. El artículo transitorio segundo de esta constitución se titula específicamente “Poder para actuar ante el Servicio de Impuestos Internos, Municipalidades y Tesorería General de la República”. 

En este se señala lo siguiente: “Se faculta especialmente a los apoderados don Nicolás López Tagle (...), doña Camila Fernanda Cortez Muñoz (...), a don Francisco Javier Ávila Aguirre (...), a don Carlos Cabrera de la Fuente (...), a doña Gloria Ignacia Rivera Salina (...), a doña Lesbia Gil Monagas (...), a doña Elizabeth Beatriz González Marino (...), y a don Matías Felipe López Arévalo, para que actuando en forma conjunta y/o separada representen a Inmobiliaria San Valentino SpA en los más amplios irrestrictos términos ante todas las autoridades o reparticiones fiscales”.

En el mismo artículo se detalla que estos agentes tendrán representación de la firma en diversos trámites ante el SII y la Tesorería, y más adelante se señala específicamente la representación de estas personas ante municipios: “En su representación ante las Municipalidades, los mandatarios podrán realizar todo tipo de actos, trámites, gestiones, diligencias, consultas, e interpretar toda clase de acciones, recursos y descargos, y en general comparecer de cualquier forma y objeto ante la Municipalidad, autoridad o funcionario municipal en representación de los intereses de su mandante, incluso respecto de aquellos actos que requieran facultades especiales en el orden administrativo y/o municipal sin limitaciones ni excepciones de ninguna especie”, señala el escrito.

Además de esto, el artículo transitorio tercero del escrito de constitución se titula “Poder rectificar y sanear”, en el cual se señala que Nicolás López Tagle y Camila Cortez Muñoz  tienen poder para aclarar “los puntos obscuros o dudosos”, y para que “salven las omisiones, y rectifiquen los errores de copia o de referencia y cálculos numéricos que aparezcan de manifiesto en la presente escritura, o con cualquier otro requisito que fuera necesario a juicio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, o de los encargados de otros registros públicos y privados para inscribir adecuadamente este contrato”.

Cabe señalar que Nicolás López Tagle es un abogado de la Universidad Finis Terrae, quien trabaja en la firma Tax Andes Consulting, al igual que varios de los representantes mencionados en el último párrafo. Se trata de una firma constituída en junio de 2021 que realiza asesoría y consultoría administrativa, financiera, tributaria, contable y económica, servicios de administración y gestión comercial e inversiones en todo tipo de bienes; entre otras cosas. 



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