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Domingo, 1 de Noviembre de 2026
Contradicciones en Justicia

Rabat aprobó rebajas de condena que sus oficinas regionales habían objetado, dos de ellas bajo alerta de la ley contra agresores sexuales

Francisca Santander Faúndez
Joaquín Riffo B.

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Rabat en la Cámara de Diputados y los decretos que llevan su firma.
Rabat en la Cámara de Diputados y los decretos que llevan su firma.

El ministro dijo a la Cámara que su cartera solo firma lo que deciden las comisiones. Documentos revisados por Interferencia muestran que su ministerio aprobó 11 rebajas que sus oficinas regionales advertían que la ley podía impedir, dos de ellas por la norma contra agresores sexuales, y negó otras 22 que esas oficinas daban por buenas.

“El Ministerio de Justicia simplemente formaliza, firmando el decreto respectivo, para dar vida jurídica a la decisión que había adoptado con carácter de firme la Comisión Evaluadora respectiva”. Con esa frase, que en simple quiere decir que el ministerio solo firma lo que otros ya decidieron, se defendió Fernando Rabat el miércoles 28 de octubre ante la Cámara de Diputados, que esa misma tarde aprobó una moción que pide su renuncia. Pero en julio, el propio ministro firmó dos rebajas de pena, pese a que la oficina regional del ministerio en el Biobío le había advertido por escrito que a ambos condenados podía aplicarles la norma que excluye de ese beneficio a los autores de ciertos delitos sexuales, y que desde 2022 alcanza también a los cometidos contra menores de edad. El ministerio las aprobó con el mismo argumento que ha usado para conceder rebajas a condenados por delitos sexuales contra menores (ver decretos 2075 y 2126). No fueron los únicos.

Entre marzo y septiembre, su ministerio aprobó 11 rebajas pese a advertencias de su oficina regional y negó otras 22 que esa oficina había dado por buenas. Y lo hizo, según reveló T13, después de que su antecesor, Jaime Gajardo, le explicara al entregarle el cargo que el criterio del ministerio era rechazar las solicitudes de condenados por delitos sexuales contra menores.

“Fuera del ámbito de mis atribuciones”

La sesión del 28 de octubre fue la primera vez que Rabat enfrentó a los diputados desde que Interferencia reveló, el 21 de octubre, que su ministerio había acortado las penas de 56 condenados por delitos sexuales contra menores: 27 por abuso sexual y 29 por violación. El ministro no reconoció errores y basó toda su defensa en una idea: el ministerio no decide, solo firma.

“Es la ley, es la Corte Suprema, que fija en la Comisión el análisis, la ponderación de los antecedentes”, dijo. Es decir, que quien estudia cada caso es la comisión que evalúa a los presos, no el ministro. Pedirle a él que lo hiciera, agregó, sería exigirle “actuar fuera del ámbito de mis atribuciones”, o sea, hacer algo que la ley no le permite. Para respaldarlo citó los artículos de la Constitución que obligan a las autoridades a actuar solo dentro de lo que la ley les autoriza. Y cerró con una frase que repetiría ante la prensa: “No se me ha reprochado ni una sola infracción de ley ni de la Constitución”.

Entre marzo y septiembre, su ministerio aprobó 11 rebajas pese a advertencias de su oficina regional y negó otras 22 que esa oficina había dado por buenas. Y lo hizo, según reveló T13, después de que su antecesor, Jaime Gajardo, le explicara al entregarle el cargo que el criterio del ministerio era rechazar las solicitudes de condenados por delitos sexuales contra menores.

En la misma sesión, sin embargo, el ministro admitió algo que no calza con esa explicación. Reconoció que al llegar al cargo “rechazamos las primeras solicitudes de rebaja de condena”, y que cambió de opinión después de que la Corte Suprema le diera la razón a un condenado que había reclamado ante los tribunales. Si el ministerio solo firma lo que deciden otros, ¿cómo pudo rechazar?

Tres pasos y una firma

Para entender la contradicción hay que explicar cómo funciona este beneficio. Desde 2003, la ley de rebaja de condenas permite descontar algunos meses de la misma a los presos con muy buena conducta. El trámite tiene tres pasos. Primero, una comisión en cada región evalúa el comportamiento del preso y propone cuántos meses rebajarle. Luego, la Secretaría Regional de Justicia, la llamada Seremi, revisa sus antecedentes y certifica si existe algún motivo por el que la ley impide darle el beneficio, por ejemplo, que haya cometido otro delito mientras cumplía su condena o que esté condenado por delitos sexuales contra menores. Al final, el ministerio en Santiago firma un decreto que aprueba o rechaza la rebaja.

Ese último paso no es un simple trámite. El reglamento que regula el beneficio dice que el ministerio solo puede rechazar una rebaja cuando, al revisar el caso, compruebe que se da alguno de los motivos que la ley establece, y que debe explicar por escrito por qué lo hace. En otras palabras, la norma le encarga al ministerio revisar cada caso. Lo que no puede hacer, como recuerdan los propios decretos citando un fallo de 2018, es negar la rebaja solo porque el delito fue muy grave, si la ley no lo prohíbe expresamente.

El exministro de Justicia Jaime Gajardo lo dijo en términos simples a Pauta: “Es el ministro o ministra de Justicia la que toma la decisión de conceder o no”. Los decretos del propio Rabat le dan la razón.

El ministro podría responder que una cosa es evaluar si el preso se portó bien, que le corresponde a la comisión, y otra revisar si la ley lo deja fuera del beneficio. La diferencia existe. Pero la prohibición para los condenados por delitos sexuales contra menores es justamente un motivo legal, y decidir si se aplicaba o no a delitos cometidos antes de 2022 fue una decisión del ministerio: entre marzo y mayo dijo que sí, y desde junio, que no.

Veintidós rechazos que la oficina regional no pidió

Interferencia revisó cientos de decretos de rebaja de condena firmados por el Ministerio de Justicia entre marzo y septiembre de 2026. De los 36 rechazos que hay en ese conjunto, en 22 el propio decreto reconoce que la Seremi había certificado que no existía ningún impedimento legal para dar el beneficio. Y en casi todos aparece a continuación la misma frase: “Que, sin embargo, revisados los antecedentes por el Ministerio de Justicia”. Después, el ministerio revisa el informe de Gendarmería y las sentencias del condenado, encontrando un motivo para negar la rebaja.

Nueve de esos 22 rechazos llevan la firma de Rabat y trece la del ex subsecretario Luis Silva, quien firmó como ministro subrogante, es decir, reemplazando a Rabat. El primero es del 13 de marzo, dos días después de que Rabat asumiera. La Seremi Metropolitana había dicho que el postulante podía recibir la rebaja, pero el ministerio revisó tres de sus condenas, constató que había vuelto a delinquir mientras cumplía una pena anterior y se la negó (ver decreto 733). El 18 de mayo, Rabat firmó otro rechazo igual: la Seremi de Los Lagos había dado el visto bueno a un condenado de Puerto Montt, pero el ministerio descubrió que, mientras cumplía su condena, había manejado ebrio y causado lesiones graves a otra persona (ver decreto 1475).

El ministro podría responder que una cosa es evaluar si el preso se portó bien, que le corresponde a la comisión, y otra revisar si la ley lo deja fuera del beneficio. La diferencia existe. Pero la prohibición para los condenados por delitos sexuales contra menores es justamente un motivo legal, y decidir si se aplicaba o no a delitos cometidos antes de 2022 fue una decisión del ministerio: entre marzo y mayo dijo que sí, y desde junio, que no.

El caso más reciente es del 28 de agosto. La Seremi Metropolitana informó que un preso de la cárcel Colina I podía recibir el beneficio. El ministerio revisó sus antecedentes y encontró una condena por estafa y tres por robo, cometidas mientras cumplía una pena anterior, y le negó la rebaja (ver decreto 2958).

En la lista también está el decreto que Interferencia dio a conocer el 26 de octubre, del 17 de marzo. Se trataba de un condenado por violar reiteradamente a una persona menor de 14 años. La Seremi de Los Ríos no había visto impedimentos, y fue el ministerio el que decidió aplicarle la prohibición de 2022, argumentando que la nueva ley rige para todas las solicitudes que se resuelvan desde su publicación, sin importar cuándo ocurrió el delito (ver decreto 773).

Once rebajas aprobadas pese a las advertencias

La revisión del ministerio también funcionó al revés. En 11 decretos que aprueban la rebaja, el texto reconoce que la Seremi había advertido que al condenado podía impedirle el beneficio alguno de los motivos que fija la ley. En todos, el ministerio revisó el caso por su cuenta y concluyó que no era así. Siete de esos decretos llevan la firma de Rabat, tres la de Silva y uno la del subsecretario de Derechos Humanos Pablo Mira, que también firmó reemplazando al ministro.

El 19 de marzo, por ejemplo, Rabat aprobó la rebaja de un condenado por tráfico de drogas, aunque la Seremi había advertido que había cometido un delito mientras cumplía su condena. El ministerio concluyó que ese delito era anterior a la otra condena (ver decreto 779). El 20 de abril hizo lo mismo con un condenado de Puerto Montt: la Seremi advirtió que el tribunal lo había castigado con una pena agravada, lo que por ley lo dejaba fuera del beneficio, y el ministerio revisó la sentencia y concluyó que no había sido así (ver decreto 1160).

En la lista también está el decreto que Interferencia dio a conocer el 26 de octubre, del 17 de marzo. Se trataba de un condenado por violar reiteradamente a una persona menor de 14 años. La Seremi de Los Ríos no había visto impedimentos, y fue el ministerio el que decidió aplicarle la prohibición de 2022, argumentando que la nueva ley rige para todas las solicitudes que se resuelvan desde su publicación, sin importar cuándo ocurrió el delito (ver decreto 773).

En varios de esos casos, el ministerio corrigió lo que consideró errores de su oficina regional. En dos, la Seremi había advertido un problema con la libertad condicional del preso, y el ministerio comprobó que nunca se le había concedido ese beneficio por esa causa. En otros, verificó que el condenado tenía una sola condena y no varias. Esas correcciones pueden haber sido acertadas. Pero en todos los casos fueron decisiones del ministerio, tomadas contra lo que decía su propia oficina regional. Justo lo contrario de limitarse a firmar.

Los delitos sexuales contra menores también pasaron por su escritorio

Dos de esas once rebajas tocan el centro de la polémica. El 24 y el 26 de junio, la Seremi del Biobío envió al ministerio dos solicitudes con una advertencia expresa: a ambos condenados podía aplicarles la prohibición que, desde febrero de 2022, deja fuera de este beneficio a quienes cometieron delitos sexuales contra menores.

El ministerio no se limitó a firmar. Descartó la advertencia de su oficina regional con un argumento propio: que, según la mayoría de los fallos de la Corte Suprema, esa prohibición no puede aplicarse a delitos cometidos antes de que existiera, y que por eso estaba “jurídicamente impedida de rechazar”. En julio, Rabat firmó ambas rebajas. Una descontó seis meses a un condenado por el Tribunal Oral de Concepción, y fijó que su pena había terminado el 2 de febrero de 2026, cinco meses antes de la firma (ver decreto 2075). La otra descontó 30 meses a un hombre que estaba preso desde 2005, y fijó el fin de su condena en mayo de 2025 (ver decreto 2126).

Ninguno de los dos decretos menciona un fallo judicial que ordenara dar la rebaja a esos condenados. La decisión de no aplicar la prohibición que su propia oficina regional había advertido fue del ministerio.

Advertido desde febrero

Las decisiones no se tomaron a ciegas. Según reveló Reportajes T13, Rabat recibió al menos tres advertencias antes de cambiar de criterio. La primera fue el 5 de febrero, en la reunión en que su antecesor, Jaime Gajardo, le entregó el ministerio: le explicó que había muchas solicitudes pendientes y que el criterio era rechazarlas cuando se trataba de delitos sexuales contra menores. Un documento revisado en esa reunión pedía tener “especial consideración de los hechos que motivaron la acusación”, es decir, mirar con atención qué hizo cada condenado.

En abril, de acuerdo con el mismo reportaje, su equipo le recomendó definir un criterio claro para justificar los rechazos y comparar el aumento de reclamos judiciales con el “costo de conceder beneficios a agresores sexuales”. En mayo, un funcionario del gobierno le aconsejó no conceder estas rebajas. Según T13, Rabat priorizó los argumentos jurídicos por sobre los políticos y no informó de esas alertas al Presidente José Antonio Kast. El propio ministro dijo a Mega el 22 de octubre que Kast “no estaba en conocimiento de esta situación porque esas son decisiones que las adopta el ministro de Justicia”. Esa frase, pensada para proteger al Presidente, también contradice la idea de que el ministerio solo firma.

La revisión del ministerio también funcionó al revés. En 11 decretos que aprueban la rebaja, el texto reconoce que la Seremi había advertido que al condenado podía impedirle el beneficio alguno de los motivos que fija la ley. En todos, el ministerio revisó el caso por su cuenta y concluyó que no era así. Siete de esos decretos llevan la firma de Rabat, tres la de Silva y uno la del subsecretario Pablo Mira, que también firmó reemplazando al ministro.

El criterio que Gajardo le comunicó es el mismo que, meses después, el oficialismo convirtió en acusación. El domingo 25 de octubre, en Mesa Central de Canal 13, el presidente de la UDI, Guillermo Ramírez, fue consultado sobre si los gobiernos anteriores habían incumplido la ley al negar estas rebajas. Respondió: “absolutamente”. También acusó al gobierno de Gabriel Boric de decir “mire, yo no estoy dispuesto a firmar este decreto” y de estar “pateando la pelota a los tribunales”.

Los decretos muestran que el ministerio de Rabat hizo lo mismo en sus primeros tres meses: negó rebajas a condenados por delitos sexuales contra menores, y al menos uno de ellos tuvo que llegar hasta la Corte Suprema para revertir la decisión. Si negar estas rebajas era incumplir la ley, como afirmó Ramírez, el ministerio de Rabat también la incumplió. Y si no lo era, el ministro nunca estuvo obligado a concederlas.

Una defensa que choca con sus firmas

Estos 33 decretos no prueban por sí solos que las rebajas a los agresores sexuales fueran ilegales; eso lo definirán los tribunales y el Congreso. Lo que sí muestran es que el principal argumento de Rabat ante la Cámara no es coherente con sus propios documentos. El ministerio revisa los casos y decide: lo hizo para negar rebajas cuando su oficina regional no veía problemas, y lo hizo para aprobarlas cuando esa oficina sí los veía, incluso tratándose de delitos sexuales contra menores.

Tampoco calza con lo que hizo su entonces subsecretario de Justicia. Según reveló T13, Luis Silva envió este mes un documento a la presidenta de la Corte de Apelaciones de Santiago, en medio de un reclamo judicial, en el que sostuvo que debía rebajarse la pena de un exagente de la CNI condenado por la desaparición de cinco frentistas en 1987, aunque la Corte Suprema ya había negado esa rebaja dos veces, en diciembre de 2025 y en mayo de 2026. Un ministerio que solo firma no toma partido ante los tribunales para que se conceda un beneficio.

La diferencia no es menor para el futuro del ministro. El 26 de octubre, los diputados Luis Cuello (PC) y Juan Santana (PS) lo denunciaron ante la Fiscalía por prevaricación, el delito que comete una autoridad que resuelve a sabiendas contra la ley. Y el 28 de octubre, la oposición anunció una acusación constitucional contra Rabat, el juicio político que puede terminar con su destitución. En ambos casos, la defensa del ministro descansa en que no tenía margen para decidir. Sus decretos dicen lo contrario.

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