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Jueves, 18 de Abril de 2024
Van 2.000 prisiones preventivas

¿Hay presos políticos por protestar en Chile? Hay señales que dicen que sí

Camila Higuera

Fiscales y jueces de garantía han dispuesto masivas medidas cautelares contra los detenidos en el contexto del estallido social, las que suman 25.000, entre leves y graves (como las prisiones preventivas). Varios profesionales ligados a los derechos humanos advierten que estas medidas se están usando para castigar la protesta. Acá algunos casos.

Admision UDEC

A comienzos de año Mauricio Silvia se integró como ministro de la Corte Suprema e hizo una crítica a la judicatura. “La prisión preventiva no debe ser la regla general [...] Hay muchas más prisiones preventivas de lo que sería conveniente al sistema”, dijo Silva en enero.

La solicitud de esta medida cautelar privativa de libertad sufrió un aumento de un 36% entre 2010 y 2017, finalizando ese último año con más de 51 mil solicitudes, de las cuales casi 50 mil fueron concedidas por los jueces de garantía, según indica un documento de análisis sobre la prisión preventiva publicado en 2018 por parte de la Dirección de Estudios de la Corte Suprema.

En los últimos dos años, la tendencia no ha cambiado. Las palabras de Silva fueron rápidamente olvidadas y una vez iniciado el estallido social el 18 de octubre, han sido casi dos mil las personas enviadas a prisión preventiva por hechos asociados a las protestas. 

Según un informe de la Defensoría Penal Pública (DPP), entre el 20 de octubre y el 13 de noviembre, a 1.384 personas se les aplicó esta medida cautelar. Mientras que -según datos de la Fiscalía- entre el 18 de octubre y el 22 de noviembre, se calcula en 1.957 personas las que quedaron con prisión preventiva.

Al cierre de esta edición ni Gendarmería, ni Fiscalía, ni el Poder Judicial tenían estadísticas respecto de la composición de estas prisiones preventivas, respecto de su gravedad. Tampoco acerca de las detenciones flagrantes versus detenciones por investigación policial, ni acerca de cantidades de primerizos versus personas con antecedentes. Todos elementos que ayudarían a comprender si se están cumpliendo los principios garantistas con los detenidos. 

Esta situación preocupa a diversos organismos de derechos humanos y de asistencia jurídica. 

En conversación con INTERFERENCIA, el abogado Nicolás Toro, miembro del Comité de Defensa del Pueblo Hermanos Vergara Toledo -y que hoy es parte de la Coordinadora 18 de octubre por la Libertad de Prisioneros Políticos- planteó que “hay un contexto de represión que evidentemente está fuera de los parámetros de la Convención Americana de Derechos Humanos”.

La inquietud fue planteada por la Coordinadora a la delegación de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) que visitó el país durante noviembre. “Acá se está utilizando la prisión política y eso lo planteamos al comisionado de la CIDH, quienes estuvieron de acuerdo que el uso desproporcionado de la prisión preventiva es persecución política”, dice Toro.

Concepción ¿Un caso de castigos judiciales a través de medidas cautelares?

El martes 3 de diciembre, Catalina Fuentes, estudiante de medicina veterinaria de la Universidad de Concepción, fue detenida por funcionarios de la PDI que estaban de civil luego de sacar tres adoquines durante una manifestación en el centro de la ciudad. Al día siguiente en la audiencia de formalización, se le imputaron los delitos de daños calificados y desórdenes públicos, por lo que se establecieron 45 días de investigación y el Ministerio Público solicitó la prisión preventiva, la cual fue otorgada por el juez de Garantía, Marcelo Bustos Vergara. Así, el 4 de diciembre, la estudiante ingresó a la cárcel El Manzano de Concepción.

Fuentes, quien no tiene antecedentes policiales, fue representada por la DPP, la que luego presentó un recurso de amparo solicitando la revocación de la medida cautelar. Consultado por INTERFERENCIA, Claudio Vigueras, el abogado de la DPP que defendió a la estudiante, dijo que “a juicio nuestro, la prisión preventiva fue aplicada por el juez de garantía sin cumplir con los requisitos que la ley le impone para fundamentar su resolución, entonces a nuestro juicio la privación de libertad no solo es improcedente, sino que también es ilegal”.

Frente a esto, Vigueras presentó el amparo para que se ordenara la libertad completa o “una libertad bajo sujeción de medidas cautelares de menor intensidad”. Tras diez días en prisión, la Corte de Apelaciones de Concepción acogió el amparo y el pasado viernes 13 de diciembre, Catalina Fuentes fue liberada bajo arresto domiciliario total.

Desde iniciado el estallido social, la DPP de Concepción ha presentado cuatro recursos similares, tres de ellos en la última semana, “precisamente por la aplicación de la prisión preventiva para aquellas personas que no tenían antecedentes”, explicó el defensor regional del Bío Bío, Osvaldo Pizarro.

El 12 de noviembre, José Sepúlveda de 61 años fue detenido por funcionarios de la PDI, momentos después de que el edificio de la Gobernación Provincial de Concepción se incendiara mientras ocurría una de las tantas manifestaciones en la ciudad. Sepúlveda fue registrado arrojando unos papeles al fuego que se había iniciado hace un rato. Con este antecedente, el 15 de noviembre durante la audiencia de formalización, el Ministerio Público solicitó la prisión preventiva, la cual fue concedida mientras se realice la investigación que tiene un plazo de cuatro meses. Así, Sepúlveda ingresó al Centro de Cumplimiento Penitenciario Bío Bío como presunto autor del incendio en el edificio.

Días después, el viernes 22 de noviembre, Constanza Valdebenito, estudiante de biología marina en la Universidad de Concepción caminaba de vuelta a su casa tras haber pasado gran parte de la tarde en los laboratorios de la universidad. En el centro de la ciudad fue detenida por Carabineros, quienes la acusaron de haber participado de un saqueo y estuvo incomunicada durante seis días. Se le imputaron los delitos de saqueo y de asociación ilícita, se fijaron 120 días de investigación y a pesar de no tener antecedentes previos fue enviada a prisión preventiva.

El profesor del Departamento de Oceanografía, Osvaldo Ulloa, aseguró que durante la jornada del 22 de noviembre, Valdebenito estuvo todo el día trabajando en los laboratorios, según se indica en el sitio web de la Asociación de Académicos y Académicas Enrique Molina Garmendia de la Universidad de Concepción.

Entre los recursos de amparo presentados por la DPP de Concepción, se encuentra el de Valdebenito, que debería resolverse pronto por la Corte de Apelaciones.

Lo que se sabe sobre las prisiones preventivas

Todavía no hay datos consolidados, sin embargo, según indica el defensor regional del Bío Bío, Osvaldo Pizarro, durante la segunda quincena de octubre la prisión preventiva era la cuarta medida cautelar más solicitada por la Fiscalía local. Pero ya en la primera quincena de noviembre llegó a ocupar el tercer puesto. “En la última quincena de noviembre la prisión preventiva pasó a utilizar el primer lugar de las medidas cautelares, incluso para las personas que no tenían antecedentes”, asegura Pizarro.

Esta situación se viene denunciando hace semanas, a través de varios casos. A inicios de diciembre INTERFERENCIA denunció el caso de Sofía Arévalo y Joaquín Cáceres, ambos de 17 años, quienes se encuentran en prisión preventiva en centros del Sename desde el 5 de noviembre. Se les imputó el delito de incendio con riesgo a la vida de las personas, por supuestamente haber incendiado una bolsa de basura frente a la Municipalidad de Buin, la cual fue apagada con una manguera por un funcionario de la institución. Sin embargo, según testigos y lo registrado por cámaras, no fueron ellos quienes iniciaron el fuego. A pesar de esto, y de no tener antecedentes previos, se les otorgó la prisión preventiva y 100 días de investigación.

“Lo que ha pasado este tiempo es que por delitos muy pequeños se está aplicando la prisión preventiva, lo que en otras circunstancias jamás habría ameritado como medida cautelar”, dice el abogado Toro a este medio.

Según los antecedentes entregados en el informe de la DPP, con datos recopilados entre el 20 de octubre y el 13 de noviembre, se realizaron 20.645 audiencias de control de detención, lo que significa un aumento del 25,4% en relación al mismo periodo del año 2018. Además, el informe señala -en relación a la prisión preventiva- que esta se ha otorgado en un 6,7% de los casos, cifra menor que la del año pasado, que alcanzó un 8,7%.

Sin embargo, lo que sí ha aumentado considerablemente son las detenciones declaradas como ilegales. En el periodo indicado anteriormente, hubo 5.421 alegaciones de ilegalidad, siendo declaradas como tales 1.280 de ellas. Esta cifra corresponde a un aumento significativo respecto de la misma fecha del año anterior, cuando hubo solo 367 declaraciones de ilegalidad en la detención.

Esa cifra es aún mayor respecto de las detenciones ilegales de menores de 18 años. Mientras que en 2018 hubo 28, en 2019 estás se elevaron a 128.

Consultado por INTERFERENCIA, el jefe de la Unidad de Derechos Humanos de la DPP, Tomás Pascual, declaró que “la prisión preventiva se ha dado en sus parámetros normales e incluso menor al régimen diario. De todas formas, el régimen normal de la prisión preventiva suele ser alta en relación a las personas que después siguen cumpliendo penas privativas de libertad”.

Según el artículo 140 del Código Procesal Penal, la prisión preventiva se puede aplicar solo cuando existen antecedentes suficientes que justifiquen la existencia del delito que se investiga y que existan antecedentes fundados de la participación del imputado en el hecho. También, se puede aplicar en caso de que la prisión del imputado sea indispensable para poder llevar a cabo las diligencias de investigación, que exista el riesgo de que el supuesto responsable se de a la fuga o que la libertad de este suponga un peligro de seguridad para la sociedad o la víctima.

“Una medida cautelar como la prisión preventiva, aplicada solamente para dar una pena anticipada son contrarios a los criterios establecidos por los órganos de protección de los derechos humanos, por lo tanto, son contrarios a la Convención Americana de Derechos Humanos”, advierte Pascual.

Por otro lado, la directora de Comunicaciones del Poder Judicial, Lucy Dávila, dice a este medio que la institución no ha identificado un cambio de criterio en las solicitudes del Ministerio Público respecto de la prisión preventiva. Tampoco lo advierten respecto a las decisiones de los jueces de garantía que otorgan tal medida.

Otras cautelares

Por su parte, la Fiscalía Nacional -en su comunicado del 30 de noviembre, el mismo por el cual señaló la existencia de 2.000 prisiones preventivas- informó que desde el inicio de las protestas el 18 de octubre hasta el 22 de noviembre, 30.102 personas pasaron por control de detención y 25 mil de ellas quedaron con medidas cautelares de diversos tipos.

En ocasiones -según los defensores- la aplicación de medidas cautelares se utilizan para desincentivar la participación de las personas en las manifestaciones. Incluso para prohibirlas, con el argumento de que existe una investigación en curso. Ese es el caso de muchos de los detenidos en el contexto de las protestas que no han quedado en prisión preventiva.

El lunes 9 de diciembre Matías Meza fue a protestar después de un partido de fútbol. A eso de las 18.30 se encontraba en el Puente Pío Nono cuando fue alcanzado por un carro lanza aguas que le provocó un gran ardor en el cuerpo. Recibió primeros auxilios de un grupo voluntario de la Universidad San Sebastián y en cuanto salió de las dependencias de la institución, Carabineros lanzó al menos nueve bombas lacrimógenas. Una de ellas cayó al lado de Matías y nuevamente fue mojado por el carro. Luego, fue atendido por los voluntarios médicos por una segunda vez.

Minutos después, el joven comenzó a caminar por la calle Pío Nono hacia los pies del Cerro San Cristóbal, lugar donde lo pasarían a buscar para volver a su casa en Recoleta. Mientras caminaba, pasó una furgoneta de Carabineros. Uno de sus funcionarios gritó “ahí está” y comenzaron a correr tras Meza, quien huyó por varias cuadras, entró a un almacén y fue delatado por un locatario.

Fue detenido y una vez en la furgoneta, uno de los carabineros le dijo “estai pasado a bencina, que Dios te proteja”. Meza se imaginó inmediatamente en prisión, al igual que muchos otros manifestantes que han sido privados de libertad. Fue trasladado hasta la Sexta Comisaría de Recoleta con la noción de que lo culparían de lanzar bombas molotov, lo cual no era cierto.

A media noche, le informaron que pasaría a control de detención por fabricación de bombas molotov. Sin embargo, un sargento presente en la comisaría se acercó para decirle “quédate tranquilo flaco, cuando llegaste acá yo solo te sentí olor a lacrimógena, no a bencina. No tienen pruebas contra tí”. Minutos después, llegó Labocar (Laboratorio de Criminalística de Carabineros) a realizarle pericias. Le quitaron el celular y la ropa.

En la tarde del martes, Meza fue trasladado hasta la Fiscalía donde se realizó su audiencia de control de detención. Para su sorpresa, el Ministerio Público no solicitó la cautelar de prisión preventiva y así, tras casi un día de estar detenido, salió en libertad, pero con la prohibición de acercarse a menos de 500 metros de cualquier manifestación.

La investigación de su caso durará 100 días y a partir de enero debe cumplir con la firma mensual en la 33° Comisaría de Ñuñoa.

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Comentarios

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Sigan con el buen trabajo :)

Personalmente no guardo duda alguna de que en Chile sí hay presos políticos, aunque desconozco cada caso y las cantidades de estos. No importa, porque cuando se detiene a alguien por actividades políticas, como una protesta callejera y esa persona es detenida preventivamente sólo por la palabra de carabineros, ya es un detenido político, La razón me la da el hecho de que la gran mayoría de los casos son desestimados posteriormente en los tribunales por falta de pruebas, incluso con sospechas de sus falseamientos. Además, es de conocimiento común que la policía uniformada juega un rol político de apoyo a la derecha, lo que ha sido notorio en su actuar, múltiples veces, como se registrado en medios electrónicos también una una multiplicidad de ocasiones. Existe tanto registro, que las declaraciones de la dirección de este cuerpo militarizado, así como las de sus altos oficiales, y del poder político que lo respalda pasan a ser cantos de sirenas... Y sabemos que las sirenas no existen, El juez Daniel Urrutia así lo reconoce tras fallo de la CIDH contra la Suprema: “En Chile sí hay presos políticos”, (https://www.cnnchile.com/pais/entrevista-juez-urrutia-fallo-cidh-chile-presos-politicos_20201111/?fbclid=IwAR3QAJ55PnGWESokeLvZS6vLu2d7XTwXSIHjPz_GPPcISR4yL0t2jO_I_o0). Y no sólo hay presos políticos, sino que también hay liberados políticos, en procesos casi tan automáticos como los de las detenciones indebidas, y son para favorecer a los agentes del Estado que actúan al borde o fuera de la ley, específicamente carabineros, de los cuales son enjuiciados a medias, severamente protegidos, sólo cuando lo que hacen causa revuelo público e internacional. Y es cuando cometen los homicidios políticos, (muchos casos, sobre todo en La Araucanía), o intentos de homicidio, como en el reciente caso del joven A. A. recientemente arrojado desde un puente al río Mapocho. No sólo hay presos políticos. Como vemos, hay también heridos p0líticos, perseguidos políticos, asesinados políticos y beneficiados políticos. JSB.

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