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Martes, 22 de Julio de 2025

Señor Patricio, los edificios de la etapa I, II y III del Conjunto Armónico de Bellavista son precisamente un conjunto armónico definido en el N°107 de la LGUC que les permite tener a estas edificaciones una altura muy superior al Plano Regulador que usted invoca. Los edificios son completamente legales, pero el actuar caprichoso del alcalde y la Municipalidad de Recoleta es lo ilegal acá.


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