Me imagino que ninguno de Uds. es abogado. No es requisito de la legítima defensa, ni aún para los Carabineros, portar o tener prendida una Camara Go Pro, que es sólo para efectos de prueba, y que por no portarla les podrá llegar una sanción administrativa por no cumplir con un protocolo institucional. En todo caso, en el proceso judicial para establecer si existió o no legítima defensa, se utilizan todos os medios de prueba que permite el Procedimiento Penal. Y por último, nunca ha sido requisito para invocar la legítima defensa que se deba esperar a que el agresor ilegítimo materialice su agresión, en ese caso los Carabineros debieron haber esperado a que les dispararan, y ahí, si siguen vivos, se defienden amparados en la legítima defensa. Sin sentido.
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