Este miércoles y jueves se votó el primer informe de reemplazo de la Comisión de Derechos Fundamentales en el Pleno de la Convención Constitucional, en una votación que duró cerca de 12 horas.
La derecha, que no levantó propuestas en los nueve meses de trabajo en esta materia, envió 149 indicaciones para sustituir o suprimir el articulado aprobado por la Comisión, incluso en artículos que quedaron fuera del texto sistematizado y por lo tanto que no iba a discutirse. Además, los convencionales del sector ingresaron otras 22 peticiones de votación separada.
La estrategia se basó en solicitar la supresión de los artículos aprobados por la Comisión y, luego, ingresar otra indicación de reemplazo, obligando a realizar dos votaciones separadas. Cuestión que, además, se repitió con cada uno de los incisos de los artículos.
La derecha ingresó 149 indicaciones a través de dos de sus convencionales, Rocío Cantuarias (Independiente pro Evópoli) y Bárbara Rebolledo (de la misma filiación), tanto en separado -86 Cantuarias y 45 Rebolledo- como juntas (18).
Así, la derecha ingresó 149 indicaciones a través de dos de sus convencionales, Rocío Cantuarias (Independiente pro Evópoli) y Bárbara Rebolledo (de la misma filiación), tanto en separado -86 Cantuarias y 45 Rebolledo- como juntas (18).
De las indicaciones ingresadas por Rebolledo destaca la número 152, donde pide reemplazar el inciso cuarto del artículo ocho sobre libertad de expresión por: “Estarán prohibidas por ley aquellas manifestaciones que constituyan incitación a la violencia, que sean realizadas con dicha intención y constituyan una amenaza real, verosímil e inminente para otra persona o grupo de personas”.
Sin embargo, este inciso no existe en el artículo de reemplazo propuesto por la Comisión, por lo que se juzgó como una indicación improcedente, caso que se repitió en otras tres ocasiones.
En este sentido, Rebolledo ingresó indicaciones para reemplazar artículos que contenían frases que, luego, también solicitó cambiar con otra indicación adicional. Vale decir, sustituir el artículo aprobado por la Comisión con uno propio que contenía una oración que también requería ser modificada con una indicación.
Así, también, solicitó reemplazar el epígrafe “Libertad de emprender y desarrollar actividades económicas” por “Libertad de desarrollar actividades económicas”.
Así, por ejemplo, la convencional solicitó sustituir el artículo 6 sobre la titularidad de los derechos fundamentales por: “Las personas son titulares de los derechos fundamentales que en esta Constitución se reconocen (...)”, al mismo tiempo que ingresó una indicación paralela para cambiar la frase “las personas naturales” por “los seres humanos”.
No obstante, Rebolledo no solo añadió indicaciones para que fueran votadas en particular. Junto a Manuel Ossandón Lira (independiente pro RN) ingresaron solicitudes de 'votación separada de cada uno de los incisos para 16 de los 19 artículos, debiendo votarse uno a uno en vez del artículo completo, retrasando su deliberación en el Pleno.
De la misma forma operaron las 86 indicaciones de Cantuarias para suprimir, cambiar o añadir un nuevo tenor al texto aprobado por la Comisión de Derechos Fundamentales. Entre ellas resalta la número 59, que fue juzgada improcedente por no aludir al articulado presentado en el Pleno. Esta solicitaba reemplazar el epígrafe “Derecho a la seguridad individual” por "El derecho a la seguridad ciudadana”.
Así, también, solicitó reemplazar el epígrafe “Libertad de emprender y desarrollar actividades económicas” por “Libertad de desarrollar actividades económicas”.
Contra el derecho de propiedad
La reformulación del derecho de propiedad fue aprobada parcialmente por 126 convencionales en el Pleno. Nuevamente fue una votación separada de sus incisos por solicitud de las convencionales de derecha, en las que se aprobó el inciso primero y cuarto.
Sin embargo, el bloque de la derecha se disgregó entre el rechazo y la abstención. Entre quienes rechazaron el derecho de propiedad estuvieron Cantuarias, Martín Arrau, Carol Bown, Constanza Hube, Ruth Hurtado, Arturo Zuñiga, entre otros.
Además, para este artículo ingresaron 13 indicaciones. Cantuarias y Rebolledo intentaron sustituir el artículo por uno de elaboración propia, en el que se establecía que: “La expropiación solo podrá materializarse, y la toma de posesión material efectuarse, previo pago al contado y en dinero efectivo del total de la indemnización por el daño patrimonial efectivamente causado”.
Igualmente, repitieron la estrategia con la que reemplazar incisos y agregar otros nuevos en votaciones separadas. Así, la indicación 337 solicitaba añadir el inciso: “Se prohíbe todo impuesto al patrimonio” y la 335 que: “Los trabajadores son dueños de sus ahorros previsionales y podrán heredarlos a las personas establecidas en la ley, salvo manifestación de voluntad expresa en contrario”.
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