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Sábado, 20 de Abril de 2024
Entrevista

Abogado Lledó: "el ‘ecocidio’ tardará mínimo 3 años en reconocerse como un crimen internacional"

Diego Ortiz

Formó parte del panel que definió legalmente el ‘ecocidio’ en busca de que sea incluido como el quinto crimen internacional, proceso que espera sea expedito. En entrevista con INTERFERENCIA, el también director de la Fundación Internacional Baltasar Garzón discutió sobre plazos, motivaciones e impactos de la iniciativa.

Admision UDEC

Ha pasado una semana desde que la fundación internacional con sede en Holanda, Stop Ecocide, dio a conocer la definición legal de ‘ecocidio’, delito relacionado a una destrucción importante del ecosistema. La elaboración de este concepto se da en miras de conseguir que la Corte Penal Internacional lo incluya como un crimen internacional, transformándose en el quinto de este tipo detrás del genocidio y los crímenes de lesa humanidad, de guerra y de agresión.

Un panel paritario de 12 abogados especializados en crímenes internacionales y contra el medioambiente fueron los encargados de definir y tipificar este delito, llegando al consenso de que se trataría de “ilícitos o actos sin sentido cometidos con conocimiento de que existe una probabilidad sustancial de daños graves y generalizados o a largo plazo al medioambiente”.

Con la definición del crimen de ‘ecocidio’ lista, ¿qué falta para que empiece a regir? ¿Habrá voluntad de los Estados miembro de la Corte Penal Internacional de incluirlo como crimen internacional? ¿A qué países podría afectar? ¿Ha habido ‘ecocidio’ en Chile?

Es director de la Fundación Internacional Baltasar Garzón (FIBGAR), entidad avocada a la persecución de los cuatro crímenes internacionales ya establecidos. En esa línea, presentó durante abril un recurso contra Piñera por “su participación en la comisión de crímenes de lesa humanidad”.

INTERFERENCIA discutió estas interrogantes con el abogado chileno Rodrigo Lledó, miembro del panel internacional de expertos que definió legalmente el concepto. “Yo creo que no va a pasar tanto tiempo [para que se apruebe como un crimen internacional] porque estamos en un momento de inflexión en la historia de la humanidad”, opina.

El camino no será fácil: dos tercios de los 123 Estados miembro de la Corte Penal Internacional deben apoyar la moción de transformar al ‘ecocidio’ como un crimen que traspase fronteras. Entre los Estados que no forman parte de aquella entidad penal, destacan grandes actores dentro del futuro de la crisis climática. La hipotética aprobación se daría, según Lledó, “con grandes ausencias, ya que no está China, Estados Unidos, Rusia ni Israel”.

Cuando se trata de crímenes universales, Lledó sabe perfectamente de lo que habla. Es director de la Fundación Internacional Baltasar Garzón (FIBGAR), entidad avocada a la persecución de los cuatro crímenes internacionales ya establecidos. En esa línea, la FIBGAR presentó durante abril de 2021 un recurso contra Piñera ante la propia Corte Penal Internacional por “su participación en la comisión de crímenes de lesa humanidad”.

“La imputación en contra de Sebastián Piñera es precisamente que él ha permitido que estos hechos ocurran y que pudiendo tomar medidas para evitar que estas cosas ocurrieran, no lo hizo. Miró para otro lado. Incluso más, alentó las violaciones a los DD.HH.”, explicó sobre el recurso.

En entrevista con esta redacción, Rodrigo Lledó ahonda en el proceso de definición del ‘ecocidio’, su cronología para que pase a ser el quinto crimen internacional, las implicancias de esa hipotética aprobación y su importancia para poder proteger el planeta ante la crisis climática.

Tenemos el comercio, los negocios, la producción de bienes y servicios que tiene que seguir siendo posible, y eso implica necesariamente la transformación del medioambiente; pero hay un límite y hay daños que no son justificables. 

“Tenemos que transformar la naturaleza y la seguiremos transformando, ojalá de forma más armoniosa, pero hay un castigo a la naturaleza totalmente desproporcionado en relación al beneficio que se obtiene”, detalla, algo que el crimen internacional de ecocidio buscará prevenir.

El panel de 12 expertos y expertas se dividió en subgrupos para trabajar en aspectos puntuales dentro de la definición legal de ecocidio. ¿Cuál fue su labor dentro de aquel panel?

-Me tocó coordinar un subgrupo que trabajó en la definición de términos. ¿Qué íbamos a entender por "medioambiente", por "extenso" y por "largo plazo"? Primero había que definir medioambiente: si vamos a proteger la naturaleza, el sistema planetario o vamos a proteger los ecosistemas. Le dimos una definición bastante específica que comprende la biósfera, la litósfera, la criósfera, etc. Es un término intuitivo, de uso común, pero con una definición técnica; que facilita la aplicación por parte de los jueces, fiscales y defensores. 

Luego había que explicar el término en inglés widespread, o extenso en español; haciendo referencia al territorio. También long-term, que sería a largo plazo. Otro término que hubo que definir eran los actos o bien omisiones, siendo que la definición principal habla de actos. Pero no sólo es responsable la persona que crea la situación de peligro, sino también la gente que no toma las medidas que hay que tomar para evitar ese peligro. Esas son las más frecuentes, por lo que también se incluyen las omisiones. Por último, también hubo que definir severe, en español severo. 

Los términos que menciona -que sea un daño al medioambiente severo, extenso en el territorio y a largo plazo-, ¿son todos condiciones para que exista ecocidio?

-Ese punto lo debatimos bastante y me sorprendió la generosidad intelectual del panel. En todos los comentarios nadie intentó imponer su voluntad sobre el otro. Fue un debate muy enriquecedor. No fue necesario nunca votar, ya que siempre hubo consenso en buscar lo mejor para el planeta. Finalmente, la solución fue que se cumplieran dos de estos tres términos: el daño al medio ambiente tiene que ser siempre severo y además tiene que ser o extendido o a largo plazo. 

A propósito de la generosidad intelectual, había quienes querían que el ecocidio fuese conjuntivo, es decir, que incluyera necesariamente los tres términos, y quienes que no. Entonces los primeros decían "deme un ejemplo donde un daño puede ser extendido y no a largo plazo o un daño que fuese a largo plazo y no extendido". Y ahí, los ambientalistas pusieron varios casos sobre la mesa. 

¿Recuerda alguno de esos casos?

-Un caso emblemático es el desastre del barco petrolero Prestige en España, que encalló frente a las costas de Galicia. Los armadores del barco no se hacían cargo porque decían que tenían contratados seguros que no estaban respondiendo mientras que el gobierno opinaba que este era un asunto privado. ¿Quién se hacía cargo de reflotar el barco? Todos se pasaban la pelota, y en eso el barco se parte en dos, derramando toneladas y toneladas de petróleo. 

Lo que pasa en la zona de Ventanas. Ahí puedes decir que eso sólo se extiende a Ventanas, no llega a toda la quinta región. No es extendido. Pero sí es a largo plazo, y estás causando un daño ecológico tremendo.

Finalmente, hubo un juicio, se demoró muchos años, hubo sólo un condenado y el Estado tuvo que hacerse cargo de la limpieza. Han pasado casi 20 años y, al día de hoy, no queda nada de ese accidente. Está todo limpio ya que el ser humano fue capaz de limpiar todo eso y la naturaleza fue capaz de recobrarse. Hoy día puedes coger el marisco de las costas gallegas sin ningún problema. Redondeando, este accidente no fue a largo plazo, pero sí fue extendido y generalizado en toda una región. Ese caso tiene que entrar, dijimos "eso tiene que ser ecocidio". 

¿Se le ocurre un caso similar en Chile?

-Lo que pasa en la zona de Ventanas, estas zonas llamadas de sacrificio. Ahí puedes decir que eso sólo se extiende a Ventanas, no llega a toda la quinta región. No es extendido. Pero sí es a largo plazo, y estás causando un daño ecológico tremendo.

Entonces por eso definimos que para que se cometa ecocidio tiene que ser siempre severo y cumplir uno de estos dos términos, o bien extendido o a largo plazo. 

Respecto a que los casos fueran conjuntivos, es decir, que estos tuviesen que ser severos, extendidos y a largo plazo –incluyendo los tres términos–; usted mencionó que fueron los ambientalistas quienes dieron ejemplos de ecocidios que sólo incluían dos de estos tres términos. ¿Quiénes representaban a ese grupo que propuso en primera instancia que el ecocidio fuese conjuntivos?

-Max Weber en una de sus obras habla sobre la ética de las convicciones y la ética de las consecuencias. Muchas veces uno tiene la ética de las convicciones, es decir, que hay que hacer algo por principios, porque corresponde, por un deber superior. Pero por otro lado tienes la ética de las consecuencias, que es más bien la ética del político: si yo hago esto qué pasará. Es decir, basándote en las consecuencias para decidir si te sirve una cosa u otra. Aquí creo que logramos un equilibrio dentro del dilema weberiano, entre los que buscan los principios y quieren ir a por todas, y los que miran las consecuencias y son más pragmáticos. Había representantes de ambos sectores. Tenemos el comercio, los negocios, la producción de bienes y servicios que tiene que seguir siendo posible, y eso implica necesariamente la transformación del medio ambiente; pero hay un límite y hay daños que no son justificables. 

Entonces, además de que estos daños tengan que ser severos, extensos en el territorio y/o a largo plazo, estos tienen que ser o ilegales o bien wanton, que es una palabra en inglés que podríamos traducir como desproporcionado, es decir, el beneficio que tú vas a obtener no justifica el tremendo daño al medio ambiente que tú estás causando. 

Yo espero que esta definición tenga un efecto preventivo.

La justificación de este balance entre ética de las convicciones y de las consecuencias imagino tiene mucho que ver con lograr que los distintos Estados terminen acogiendo el término dentro de su legislación. En ese sentido, ¿qué es lo que viene ahora para que los países adopten la tipificación de ecocidio? ¿Qué hace falta para que la Corte Penal Internacional adopte esta definición legal?

-El siguiente paso es que tenemos seis meses por delante en los cuales a la fundación le interesa que esta definición se conozca, se difunda, se debata sobre ella y que finalmente en diciembre, que es la asamblea de Estados parte de la Corte Penal Internacional (CPI), se proponga que esta definición forme parte del estatuto de la CPI. Ya tenemos algunos Estados que están dispuestos a apoyar una enmienda al estatuto y que se empiece a debatir esto. 

Poniéndose en el caso de que se dé un proceso expedito, ¿cuánto tiempo tardaría en aprobarse?

-Creo que unos dos o tres años como mínimo. Hay gente que cree que esto puede tardar años de años, pensando en que el Estatuto de la Corte Penal Internacional vino discutiéndose desde 1947 para ser adoptado finalmente en 1998. Lo que quiero decir con esto es que puede pasar mucho tiempo o muy poco, depende de que exista voluntad política de los Estados para esto. Yo creo que no va a pasar tanto tiempo porque estamos en un momento de inflexión en la historia de la humanidad. De lo que hagamos ahora va a depender el futuro de nosotros, pero también de nuestros hijos y nietos. 

¿Depende la existencia de la humanidad de acciones como ésta?

-No quiero decir que se van a extinguir, que habrá un apocalipsis, pero sí que lo van a pasar mal. Lo van a pasar muy mal. Las zonas habitables se van a reducir, esto también está estudiado. El grupo de expertos sobre cambio climático de Naciones Unidas, todos los años emite informes alertando sobre cómo vamos, y los últimos son realmente complejos. A Chile le recomiendan desde ya crear embalses, porque el clima que tiene el norte del país va a llegar a Santiago; es decir, un clima seco, desértico, donde probablemente no haya nieve en la cordillera. Entonces cuando haya nieve, va a haber que juntar agua en un gran embalse con algún mecanismo para que no se evapore, porque si no los terrenos van a estar totalmente secos. 

¿Cuál espera que sea el impacto de que el ecocidio sea reconocido como crimen internacional?

El delito de ecocidio es un delito de peligro, es decir, no queremos meter en la cárcel a quien se cargó a la Amazonía entera una vez que ya la hayan destruido. Queremos que eso no ocurra, por lo que si tú creas una situación de peligro, eso ya constituye ecocidio.

-Yo espero que esta definición tenga un efecto preventivo. Si te fijas, otra característica de la definición que presentamos es que el ecocidio es un delito de peligro, y no de resultado. En el derecho penal, los delitos se pueden clasificar de muchas maneras. Una de estas formas es entre delitos de peligro y de resultado. Un ejemplo: el delito de conducción en estado de ebriedad es uno de peligro, ya que basta que tú conduzcas ebrio para que cometas el delito. No hace falta que hayas matado a alguien con el vehículo, o que hayas destruido propiedad pública. Basta con conducir ebrio. El homicidio, en tanto, es un delito de resultado. Si tu atacas a alguien y el sujeto muere, es homicidio, pero si sobrevive, no has cometido un homicidio. Has cometido, a lo mejor, un homicidio frustrado. 

El delito de ecocidio es un delito de peligro, es decir, no queremos meter en la cárcel a quien se cargó a la Amazonía entera una vez que ya la hayan destruido. Queremos que eso no ocurra, por lo que si tú creas una situación de peligro, eso ya constituye ecocidio.

En el caso particular de Chile, ¿causará impacto que se persiga internacionalmente el ecocidio?

-Hay varios casos en Chile. El de las paltas, por ejemplo. En una zona seca, están cogiendo toda el agua, se la quitan a las familias, todo para tener una plantación de paltas y seguir haciéndote rico mientras vas secando las napas subterráneas, que han necesitado miles de años para ir llenándose. Estás creando un desastre ecológico tremendo por un beneficio que es personal, para ti y para nadie más; y eso es totalmente desproporcionado. O esta gente que quería cortar un glaciar entero, cargar un glaciar completo, para poder sacar oro.

Tenemos que transformar la naturaleza y la seguiremos transformando, ojalá de forma más armoniosa, pero hay un castigo a la naturaleza tremendo totalmente desproporcionado en relación al beneficio que se va a obtener. Estos casos, si se adopta la definición, van a ser ecocidio, y va a tener un efecto.



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