Hoy se conoció el fallo en contra de la carabinera Tiare Vergara, condenada por apremios ilegítimos luego de provocar un aborto a una manifestante de una patada en la vagina, hechos ocurridos en mayo de 2016. El 4° Tribunal Oral en lo Penal de Santiago sentenció a la funcionaria de Carabineros a tres años de presidio menor en su grado medio, pena que será sustituida por libertad vigilada. Además, en materia civil, se ordenó a Vergara el pago de $5 millones a la víctima por concepto de daño moral.
Esta es la segunda vez que la justicia condena a Vergara por este hecho. El 2 de mayo de 2023, la carabinera fue condenada a cinco años de presidio menor en su grado máximo por apremios ilegítimos causando lesiones graves. Sin embargo, el 25 de abril de este año, la Corte Suprema anuló la sentencia
Esta es la segunda vez que la justicia condena a Vergara por este hecho. El 2 de mayo de 2023, la carabinera fue condenada a cinco años de presidio menor en su grado máximo por apremios ilegítimos causando lesiones graves. Sin embargo, el 25 de abril de este año, la Corte Suprema anuló la sentencia y ordenó realizar un nuevo juicio, argumentando que no había certeza de que Vergara hubiese propinado la patada.
Hoy, la justicia llega nuevamente al mismo resultado: Vergara provocó un aborto de una patada en la vagina a la víctima M.C.M.; conclusión a la que los jueces Carolina Escandón, Mauricio Olave y Claudia Mogrado arribaron de manera unánime.
De acuerdo con la descripción de los hechos del tribunal, M.C.M fue detenida cuando intentó intervenir en la detención de un conjunto de estudiantes secundarios, siendo llevada a la Tercera Comisaría de Santiago.
En aquel lugar, la víctima indicó que sufría de crisis de pánico y solicitó ser esposada con las manos adelante, para poder taparse la cara y así calmar sus crisis. Ante la negativa de Carabineros, en el intento de esposarla con las manos atrás, se produce un forcejeo “que culimnó con que fue tomada en vilo por Carabineros, y la acusada Tiare Vergara, quien estaba en el lugar, le propinó una fuerte patada en la vagina”, siendo finalmente esposada y llevada a constatar lesiones.
Una vez en el SAPU de Renca, el médico de turno consignó el sangrado vaginal en la víctima, derivandola a Urgencias del Hospital San José, donde se constató un embarazo de entre 4 y 5 semanas —que M.C.M. desconocía— y un aborto en progresión.
La perito del Servicio Médico Legal, Dra. Negretti, constató que el aborto se produjo por “un golpe con un elemento contuso, opinión que también compartió el médico Enrique Morales, quien destacó que el “cuerpo de la mujer, mediante la estructura ósea de la pelvis, las caderas y la parte final de la columna protegen la zona de gestación de los embarazos, siendo el único lugar sin protección precisamente donde la ofendida dice haber recibido la agresión”.
Uno de los argumentos de la defensa de la carabinera Vergara fue que los abortos espontáneos son frecuentes en las primeras semanas de gestación. Sin embargo, la perito del Servicio Médico Legal, Dra. Negretti, constató que el aborto se produjo por “un golpe con un elemento contuso, opinión que también compartió el médico Enrique Morales, quien destacó que el “cuerpo de la mujer, mediante la estructura ósea de la pelvis, las caderas y la parte final de la columna protegen la zona de gestación de los embarazos, siendo el único lugar sin protección precisamente donde la ofendida dice haber recibido la agresión”.
Comentarios
Añadir nuevo comentario