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Jueves, 7 de Agosto de 2025
Sector inmobiliario

Defendamos la Ciudad denuncia que acusación contra ex supremo Muñoz por parte de inmobiliaria fue 'antojadiza' e 'injustificada'

Joaquín Riffo B.

En declaraciones a este medio, el presidente de dicha fundación, Patricio Herman, manifestó que la denuncia que la empresa Fundamenta realizó en la Corte Suprema en contra del ex juez Sergio Muñoz Gajardo "se mal utilizó para que el Senado, irresponsablemente y sin investigar, lo removiera de su cargo de ministro del máximo tribunal del país", adjuntado documentación sobre un estudio de sombras que consideran habría sido mal elaborado en su momento.  

A partir de el recurso de protección interpuesto durante este mes por el ex juez Sergio Muñoz Gajardo en contra de la Corte Suprema, el cual fue declarado admisible en forma unánime por la 1° Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, la Fundación Defendamos la Ciudad dio a conocer una presentación técnica ingresada el 7 de noviembre de este mes en la Seremi Minvu, relacionada con "el mal elaborado Estudio de los Conos de Sombras de la empresa Fundamenta para su proyecto inmobiliario de 4 torres de 32 pisos en Ñuñoa". 

Lo anterior, "a propósito de su antojadiza denuncia en la Corte Suprema en contra del ex juez Muñoz, la cual se mal utilizó para que el Senado, irresponsablemente y sin investigar, lo removiera de su cargo de ministro del máximo tribunal del país", apuntó el presidente de dicha fundación, Patricio Herman.

A juicio de Defendamos la Ciudad, "dicha empresa estaba molesta con el ex juez Muñoz, motivo por el cual urdió que este magistrado le habría entregado información privilegiada a su hija, quien había firmado una promesa de compraventa por 2 departamentos en el referido proyecto, operación comercial que ella deseaba dejar sin efecto. El abogado Jorge Correa Sutil demostró en el Senado que esa acusación era falsa, pero los senadores acusadores ya habían decidido a priori que el juez Muñoz tenía que ser removido de su cargo", denunciaron.

"Debido a que ese 'estudio', que debió garantizar la luminosidad está viciado, tal como quedó establecido en sentencia del 26/11/2021 del 2° tribunal Ambiental, la que se aprecia en la aludida presentación en la Seremi Minvu, se concluye que el permiso de edificación N° 296 del 12/10/2018 cursado por el director de Obras Municipales (DOM) de Ñuñoa a las empresas Plaza Egaña SpA y Metro S.A. que lo requería, también es ilegal, aunque por las fechas, todo está prescripto", apuntaron.

Sobre ello, recordaron que "debemos tener presente que la 3a Sala de la Corte Suprema, recogiendo la sentencia del 2° Tribunal Ambiental, al admitir la reanudación de faenas del proyecto, el que estuvo paralizado, resolvió que la autoridad administrativa debía analizar el mencionado Estudio de los Conos de Sombra, razón por la cual, quien firma con el ingeniero civil Rodolfo Acha, miembro del COSOC de la Municipalidad de Ñuñoa, asumimos la responsabilidad respectiva para que se cumpliera el fallo de la Suprema". 

En ese sentido, Herman manifestó a Interferencia sus sospechas de las presiones que habría recibido el entorno de la ex autoridad por estar haciendo cumplir constitucionalmente la legislación, dejando sin efecto algunos alegatos de distintas empresas relacionados al rubro inmobiliario, lo que podría haber influido en la acusación en su contra.

"Por lo expresado se deduce que, si las autoridades de la municipalidad de Ñuñoa hubieran detectado oportunamente que tal 'estudio' contenía diversos errores, debieron invalidar dicho permiso de edificación, conforme lo prescribe el artículo 53° de la Ley N° 19.880 y el privado debió haber solicitado un nuevo permiso, cuando ya estaba vigente el Plan Regulador Comunal (PRC) que contemplaba una altura máxima de 15 pisos, norma todavía imperante", aseveraron. (ver presentación adjunta)

Así, a juicio de la Fundación, "queda en evidencia que "si las instituciones hubieran funcionado hace 6 años" este episodio no se habría judicializado y actualmente el ex juez Sergio Muñoz estaría desempeñándose como tal en la 3° Sala de la Suprema". 



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