Recientemente, España ha impulsado una nueva ley de vivienda que ha sido pactada en el Congreso, que tiene entre sus objetivos aumentar el parque de vivienda social hasta el 20% en las denominadas ‘áreas tensionadas’ -término que hace referencia a cuando la carga media del coste de la hipoteca o del alquiler más los gastos supere el 30% de la renta media de los hogares-, regular precios e implementar la regulación del valor de los alquileres.
En detalle, la propuesta española también busca imponer un recargo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) del 150% a aquellos inmuebles que se encuentren vacíos y la creación de un bono de $250 euros mensuales para ayudar a los jóvenes a que puedan independizarse.
Uno de los puntos más interesantes es que la legislación también considera nuevas protecciones para los inquilinos. De esa forma, se establece que los gastos y honorarios inmobiliarios producidos por el alquiler de un inmueble correrán siempre a cargo del propietario y no del inquilino. Además, queda prohibido aumentar las rentas de alquiler por la vía de nuevos gastos como tasas de basura o un pago extra de cualquier tipo.
Pese a que no lleva ni dos semanas en vigencia, ya se están detectando vulneraciones de una de las principales novedades de la norma: la que establece que las inmobiliarias no pueden cobrar por sus servicios a los usuarios que terminen alquilando un piso a través de ellas.
Por otro lado, se elimina la cláusula de escape. Queda suprimida la cláusula apodada como "acuerdo entre dos partes". Esta permitía la no aplicación de las medidas que contiene la ley en las situaciones en las que exista un acuerdo entre las partes. Se considera que los inquilinos tienen una mayor limitación a la hora de negociar y, por tanto, en muchas ocasiones en las que se aplicaba esta cláusula de escape.
Aún así, y pese a que no lleva ni dos semanas en vigencia, ya se están detectando vulneraciones de una de las principales novedades de la norma: la que establece que las inmobiliarias no pueden cobrar por sus servicios a los usuarios que terminen alquilando un piso a través de ellas.
En concreto, se trata de una modificación en el artículo 20 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) que establecía que “los gastos de gestión inmobiliaria y los de formalización del contrato serán a cargo del arrendador”. La medida supone el ahorro de una mensualidad más IVA que el inquilino tenía que pagar al firmar el contrato, junto con la fianza y el mes de alquiler corriente.
Pero, tal como han informado distintos medios de prensa, esto no se estaría cumpliendo y las inmobiliarias ya habrían detectado mecanismos para evadir la medida.
Según reportó Uppers “esta novedad no ha sido muy bien recibida por el sector inmobiliario, y pocos días después de la entrada en vigor de la ley -el pasado 26 de mayo- ya han comenzado a detectarse casos de inmobiliarias que están recurriendo a diferentes trucos y argucias para seguir cobrando a los inquilinos los gastos de gestión inmobiliaria o sus honorarios camuflándolos bajo otros conceptos”.
Según el medio, a partir de una denuncia de Facua-Consumidores en Acción o simplemente Facua -una organización no gubernamental española, dedicada a la defensa de los derechos de los consumidores- son hasta 33 agencias que estarían denunciadas por por esta irregularidad, todas ellas radicadas en las ciudades de Madrid, Barcelona, Sevilla, Valencia o Palma de Mallorca. Algunas de las denunciadas poseen propiedades en alquiler en diferentes municipios por toda España. Y Facua sigue rastreando el inmobiliario para investigar más incumplimientos de la nueva normativa, por lo que anunciará nuevas denuncias en breve.
Según informó elDiario.es, muchos son los artilugios para disfrazar el antiguo cobro: “‘Servicio de personal shopper’, ‘gastos de gestión’, ‘estudio de viabilidad y solvencia económica’... Cualquier nombre puede servir para camuflar lo que desde el mes pasado constituye una ilegalidad. Desde el 26 de mayo, cuando entró en vigor la ley de vivienda en España, las agencias inmobiliarias ya no pueden cobrar a los inquilinos la cuota que se conoce como 'honorarios' o 'mes de agencia', de la que deben hacerse cargo los propietarios que ponen su vivienda en alquiler. Y sin embargo, lo hacen”, apunta el medio.
Son hasta 33 agencias que estarían denunciadas por por esta irregularidad, todas ellas radicadas en las ciudades de Madrid, Barcelona, Sevilla, Valencia o Palma de Mallorca. Algunas de las denunciadas poseen propiedades en alquiler en diferentes municipios por toda España.
Uppers, por su parte, también destaca el uso de anglicismos para referirse a estos honorarios, como 'fee', que literalmente significa cuota; o decir que se cobran por servicios 'prestados al arrendatario' que no detallan y cuyo pago imponen. Los importes varían entre una cuota fija o el 10% de una anualidad del alquiler.
“También hay ofertas de alquiler en las que el propietario contrata un seguro de impago con el que sigue cobrando la renta aunque el inquilino no abone la mensualidad. Sin embargo, este importe se traslada al inquilino, que no tiene posibilidad ni de elegir la aseguradora. Dichas ofertas añaden $30 euros al mes al precio del alquiler que se ofertaba”, reportan.
Un reportaje de El Periódico de España titulado La inmobiliaria me hace firmar que el propietario ha pagado los gastos, pero los he abonado yo da cuenta del relato de un inquilino que describe cómo terminó pagando los honorarios de la agencia, pese a que ahora debe pagarlos el propietario por ley.
“Pablo D., un joven de Madrid, encontró un piso que le gustó el mismo día que la ley salió en el BOE. Bien situado, luminoso, con espacio suficiente para vivir con su pareja y por menos de mil euros al mes. Juntos, hicieron el papeleo inicial —enseñar las nóminas y resto de documentación que probara su solvencia— y fueron aceptados. ¡Alegría! Primera prueba superada. Lo siguiente, informó el agente inmobiliario, era pagar la reserva.
La reserva, dijo, consistía en pagar una mensualidad más IVA. El agente pidió también una serie de datos para confeccionar un documento de reserva. Pablo preguntó si esa mensualidad se descontaría del alquiler y el agente respondió que no. Entendió entonces que se la estaban colando: que, en realidad, esa mensualidad de reserva + IVA venía a sustituir al mes de agencia de toda la vida”, describe el afectado.
Infobae aporta otros ejemplos de resquicios utilizados para saltar la normativa: “‘Te vamos a cobrar un mes de alquiler por asesoramiento jurídico. Es por si tienes dudas de algo’. Esa es la justificación que da un agente desde la inmobiliaria Altor para cobrar honorarios por alquilar un piso en el centro de Madrid. Precios aparte, dado que durante el mes de mayo han vuelto a incrementarse hasta alcanzar las cifras más altas que se hayan visto, la implementación de la ley de vivienda ha supuesto que muchos propietarios y empresas busquen fórmulas para mantener su nivel de ingresos”.
‘Servicio de personal shopper’, ‘gastos de gestión’, ‘estudio de viabilidad y solvencia económica’... Cualquier nombre puede servir para camuflar lo que desde el mes pasado constituye una ilegalidad. Desde el 26 de mayo, cuando entró en vigor la ley de vivienda en España, las agencias inmobiliarias ya no pueden cobrar a los inquilinos la cuota que se conoce como 'honorarios' o 'mes de agencia', de la que deben hacerse cargo los propietarios que ponen su vivienda en alquiler. Y sin embargo, lo hacen.
El mismo medio señala que las inmobiliarias también se escudan en el “desconocimiento” de la ley para cobrar honorarios ilegales al inquilino.
Según reportó El País, otros inquilinos denuncian que “en las visitas nos hemos encontrado inmobiliarias que nos toman por tontos y nos dicen que la ley de vivienda no aplica”, señalan. “Otros dicen que esas son las condiciones del propietario y que si no estamos de acuerdo no somos aptos para el alquiler”.
Un artículo de Cadena Ser incluso relata la historia de la conversación entre una inquilina y personal de una inmobiliaria, quienes le terminan diciendo “denuncia, payasa” ante la advertencia de la usuaria de que haría público el cobro ilegal que le estaban queriendo realizar.
Desde Facua, aconsejan a aquellos usuarios que se vean obligados a pagar los gastos de gestión inmobiliaria para no perder la oportunidad de alquilar el piso que pidan factura independiente por el concepto abonado, o que haga el abono por transferencia indicando el concepto. Si la agencia se niega, los afectados pueden acudir a la asociación para que realice acciones en defensa de sus derechos y reclame la devolución en su nombre.
Además pueden interponer una denuncia ante las autoridades de consumo autonómicas solicitando una multa contra la empresa por la vulneración de la normativa. De seguir negándose la inmobiliaria, los consumidores también pueden recurrir a la vía judicial. Al tratarse de una reclamación que, por regla general, no superaría los $2.000 euros, pueden hacerlo sin necesidad de procurador y abogado.
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En todas partes se cuecen
Si la gestión inmobiliaria
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