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Lunes, 21 de Julio de 2025

Su artículo tiene errores de interpretación de leyes. En Chile es 100% legal que una adolescente de 14 años consienta un acto sexual, inclusive, con un anciano, si es a voluntad y deseo propio. Es completamente falso eso de que "de los 14 a los 18", como usted da a entender. El delito de estupro en Chile exige cuatro causales demasiado específicas, súper improbables de darse, siendo su aplicación prácticamente nula. La cuarta causal, "Cuando se engaña a la víctima abusando de su inexperiencia o ignorancia sexual." es malinterpretada o manipulada por algunos como "muy potencialmente abierta"", cuando eso no es verdad, ya que está el verbo rector «engañar» y lo que los legisladores explícitamente quisieron condenar en la Ley 19.617 que lo promulgó, era una protección especial para adolescentes muy vulnerables, que no tuvieran noción de que accedían a un acto sexual. Si no se logra probar que el imputado engañó a dolo directo a la víctima, es absuelto. Los condenados por estupro anualmente no llegan ni a 20 personas, y por lo general son casos donde el abuso es extremadamente obvio. La edad de consentimiento es 14 y en realidad no tiene nada de malo, los adolescentes no son niños. Ni es delito, ni es pedofilia.

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