Un grupo de pescadores artesanales de Antofagasta presentaron una querella contra Minera Escondida, propiedad de la transnacional australiana BHP, por el presunto derrame de una piscina de acopio de escoria en el sector de Piedras Rojas.
Según la demanda, alrededor de las 3 de la mañana del pasado 25 de junio se dio cuenta a la Armada de Chile del rebalse de la piscina de residuos, la que contiene una mezcla de ácido sulfúrico, de Minera Escondida.
Los querellantes acusan que, “debido a un actuar negligente” de la minera, los residuos habrían llegado hasta el mar, afectando la vida marina en las aguas de la Bahía de San Jorge, donde los pescadores artesanales realizan sus actividades.
El escrito también apunta a que los pescadores desconocen si tras el derrame, se inició una investigación interna por el derrame y si antecedentes fueron remitidos a la Superintendencia de Medioambiente (SMA) con el objeto que dicha entidad tome las acciones correspondientes.
Dada la falta de información respecto al daño ocasionado, la querella apunta a que la subsistencia de los pescadores artesanales “se encuentra gravemente dañada producto de la contaminación, sumado al temor fundado de ver expuesta su salud psíquica y física a la contaminación generada” por Escondida.
Es más, la demanda acusa que este tipo de episodios “no son aislados y eventuales, por parte de Minera Escondida, ya tornándose habituales. En comento estos riles [residuos industriales líquidos] del tipo escoria están compuestos por arsénico; ácido sulfúrico; plomo, cadmio, hierro, entre otros minerales, que producen cáncer. Estos riles han contaminado la bahía de San Jorge, donde existen recursos pelágicos y bentónicos”.
Respecto al delito, los querellantes apuntan al representante legal de Minera Escondida, Alejandro Tapia Godoy, y a quienes resulten responsables de infringir el artículo 136 de la Ley de Pesca y Acuicultura. Este sanciona con una multa de entre 50 a 3.000 UTM (unos $207 millones) a quien introduzca en cuerpos de agua agentes contaminantes o causen daño a los recursos hidrobiológicos. Si el responsable ejecuta medidas para reparar el daño causado, la multa se rebaja hasta en un cincuenta por ciento. Así también, de juzgarse que hubo dolo, a la multa se agrega una pena de presidio menor en su grado mínimo (61 a 540 días de cárcel).
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