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Jueves, 17 de Julio de 2025
Raúl Lillo Gutiérrez

Ex agente de la DINA y CNI demandó al fisco por “error judicial” luego que la Suprema lo absolviera en caso por muerte de Frei Montalva

Jorge Molina Sanhueza

En un escrito de 29 páginas, el Consejo de Defensa del Estado retrucó las intenciones de Lillo Gutiérrez argumentando que las resoluciones adoptadas por el ministro en visita Alejandro Madrid, se dictaron en el marco del Estado de Derecho y el debido proceso.

El ex agente de la DINA y la CNI, Raúl Lillo Gutiérrez, demandó al Estado por “error” judicial ante la Corte Suprema, luego que este último tribunal lo absolvió en 2023 de la condena a siete años impuesta por el ministro en visita Alejandro Madrid, en el marco de la investigación por la muerte del ex Presidente Eduardo Frei Montalva.

Lillo Gutiérrez, quien manejaba los informantes al interior de la Democracia Cristiana (DC) hasta fines de la dictadura cívico militar, asegura que el magistrado omitió pruebas que constaban en el expediente que lo liberaban de responsabilidad criminal (ver el documento aquí).

El caso quedó radicado en la Segunda Sala (Penal) que ofició al Consejo de Defensa del Estado (CDE) para que informara su opinión.

En un escrito de 29 páginas, el abogado Procurador Fiscal del organismo, Marcelo Chandía, descartó un eventual error judicial, argumentando que las resoluciones adoptadas por Madrid se dictaron en el marco del Estado de Derecho y el debido proceso (ver la respuesta del CDE aquí).

Lillo Gutiérrez tenía como uno de sus principales informantes para conocer las actividades de Frei Montalva, al chofer de este último, Luis Becerra, también absuelto en el mismo caso.

El ex agente de los servicios de seguridad, en todo caso, fue condenado a 10 años y un día por el delito de secuestro en la indagatoria que sustanció el mismo Madrid por el homicidio del ex químico de la DINA, Eugenio Berríos Sagredo, ocurrido a principios de la década de los noventa. Junto a él, también fueron sancionados ex agentes de la otrora Dirección de Inteligencia del Ejército (DINE).

La resolución de la Suprema está pendiente.

Un caso sin probar

El proceso por la muerte del ex Mandatario DC, comenzó a principios del Siglo XXI, cuando su hija Carmen Frei interpuso la primera querella criminal.

La investigación de Madrid logró acreditar que luego de fallecer el 22 de enero de 1982 por una infección posterior a la operación quirúrgica en la Clínica Santa María, hubo anomalías en la autopsia. El documento fue encontrado en los archivos de la Escuela de Medicina de la Universidad Católica, hecho revelado en 2003 por El Mostrador.

El ex agente de los servicios de seguridad, en todo caso, fue condenado a 10 años y un día por el delito de secuestro en la indagatoria que sustanció el mismo Madrid por el homicidio del ex químico de la DINA, Eugenio Berríos Sagredo, ocurrido a principios de la década de los noventa.

Desde ese año, Madrid halló pistas de un posible envenenamiento, ya que descubrió que en Carmen 339, funcionó por años el Laboratorio de Guerra Bacteriológica del Ejército (LGBE)

En las pesquisas, acreditó que a mediados de 1981 el actual ISP (llamado entonces Bacteriológico) obtuvo en Brasil, cepas de la toxina botulínica.

Las cepas que fueron “trabajadas” en el LGBE, permitieron que dos miristas detenidos en la entonces cárcel pública, fueran envenenados junto a otros reos comunes, hecho revelado en 2002 en el libro Crimen Imperfecto.

Por este hecho, Madrid separó la investigación y condenó -entre otros- al doctor Eduardo Arriagada Rehren, quien dirigió por años el LGBE a una pena de diez años y un día.

Golpe final

La columna vertebral del caso continuó. En 2019 Madrid condenó solo por “homicidio simple” y en calidad de autores, al doctor que operó a Frei, Patricio Silva, a Lillo Gutiérrez y al chofer Luis Becerra. En calidad de cómplice al médico Pedro Valdivia y encubridores a quienes realizaron la autopsia en la clínica Santa María, los patólogos Helmar Rosenberg Gómez y Sergio González Bombardiere.

En agosto de 2023 la Suprema absolvió a todos los condenados, confirmando de esta manera lo resuelto por el tribunal de alzada capitalino. En otras palabras, el crimen de Frei nunca pudo ser probado judicialmente.

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