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Viernes, 18 de Julio de 2025
Industria de la salud

Ex jefe de Estudios de la Super de Salud por Ley Corta de Isapres: "Las indicaciones del Gobierno atentan contra el derecho de propiedad de los afiliados sobre los excedentes"

Camilo Solís

David Debrott plantea que una ley que modifique el régimen de excedentes para reducir el monto que las isapres deben a los afiliados sería atentar contra la propiedad que tienen sobre esos derechos adquiridos.

Hace algunos días el gobierno de Gabriel Boric envió al Congreso las indicaciones al proyecto de Ley Corta de Isapres que se encuentra en el Senado, la cual se espera que solucione el mecanismo para que las aseguradoras privadas de salud paguen la multimillonaria deuda que tienen con los afiliados, la cual inicialmente fue calculada en unos US$1.400 millones de dólares.

Las indicaciones del gobierno tomaron en cuenta las conclusiones de la Comisión Técnica Asesora convocada por la Comisión de Salud del Senado, la cual estimó que a través de diversos mecanismos la deuda podía rebajarse de manera cuantiosa (revise el artículo de Interferencia Asociación de Isapres, Libertad y Desarrollo, Fundación Jaime Guzmán y Espacio Público: los integrantes de la comisión que propone reducir la deuda de isapres a un tercio).

Para conocer las claves que permiten entender los alcances de las indicaciones enviadas por el gobierno al Congreso, INTERFERENCIA conversó con David Debrott, ex jefe de Estudios de la Superintendencia de Salud, el cual además alcanzó a ser parte de la Comisión Técnica durante tres días en reemplazo de Cristóbal Cuadrado, luego de lo cual dejó de ser considerado después de haber hecho críticas a las conclusiones de la comisión. 

- ¿Qué tanto fue tomado en cuenta el informe de la Comisión Técnica Asesora del Senado sobre este tema?

- Lo primero que hay que entender es que el gobierno aceptó prácticamente todo lo que le propuso la Comisión Técnica asesora del Senado. Las isapres y algunos parlamentarios principalmente de derecha están instalando como que el gobierno no tomó en cuenta el informe, pero en realidad prácticamente tomó todo. 

Pero lo que quedó fuera, es un mecanismo que reducía el monto de la deuda que se denomina 'mutualización' y que básicamente quedó fuera porque el gobierno vio que había problemas jurídicos de cómo se podía implementar, y también problemas políticos porque hubiera reducido la deuda de manera muy importante y le genera un problema con la ciudadanía y con el Congreso. Es por eso que la deuda no se redujo ahora a US$ 400 millones como pretendía el informe, sino que bajó de US$1.400 a US$1.000.

- Eso quedó fuera de las indicaciones del gobierno a la ley corta de isapres. Entonces, ¿qué de ese informe quedó dentro?

- Entre lo que quedó dentro de la ley, lo que me parece más relevante y grave es algo que se puede denominar 'modificación del régimen de excedentes'. Este mecanismo significa lo siguiente: si por los cambios en la tabla de factores, el monto a pagar por el plan de isapre quedaba por debajo del 7% correspondiente a esa persona, esa diferencia se contabiliza según la ley vigente como un excedente.

Pero según la indicación que introdujo el gobierno para esta ley corta, ese excedente ya no se contabilizaría como una deuda de la isapre para con el afiliado. Esto bajo el argumento de que no debiera haber planes de salud cuyo precio final fuese inferior al 7%.

Si sacas una ley que dice que el afiliado deja de tener propiedad sobre esos excedentes, lo que haces es dictar una ley expropiatoria, porque estarías quitando algo que es de propiedad de los afiliados.

Eso no funciona de esa forma actualmente en la ley de isapres, según la cual incluso las isapres pueden vender planes por debajo del 7%. Por ejemplo, si tu 7% son 100 lucas, una isapre te puede vender un plan de 90 lucas (10 Lucas). Como todos los meses a ti te descuentan un 7% del sueldo, pero tu plan vale menos que ese 7%, se genera lo que se conoce como excedente. Eso pasa también, por ejemplo, si te suben el sueldo... tu 7% aumenta también y por ende la diferencia entre el precio del plan y ese 7% es también un excedente.

- ¿Qué pasa con ese excedente según las indicaciones del gobierno a proposición del informe de la Comisión Técnica? ¿Cuáles son las consecuencias?

- La Comisión propuso que eso dejara de existir, y que por lo tanto la persona siempre tuviera que cotizar como mínimo el 7%. Si eso es así, desaparecen las deudas y hacia adelante desaparecen los excedentes. Si tú aplicas esto hacia atrás, genera una situación inconstitucional, porque la ley generaría efectos retroactivos para contratos que ya tienen las predisposiciones del régimen de excedentes contemplado en la ley de isapres. 

Según este régimen, esos excedentes son de propiedad del afiliado, son inembargables, y forman parte de la masa hereditaria de estas personas, por lo tanto la persona tiene una protección constitucional de propiedad sobre sus fondos.

Entonces tú no puedes sacar una ley hoy que diga que este nuevo régimen se aplicaría desde abril de 2020, porque estarías cambiando retroactivamente la ley que existía cuando se generaron esos excedentes. Pero si tú dictas una ley hoy que diga que desaparecen los excedentes, eso también genera una situación de ilegalidad, porque los contratos privados de las personas tienen incorporado el régimen de excedentes, en el que esos montos son parte de su propiedad. Si sacas una ley que dice que el afiliado deja de tener propiedad sobre esos excedentes, lo que haces es dictar una ley expropiatoria, porque estarías quitando algo que es de propiedad de los afiliados.

En consecuencia, según mi opinión, que además expresé en la comisión técnica, ese mecanismo no se puede implementar sin generar una crisis institucional de mayor envergadura por constituir una forma mañosa de evadir el cumplimiento del fallo de la Corte Suprema.

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Hola cuando pagan las isapre la devolucion

Renuncie a Consalud en Diciembre,2022, tengo derecho a compensación por Consalud u6

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