Recientemente, la Fundación Defendamos la Ciudad denunció en la Contraloría General de la República el denominado estudio de sombras del megaproyecto inmobiliario de Fundamenta en Plaza Egaña. Se trata de un requisito para la obtención del permiso de edificación N° 296 del 12/10/2018 cursado por el director de obras municipales (DOM) de Ñuñoa a las empresas Plaza Egaña SpA y Metro S.A., titulares de la iniciativa.
Se trata de una construcción ubicada en la intersección de las avenidas Américo Vespucio e Irarrázaval que considera una inversión de US $300 millones y contempla la construcción de cuatro edificios, 1.752 departamentos y locales comerciales.
En el documento ingresado en Contraloría, se aprecian las razones por las cuales la Fundación considera que ese estudio de sombras estaría “incompleto y erróneo, razón más que suficiente para que el ente fiscalizador, ejerciendo su rol, le exija al municipio de Ñuñoa que adopte las decisiones administrativas correspondientes para que el megaproyecto inmobiliario en ejecución, conocido por la prensa como Fundamenta, respete la legislación vigente”, aseguran.
En detalle, Defendamos la Ciudad basa su argumentación en los dictámenes N° E58946, de 2020, y N° E113584, de 2021, con motivo de un permiso de edificación mal otorgado el año 2018 por el DOM de La Florida porque el respectivo estudio de los conos de sombra estaba mal elaborado. “Se concluyó en ellos que el permiso se debía invalidar, sin embargo las autoridades de la municipalidad de La Florida no obedecieron su pronunciamiento pese a que los dictámenes son obligatorios para los órganos de la Administración sometidos a la fiscalización de la Contraloría, de modo que su inobservancia importa la infracción de los deberes funcionarios de los servidores públicos involucrados, comprometiendo su responsabilidad administrativa”, afirman en la denuncia.
A partir de ahí, la Fundación sostiene que le hacen llegar el caso del permiso de edificación N° 296 del 12/10/2018 cursado por el DOM de Ñuñoa, porque la sentencia de la Tercera Sala de la Corte Suprema en el rol N° 1.085-2022 dice: “El fallo de casación concluye que, en consecuencia, este tribunal no tiene competencia para analizar si la autoridad consideró adecuadamente la observación ciudadana vinculada a la luminosidad y efecto sombra del proyecto en cuestión, toda vez que falta un requisito de procesabilidad imprescindible para tales efectos, esto es, la existencia de una reclamación administrativa ligada a tal materia que haya sido declarada admisible por la autoridad”.
Para la Fundación Defendamos la Ciudad, “si finalmente llegara a operar el marco regulatorio, la sociedad conformada por Plaza Egaña SpA y Metro S.A. tendrán que presentar un estudio de sombras bien elaborado y solicitar un nuevo permiso de edificación, adscribiéndose a las normas actuales del PRC que consultan una altura máxima de 15 pisos, los que pueden aumentar a 19 pisos, por tratarse el proyecto de un Conjunto Armónico”.
“Ante esta concluyente declaración del máximo tribunal del país, por transparencia, ya que estamos ante documentación pública, en su oportunidad le solicitamos a la Municipalidad de Ñuñoa que nos diera a conocer el estudio de los conos de sombra asociado al proyecto analizado por la Corte Suprema y el 12/04/2023 nos entregó el plano denominado “Sombras Teóricas”, el que se adjunta junto con la copia del permiso de edificación N° 296 del 12/10/2018 cursado a las empresas Plaza Egaña SpA y Metro S.A. Le solicitamos que tenga a bien ratificarnos que el DOM interino de Ñuñoa aceptó como estudio de conos de sombra algo que es absolutamente incompleto e improcedente”, apunta el documento presentado ante el ente contralor.
El escrito cierra esperando que “con su próxima resolución obligatoria para la Municipalidad de Ñuñoa y para todos los servicios públicos que han intervenido en este proyecto, para evitar un nuevo hecho ilegal consumado, tal municipalidad deberá exigir que el titular del proyecto inmobiliario en comento ingrese en la respectiva DOM un estudio apegado a derecho, estando el suscrito en conocimiento de que el gobierno anterior, en el ámbito de este tipo de estudios, publicó el 29/03/21 el Decreto Supremo N° 8, en el cual se alude a los artículos 2.6.11 y 2.6.12 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC)”.
Patricio Herman, presidente de la Fundación, declaró a Interferencia que “el colmo de la desvergüenza lo hemos constatado al saber que, dentro del SEIA, se aprobó el proyecto con una densidad de 2.240 hab/ha en circunstancias que este negocio contempla una densidad de 4.619 hab/ha. ¿Ante esta brutal incoherencia, tendrá algo que decir la directora ejecutiva del SEA?”.
Para Herman, “si finalmente llegara a operar el marco regulatorio, la sociedad conformada por Plaza Egaña SpA y Metro S.A. tendrá que presentar un estudio de sombras bien elaborado y solicitar un nuevo permiso de edificación, adscribiéndose a las normas actuales del PRC que consultan una altura máxima de 15 pisos, los que pueden aumentar a 19 pisos, por tratarse el proyecto de un Conjunto Armónico”.
A su vez, Herman recordó que recientemente Defendamos la Ciudad también denunció a Metro S.A. ante el ente contralor en el marco del mismo proyecto de Fundamenta, “por ser ésta una de las 2 titulares del permiso de edificación N° 296 del 12/10/2018 cursado por director de Obras Municipales (DOM) subrogante de Ñuñoa, pues dicha empresa de transporte público vulneró su propia Ley N° 18.772”.
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Recordar , que ex
sigan investigando sacando la
Los defendamos laa ciudad son
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