Este jueves 21 de noviembre, en el marco de la tramitación de la Ley de Presupuestos 2025, el pleno del Senado tuvo por aprobada una indicación que deja sin aplicación la Ley N°20.249, más conocida como Ley Lafkenche, una de las dos normativas que regulan materias de los pueblos originarios en el país. Esto, tras rechazarse por 20 votos contra 14 una indicación ingresada por el Ejecutivo y los senadores Núñez y Pascual que buscaba justamente suprimir la indicación propuesta por los diputados Mauro González y Marcia Raphael (RN).
Específicamente, la indicación ahora aprobada por el Senado suspende el ingreso de nuevas solicitudes de Espacios Costeros Marinos de Pueblos Originarios (ECMPO), la figura de protección creada y regulada por la Ley Lafkenche, por el plazo de un año y da un plazo de seis meses para que los órganos administrativos pertinentes resuelvan las solicitudes de ECMPO que actualmente se encuentren en tramitación. En caso de no hacerlo, estas se entenderán como rechazadas, imponiéndose un silencio administrativo negativo no contemplado originalmente en la Ley que regula los ECMPO.
El abogado del Observatorio Ciudadano, Christian Paredes asegura que el artículo constituye un grave vicio de constitucionalidad: “Al suspender el ingreso de nuevas solicitudes de ECMPOs durante el plazo de un año, el artículo deja sin aplicación una ley permanente y evidentemente ajena a las materias propias de la Ley de Presupuestos, como es la Ley N°20.249. En la misma línea, al imponer un plazo de seis meses para la resolución de aquellos procedimientos de ECMPOs en actual tramitación so pena de tenerlos por rechazados, derechamente modifica la Ley N°20.249, con efectos desfavorables y permanentes para las solicitudes de ECMPO en trámite”.
Paredes agrega otras formas en que el artículo podría estar al margen de la ley: “Infringe el artículo constitucional que prohíbe las indicaciones que impliquen la suspensión de funciones de servicios públicos, materia de iniciativa exclusiva del Presidente de la República. Por otro lado, vulnera el derecho de los pueblos indígenas a la consulta previa en los términos reconocidos por el Convenio 169, y constituye un acto de discriminación racial en su contra de acuerdo a la Convención Internacional para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial (CIEDR), al menoscabar y anular la posibilidad de que las comunidades indígenas vinculadas al borde costero puedan ejercer los derechos que le reconoce la Ley Lafkenche”.
En un principio, al presentarse en la Cámara de Diputados, la indicación fue declarada inadmisible por esta razón. Sin embargo, durante la jornada del viernes 15 de noviembre, uno de los autores, el diputado Mauro González, reclamó la inadmisibilidad de la indicación, y su admisibilidad fue sometida a votación, siendo finalmente aprobada.
Tras su aprobación en el Senado este 21 de noviembre, los senadores Huenchumilla y Pascual hicieron reserva de constitucionalidad, advirtiendo del posible vicio que deberá ser analizado por el Tribunal Constitucional.
Patricio Colivoro, werken de la comunidad Fundo Yaldad Mon Fen, solicitante de ECMPO en Quellón, se refirió a la aprobación del artículo: “Esta es una muestra más del uso abusivo de los instrumentos institucionales, a través del cual se bloqueó primero nuestro acceso al mar con la Ley de Pesca de Longueira, y actualmente nuestras aspiraciones de avanzar en desarrollos locales con iniciativas de administración colectiva de espacios costeros, boicoteadas a través de campañas comunicacionales de desinformación y modificaciones legislativas que nos atribuyen falsamente el estancamiento de la economía”.
Los Espacios Costero Marinos de Pueblos Originarios son una figura que protege la persistencia de los usos consuetudinarios (prácticas habituales realizadas por una cultura particular) en las costas y mares. Los autores de la indicación, los diputados Mauro González y Marcia Raphael (RN) aseguran que la Ley Lafkenche, ha producido “graves problemas en el país” debido a la cantidad de trámites pendientes y recursos públicosi nvolucrados.
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