“Esta parte ha identificado una grave irregularidad en la vista del recurso alegado ese día, conocida por la sexta sala de Vuestra señoría Ilustrísima, en ese momento la sala se encontraba integrada por los ministros Mario D. Rojas González, Marisol Andrea Rojas Moya y la abogada integrante María Soledad Krause Muñoz”.
Así comienza el recurso de nulidad presentado por el abogado Nicolás Leiva Muñoz, en una causa de liquidación concursal entre Primus Capital S.A. y la sociedad Guzmán y Asociados SpA.
El día al que se refiere el abogado es el 21 de febrero de este año, en donde se falló esta causa en favor de los intereses de Primus Capital S.A., tal como venía el veredicto desde 14º Juzgado Civil de Santiago. El problema, según Leiva, es que “la abogada integrante Krause Muñoz, quien participó en la vista de la causa y redactó el fallo, mantuvo hasta el año 2019 la calidad de socia fundadora del estudio jurídico Gandarillas, Montt y Krause Limitada (GMDK), el cual representa en estos autos a la parte demandante, Primus Capital S.A.”.
A pesar de que Krause se salió del estudio, indica Leiva que “la denominación comercial "GMDK" se mantiene vigente en su sitio web institucional (www.gmdk.cl), conservando la inicial "K" correspondiente al apellido Krause, lo cual refuerza la duda de los vínculos de amistad o fraternidad entre la abogada integrante y la firma, hasta incluso los correos corporativos usan @gmdk.cl”.
Y agrega: “Cabe destacar que la señora Krause Muñoz no podía desconocer su vínculo directo con el abogado James Black, con quien compartió sociedad profesional en el mismo estudio jurídico, ni su relación con Cristián Gandarillas Serani, uno de los socios fundadores y actuales del mismo equipo. En tales condiciones, y teniendo conocimiento previo de que Black alegaría en estrados y que Gandarillas patrocina la causa, le correspondía —por deber de imparcialidad y transparencia judicial— informar de inmediato esta situación a los demás intervinientes y excusarse de integrar la sala. Su silencio constituyó una omisión grave, que impidió que esta parte ejerciera los mecanismos procesales para resguardar su derecho a ser juzgada por un tribunal imparcial”.
En la opinión de Leiva, aunque Krause dejó de participar formalmente en el estudio desde 2019, “subsistía el deber de informar su anterior vínculo societario, conforme a los principios de transparencia y de resguardo de la imparcialidad judicial. No obstante, dicha circunstancia no fue comunicada, impidiendo que las partes pudieran ejercer los mecanismos de inhabilitación o recusación que el ordenamiento procesal contempla en tiempo y forma”.
Interferencia se contactó con la abogada María Soledad Krause Muñoz, para hacerle las consultas relativas a estas afirmaciones contenidas en el recurso de nulidad. Aseguró que “no me referiré al tema debido a que existe un recurso de nulidad pendiente”.
Sin embargo, indicó que ella no ha sido “de Gandarillas, Montt, del Río Limitada sino que de una anterior que se modificó el año 2019, y el estudio Gandarillas, Montt, del Río Limitada no es parte de ese recurso, sino que un abogado de ese estudio alegó la causa”.
Comentarios
Para que eso no siga
Desearia que se investigara a
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