El viernes 13 de enero pasado la Corte de Apelaciones de Santiago acogió el reclamo de ilegalidad que un grupo de vecinos interpuso, con lo que el tribunal ordenó a la Municipalidad de Ñuñoa reabrir un proceso de discusión ciudadana para convenir el plan regulador de la comuna.
En fallo unánime, hace un mes, la Corte estableció que la administración del ex alcalde Andrés Zarhi (independiente pro RN) incurrió en un actuar arbitrario tras no asegurar un proceso transparente, público y participativo, con lo que dejó sin efecto el decreto alcaldicio que aprobó la modificación a dicho plano regulador que permitía mayor altura en algunos edificios, entre otras cosas..
En concreto, la última modificación al plan regulador que rige en Ñuñoa se hizo de manera opaca, habiendo modificando el artículo 18 para eliminar la prohibición sobre construcciones de más de tres pisos o superior a ocho metros frente a calles de 12 o menos metros de ancho.
El Municipio interpuso un recurso, al cual la comunidad vecinal no pudo acceder sino a través de los mecanismos de transparencia, con lo que constataron que era “un intento de apelar a la sentencia en la medida que el Municipio sugiera a la Corte que interprete su fallo, de manera que el artículo 18 original no sea repuesto”.
Ahora, con el fallo de la Corte de Apelaciones la restricción debía volver a regir en la comuna.
Para los vecinos fue un triunfo judicial que tardó más de tres años en llegar, pues fue en noviembre de 2019 que se percataron que Zarhi había eliminado arbitrariamente el inciso segundo del documento municipal y publicaron en el Diario Oficial una versión distinta a lo acordado con la comunidad.
No obstante, recientemente los mismos vecinos acusan que el Municipio de Ñuñoa, esta vez encabezado por la alcaldesa Emilia Ríos (RD), les “mintió”. Acusan que tras el fallo de enero la nueva administración desplegó la misma estrategia que en el pasado usó Zarhi para “modificar las sentencias que no le favorecían”.
Los vecinos sostienen, en una declaración pública, que tuvieron una reunión con la jefa de gabinete de la alcaldesa, Valeska Ramírez, la abogada del Municipio, Jessica Cayupi, y Álvaro Salles, quien señaló que comparecía como presidente de la Unión Comunal de Juntas de Vecinos, pero, a quien calificaron como una persona a que 'poco conocían' y que tras buscar su nombre en LinkedIn, encontraron que figuraba como funcionario de la Seremi Minvu de la Región Metropolitana desde el 2019.
Dentro de la reunión -la que describen como un ambiente poco deferente y de desconfianza-, las autoridades municipales señalaron a los vecinos que acatarían el fallo y no apelarían, algo que la Municipalidad salió a decir públicamente como un acuerdo.
Pero, los funcionarios tambén indicaron en la reunión que eso no obstaba para interponer un recurso de aclaración, rectificación o enmienda, para operativizar el fallo de la Corte. Algo que dejó a los vecinos en estado de alerta, pues, pese a que el compromiso era acatar el fallo, el recurso podría dar pie a nuevas interpretaciones que terminaran beneficiando la construcción en altura, como ya habia pasado en el pasado con Andrés Zahri.
Cabe señalar que la sentencia de enero no es apelable, pero que con recursos como los planteados pueden forzar nuevas interpretaciones favorables para los derrotados.
Finalmente, el Municipio interpuso un recurso, al cual la comunidad no pudo acceder sino a través de los mecanismos de transparencia, con lo que constataron que el texto interpuesto era “un intento de apelar a la sentencia en la medida que el Municipio sugiera a la Corte que interprete su fallo, de manera que el artículo 18 original no sea repuesto”.
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Vecinos acusan
Según los vecinos, el escrito de la Municipalidad de Ñuñua advierte a la Corte que "no puede dejar vigente el artículo 18 que protegía los barrios, porque el Seremi de Vivienda y Urbanismo y la Contraloría de la República lo han decidido”. Los vecinos acusan que en el recurso municipal se dice que, de acuerdo a un dictamen de 2017, el ente contralor establece que “las normas urbanísticas deben establecerse en relación a la zona o subzona de que se trate, y no en función de la calle que enfrenta al terreno”.
Frente a ello, los vecinos sostienen que no existe un pronunciamiento concreto de la Seremi, que interprete la ley y de ordenanzas, y que el oficio de Contraloría remite a otro tema, como se expuso en la Corte.
Además los vecinos señalan que la Corte de Apelaciones ordenó comenzar un proceso de participación popular al ordenar informar “a los vecinos afectados" y que se debe convocar "a audiencias públicas y, al Consejo Comunal de las Organizaciones Sociales y al Concejo Municipal”, con lo que se debería iniciar un proceso modificatorio del artículo contenido en el plan regulador.
En su misiva los vecinos solicitan, tanto al Consejo como la alcaldesa Ríos acatar el fallo y renunciar a todo plazo para dejar firme y ejecutoriada la sentencia; revisar todos los proyectos y anteproyectos aprobados desde el 2019 para detenerlos y, si es necesario, solicitar demolición ya que indican han sido aprobados ilegalmente.
“Se desprende que el Municipio intenta que la Corte establezca que el artículo 18 no se puede reponer, dándole otra interpretación, y le pide a la Corte que valide su interpretación insistiendo además en una larga explicación de resoluciones administrativas que ya se expusieron en el juicio”, dice el comunicado vecinal.
Asimismo, aseguran que “la sola lectura del fallo da claridad de que se anuló el decreto alcaldicio y por tanto revive el artículo 18 que, aún siendo imperfecto, protege a las y los vecinos, sin embargo, en los hechos el Municipio intenta que no sea así”.
Sólo cuatro días después del ingreso de la controvertida solicitud de aclaración por parte del Municipio, la Corte de Apelaciones rechazó referirse al respecto, considerando que “no existiendo puntos obscuros o dudosos, omisiones, errores de copia, de referencia o de cálculos numéricos, respecto de la sentencia definitiva” no ha lugar.
De todas formas, en su misiva los vecinos solicitan, tanto al Concejo como la alcaldesa Ríos acatar el fallo y renunciar a todo plazo para dejar firme y ejecutoriada la sentencia; revisar todos los proyectos y anteproyectos aprobados desde el 2019 para detenerlos y sí es necesario, solicitar demolición ya que indican han sido aprobados ilegalmente.
Por último, solicitan separar de sus funciones a los empleados de la Dirección de Obras Municipales (DOM) involucrados en los actos de legalidad y hacer efectivas las responsabilidades separando de sus funciones a los responsables del recurso.
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