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Lunes, 11 de Agosto de 2025
Prólogo e introducción

Contexto de pandemia: libro aborda la influencia del 'higienismo' en el derecho urbanístico chileno

Joaquín Riffo

En tiempos de pandemia y cambios constitucionales, La influencia de las pandemias en el Derecho Urbanístico chileno. Del movimiento higienista al desarrollo sustentable aparece como una oportunidad para analizar la relación entre la propagación del Covid-19, las condiciones de vida urbana y la presencia de la corriente higienista en la legislación nacional. INTERFERENCIA adelanta en exclusiva el prólogo y la introducción del libro publicado recientemente. 

El higienismo surgió durante la primera mitad del siglo XIX como una corriente que empezó a relacionar las enfermedades de las personas con las condiciones ambientales de sus ciudades. Esto dio paso a un proceso de modernización urbana que incluyó modificaciones a las condiciones habitacionales y al cuidado del espacio público, entre otras medidas.

En tiempos de pandemia esta corriente ha salido a la luz como una herramienta para analizar la propagación del covid-19. Sin embargo, pocos son los estudios de su influencia en el derecho urbanístico vigente, hecho que cobra aún más relevancia cuando Chile vive un proceso de cambio constitucional que abre la pregunta sobre los elementos que se requerirán para promover o garantizar la construcción de ciudades más saludables para sus habitantes.

En este contexto, el abogado Rodrigo Valdés Alé se impuso la tarea de investigar el lugar que ocupa el higienismo en el urbanismo y el derecho para dar una nueva mirada a las realidades sociales que enfrentan día a día abogados, arquitectos y planeadores, incluyendo casos como el de los edificios altamente densificados de Estación Central o los arriendos informales a migrantes.

De allí surgió “La influencia de las pandemias en el Derecho Urbanístico chileno. Del movimiento higienista al desarrollo sustentable”, libro desarrollado por Sa Cabana, editorial independiente especializada en publicaciones de arquitectura, urbanismo y patrimonio. Incluye cinco capítulos que analizan la relación entre urbanismo, epidemias, pandemias e higienismo; los alcances del movimiento higienista en Chile y el mundo; el origen y desarrollo del movimiento higienista; la vigencia de esta corriente en la legislación urbanística chilena; y la relación entre higienismo y sustentabilidad.

A continuación, el prólogo a cargo del académico y urbanista Jorge Inzulza junto a la introducción que contextualiza los capítulos contenidos en el libro: 

Prólogo 

Por Jorge Inzulza Contardo. 

Arquitecto urbanista. Académico del Departamento de Urbanismo de la Universidad de Chile.

Iniciemos este prólogo, trayendo a la memoria los clásicos del urbanismo que han inspirado y nutrido la enseñanza de esta disciplina desde los currículos universitarios y la práctica profesional, como las obras globales La imagen de la ciudad de Kevin Lynch, La Arquitectura de la Ciudad de Aldo Rossi o La Práctica del Urbanismo de Raymond Unwin; o, dentro de nuestro medio nacional, como Diseño Urbano, Teoría y Método de Gustavo Munizaga; Karl Brunner desde el Bicentenario de Jaime García et al., o los libros compilatorios desde la Red Académica de Diseño Urbano (READU), por nombrar algunos. 

Siendo respetuosos con dichas colecciones, podemos argumentar que si bien todos ellos han logrado instalar una línea crítica de las problemáticas que ha acarreado la vida en ciudad, sólo algunos vinculan el quehacer urbano desde la óptica higienista como la génesis que explica el Derecho Urbanístico y el Movimiento Urbanístico Higienista. 

Como plantea Rodrigo Valdés, la intención del presente libro “no es desconocer la obra de los autores especializados en estos temas, más bien complementarla destacando […] con mayor detalle la importancia fundamental que tienen el Higienismo y las pandemias en el desarrollo del Derecho Urbanístico nacional”, haciendo con ello, un guiño progresista al entender y situarnos en el campo de las pandemias y el Higienismo, como factores cruciales en todo proceso de desarrollo y cambio social para alcanzar un bienestar integral. 

Ligar las pandemias y el urbanismo en una estrecha relación representa, sin duda, un aporte creativo de escritura y reflexión teórica que Rodrigo nos invita a explorar en estos seis capítulos que hilvana: su movimiento, origen y desarrollo, su vigencia en la legislación urbanística chilena y, muy importante, su aporte hacia la sustentabilidad. Desde mi experiencia, primero como profesional revisor de planes reguladores comunales y, luego como académico universitario, debo confesar que el trabajo con las leyes y normas urbanas es normalmente aplicado casi por defecto, sin necesariamente explicar o cuestionar su génesis. 

Desde esta perspectiva, el autor nos moviliza por dos carriles teóricos-aplicados. El primero de ellos, de carácter más historiográfico que aborda desde el capítulo 1 hasta el capítulo 4, con los momentos que marcan la evolución de la ciudad en una estrecha relación entre los conceptos de urbanismo, pandemias e Higienismo, en que la salud se define como un hecho basal en la sociedad, cuando la sobrevivencia era el objetivo, a diferencia de lo que es hoy día, transfiriendo la salud más al bienestar de las personas.

El abogado Rodrigo Valdés Alé se impuso la tarea de investigar el lugar que ocupa el higienismo en el urbanismo y el derecho para dar una nueva mirada a las realidades sociales que enfrentan día a día abogados, arquitectos y planeadores, incluyendo casos como el de los edificios altamente densificados de Estación Central o los arriendos informales a migrantes.

El segundo recorrido es más operacional y dentro del contexto legislativo y normativo que detona el actuar del derecho urbanístico con un fuerte acento en el contexto chileno. En ese sentido, debemos considerar el Derecho Urbanístico como se invita en esta obra, esto es, como una rama del Derecho de reciente formación y desarrollo, donde el “Movimiento Higienista resulta fundamental para facilitar su estudio, comprensión y elaboración de propuestas de mejoramiento de las ciudades, el ecosistema y sus habitantes”.

Además, ya situados en esta segunda parte, el libro desmenuza la historiografía del Derecho, a mi juicio, como el aporte medular del libro, planteando que el Derecho ​​Urbanístico parece ser un clamor cada vez más necesario en la sociedad contemporánea para vivir en ambientes saludables y sustentables. El propio autor pone énfasis en que se requiere una mirada refrescada sobre el Derecho Urbanístico debiendo ampliar el discurso argumentativo, ya que éste “no es únicamente norma, sino que también realidades sociales que operan y que definen la eficacia de ésas sobre los diferentes actores sociales a los que van destinados y que lo crean”.

Esta bajada al territorio habitado contextual, además, se entiende desde la propia bajada del título del libro, cuando se plantea que la revisión de las pandemias y el Derecho Urbanístico se hace con un engranaje que busca enlazar el Movimiento Higienista con el desarrollo sustentable. 

Entonces, una nueva pregunta que deja entrever Rodrigo podría ser ¿cómo seguimos con el Derecho Urbanístico, que se inicia en un contexto urbano compacto muy controlado por la salud basal, y que hoy día se traslada o transfiere a los territorios amplios que requieren de calidad de vida y con todas sus singularidades? Esta pregunta, que se abre como una visión crítica, requiere de nuevos paradigmas para enfrentar los desafíos y problemáticas que se suman a los territorios habitados. 

Sin duda, el desborde de la ciudad más compacta o reticulada donde se instala el Higienismo del siglo XVIII requiere de nuevos imaginarios y resquemores que emergen de la propia sociedad que habitan sus espacios, como los vividos en nuestro país en los últimos años. En ese sentido, el autor pone un hito de arranque: los acontecimientos de 2015 y desde un “grupo de habitantes afectados por la construcción de un edificio de gran altura y volumen, en la comuna de Ñuñoa, del cual eran colindantes”. Esta situación de insostenibilidad y, por qué no, de insalubridad para quienes resisten el ruido, la polución, la falta de sol y otros problemas es, sin duda, una situación que se ha replicado en las últimas décadas en muchas ciudades de nuestro país.

Hoy somos testigos de esta “verticalización” formada por torres sobre 20 pisos que ha proliferado por barrios centrales y pericentrales, irrumpiendo por los cielos o skylines chilenos sin medir sus consecuencias. Y ello, se advierte tanto en problemas en el entorno inmediato que afectan a sus vecinos (espacios sombríos, fríos y lúgubres) como en el entorno mediato urbano (afectación del paisaje urbano y pérdida del tejido barrial original); pero, además, con consecuencias concretas y posibles de medir, como la sobrecarga de la red vial, los servicios básicos como alcantarillado, la baja señal de internet y otros problemas que se adicionan a los que ocurrían hasta el siglo pasado. 

Es por ello que avanzar hacia un desarrollo sustentable implica la revisión de los nuevos ambientes donde las personas se relacionan y acuerdan sus esquemas y formatos de vida. Para ser justos, esto ya ha sido materia de acuerdos internacionales sobre desarrollo urbano, como agendas intergubernamentales, manifiestos y guías de diseño urbano, donde, en muchos de ellos, se advierte la importancia de territorios saludables, pero sin necesariamente entrar en detalle de cómo abordarlos. 

Desde la óptica académica, se puede agregar que aun cuando nuestra historia y revisión de los fenómenos urbanos son vastos y cada vez más instalados como parte de los currículos necesarios de aprender tanto en las escuelas de arquitectura como en las de geografía, antropología, estudios públicos y cátedras afines, el encausamiento de sus problemáticas no necesariamente busca la raíz en la salud física y mental.

Lo interesante es que el propio autor, como un destacado abogado, imprime su huella en quienes, habiendo practicado y leído el Urbanismo, no hemos hecho eco suficiente de esta asociación —al menos lo digo desde mi propia experiencia. Si bien el Urbanismo nace como una forma de implementar una serie de medidas sanitarias y de orden en la sociedad en términos de salud pública, el Higienismo revisitado se puede ver como una oportunidad para emplazar las políticas públicas actuales sobre cómo vivir mejor. 

En un intento de epilogar el presente trabajo, podemos preguntarnos, además, si necesitamos re-utilizar el concepto higienista en la actualidad para avanzar sobre una sociedad más justa y que clama de territorios saludables, o ¿será que el Higienismo llama a un cierto apelativo piramidal o impositivo de antaño que tuvo su lógica en un momento que era principalmente el de salvar vidas, y aun cuando se reconozca su origen altruista como salud pública? 

Me quedo con la idea de avanzar y no necesariamente escarbar en viejos y/o nuevos conceptos o apelativos de salud pública para abordar el bienestar de la ciudad y su desarrollo sustentable. El Higienismo nos entregó un legado en el contexto urbano distinto, que recorre Rodrigo en sus primeros capítulos, y que es importante disponer en un territorio con nuevas complejidades, donde la higiene cobra nuevas rutas que sobrepasan sólo el actuar del ser humano, sino que se transfieren al manejo adecuado del ambiental natural, la proporción de la edificación y el espacio público, entre otras nuevas complejidades. 

En definitiva, podemos acordar que la salud se debería abordar como concepto íntegro, donde el bienestar físico y mental de las personas y el derecho a la ciudad saludable son los pivotes que sustentan la actual sociedad. El urbanismo del siglo XXI va de la mano con el desarrollo sustentable, como lo plantea esta obra. Es por ello que necesitamos revisar las normativas actuales que siguen promoviendo la captura de sendos suelos urbanos y la especulación de ellos, que han seguido por un carril de producción y reproducción de la vivienda, dejando en una segunda prioridad la relación con sus territorios sostenibles. 

Se requiere de intentar lo inverso, o sea, poner tal vez normas más simples y concretas a la ciudad que se puedan acordar entre todas y todos para avanzar en los nuevos paradigmas de la salud urbana. El urbanismo puede ser una herramienta práctica y efectiva, pero se necesita reconocer sus orígenes o fundamentos basados en la salud pública para entregar nuevos imaginarios, a la manera de nuevas OGUC ilustradas que releven cuáles son los entornos saludables que se requieren en la actualidad.

Introducción

El presente trabajo aborda la influencia del Higienismo y las pandemias en el desarrollo de nuestro Derecho Urbanístico vigente, como razón de ser y modelo del mismo. Constituye apenas una aproximación a un tema que consideramos urgente comenzar a tratar por su importancia para quienes se interesan en los temas relativos al urbanismo y la planeación de las ciudades en general y el Derecho Urbanístico, en particular.

La actual pandemia en que estamos inmersos, nos permite comprender la influencia del Giro Higienista desde sus orígenes en el siglo XVIII y su consolidación a mediados del siglo XIX, que impulsó la formulación de políticas públicas de carácter social como las que buscan proveer viviendas económicas e higiénicas a la población en general, a la vez que promueven la planificación urbana de ciudades más salubres y, por tanto sanas, lo que resulta indispensable para construir sociedades económica y socialmente sustentables, como se pretende hoy en día.

El acercamiento a este tema surge como consecuencia del ejercicio práctico y profesional de la abogacía. Precisamente el valor del hecho jurídico en cuestión es lo que da origen a este trabajo que, más que un tema de interés analítico teórico surge como una necesidad práctica en el marco de acciones judiciales concretas, específicamente al momento de intentar comprender el Derecho aplicable en Chile y poder interpretar e integrar las normas relacionadas con su Derecho Urbanístico. 

Dentro del contexto señalado se puede constatar que, desgraciadamente, existe un olvido u omisión del Higienismo como razón de ser de nuestro Derecho Urbanístico, que opera a la vez como modelo explicativo vigente, aún en la actualidad.

La actual pandemia en que estamos inmersos, nos permite comprender la influencia del Giro Higienista desde sus orígenes en el siglo XVIII y su consolidación a mediados del siglo XIX, que impulsó la formulación de políticas públicas de carácter social como las que buscan proveer viviendas económicas e higiénicas a la población en general, a la vez que promueven la planificación urbana de ciudades más salubres.

Al revisar la doctrina nacional e internacional sobre Derecho Urbanístico nos encontramos con que suele citarse la Higiene en el desarrollo del Movimiento Urbanístico Higienista y también se destaca su influencia determinante en la llamada Escuela Moderna, sin embargo, no se observan estudios en profundidad. Cuando se hace referencia al tema en cuestión, se limitan a destacar solamente generalidades relacionadas con las consecuencias de la revolución industrial como la “cuestión social”, la migración campo-ciudad o los problemas ocasionados en las ciudades que no estaban preparadas para un flujo migratorio de tal magnitud, sin embargo, la mayoría de los autores no se detienen a analizar la influencia del Higienismo en su contexto de origen y en el Derecho Urbanístico vigente.

La intención de este trabajo no es desconocer la obra de los autores especializados en estos temas, sino que más bien complementar, destacando en nuestro caso, con mayor detalle la importancia fundamental que tienen el Higienismo y las pandemias en el desarrollo del Derecho Urbanístico nacional. Es por ello que insertamos este tema en el sistema propuesto por la doctrina jurídica clásica, motivo por el cual consideramos adecuado, metodológicamente hablando, ubicarla en su estructura, instalando el Higienismo como parte de la definición misma del Derecho Urbanístico.

El tema en estudio se inspira en la siguiente idea:

Dondequiera que haya un fenómeno jurídico hay siempre necesariamente un hecho subyacente (hecho económico, geográfico, demográfico, de carácter técnico, etc.); un valor que confiere determinada significación a ese hecho, inclinando (…) o determinando la acción de los hombres en el sentido de alcanzar o preservar cierta finalidad u objetivo.

Considerando que el Derecho Urbanístico es una rama del Derecho de reciente formación y desarrollo, estimamos que la historia del Movimiento Higienista resulta fundamental para facilitar su estudio, comprensión y elaboración de propuestas de mejoramiento de las ciudades, el ecosistema y sus habitantes. 

El desconocimiento del Higienismo como origen, fundamento o modelo del Derecho Urbanístico nacional, ha provocado que sus normas se apliquen, según nuestra experiencia, de manera casi mecánica, sin atender a lo que es el Derecho Urbanístico chileno por definición y los fines que persigue, lo que ha generado en la práctica, consecuencias que se traducen en grandes inequidades y abusos que atentan contra la salud y finalmente contra la vida de las personas.

Resulta paradójico que en la actualidad asistimos a un impresionante desarrollo científico-tecnológico en todos los ámbitos, lo que se traduce en viajes espaciales, nanotecnología, TICs, sin embargo, de manera vergonzosa e inexplicable, un enorme grupo de ciudadanos de nuestro país vive ajeno a esta realidad, en edificaciones ilegales o no, con irracional grado de hacinamiento, en asentamientos o urbanizaciones que incluso van modificando completa y negativamente el entorno espacial, medioambiental y social que los rodea, en condiciones de falta de salubridad que atentan contra nuestros principios constitucionales más elementales.

Actualmente, las definiciones de Derecho Urbanístico más citadas suelen expresar como su fundamento el uso racional del suelo, sin explicar mayormente su contenido, lo cual ha derivado en que algunos autores, erróneamente a nuestro parecer, se centren únicamente en el derecho a construir o Ius Aedificandi, sobredimensionando los aspectos financieros o económicos de la inversión inmobiliaria, omitiendo el carácter higienista de nuestro sistema. Dicho enfoque basa su análisis en aspectos tales como: qué se puede construir, dónde, cómo, cuánto, ahondando en los permisos de construcción y la propiedad sobre estos, cómo se obtienen, cómo se reclama cuando se les rechaza, etc. y sobre todo en la dimensión de los costos financieros, pero no se detienen a reflexionar en el porqué de estas limitaciones al derecho de construir, su origen, qué o a quiénes protege, etc.

Existe evidentemente un olvido u omisión del Higienismo en los tratadistas los últimos años, y poco se refieren al Giro Higienista que se dio a mediados del siglo XIX en adelante y, por este motivo, hemos incorporado largas citas, también como una forma de reconocer el mérito de autores como Pedro Lautaro Ferrer, Arturo Alessandri Palma, Karl Brunner y otros que describen los hechos de que son protagonistas y cuyas palabras resultan insuperables e inspiradoras.

Se suele decir que los pueblos que olvidan su historia están condenados a repetirla y, es así como constatamos que la falta de reconocimiento de los fines últimos del Higienismo, ha permitido en Chile verdaderos atentados urbanísticos siendo célebres, por ejemplo, los mega edificios altamente densificados de Estación Central, conocidos incluso a nivel global, que fueron aprobados ilegalmente según dan cuenta numerosos fallos y cuyas falencias han sido objeto de diferentes estudios académicos.

Antes del inicio de la actual pandemia de COVID-19 resultaba difícil entender y expresar el impacto de las pandemias en las sociedades del siglo XIX cuando se produce el Giro Higienista, sin embargo, debido a la experiencia que estamos viviendo, podemos empatizar con la angustia y desesperanza que provocaba la mortandad de los seres queridos que sucumbían a la muerte provocada por las recurrentes epidemias de tuberculosis, fiebre amarilla, viruela, influenza, sin conocer su origen ni menos cómo remediarlo.

La presente investigación exploratoria es apenas una aproximación que, por muy escueta que sea, no deja de ser ambiciosa, pues su mayor pretensión es que este tema sea profundizado en el futuro. Se inspira en el método de las ciencias cognitivas, influyendo especialmente en nuestro enfoque el trabajo de la lingüista belga Nicole Delbecque de la KU Leuven; el de los juristas del mismo país, François Ost de la Université Saint-Louis; Benoît Frydman del Centre Perelman de Philosophie du Droit en la Université Libre de Bruxelles y del historiador francés Serge Gruzinski, quienes nos invitan a centrarnos en los fenómenos de nuestra propia cultura e historia, por ello nos hemos basado en el trabajo de médicos, ingenieros, abogados, arquitectos, sociólogos, geógrafos, entre otros, inspirándonos además en las reflexiones de los científicos chilenos Humbarto Maturana y Francísco Varela desde nuestro propio contexto histórico. 

Esta investigación se ha realizado con aportes interdisciplinarios de profesionales de distintas áreas y, principalmente, por la experiencia recogida del relato de personas y familias afectadas directamente por las consecuencias que acarrea la edificación de gran altura altamente densificada que incluso se desarrolla sin respetar el Derecho Urbanístico vigente en Chile.

La actual pandemia nos ha ayudado a comprender las normas urbanísticas en su enfoque higienista y ahora resulta fácil entender por qué existen los distanciamientos mínimos, los antejardines, las rasantes, las alturas máximas, entre otras, todo a favor de la salud y el bienestar general.

En materia de Derecho Urbanístico notamos que se hace necesario ampliar el discurso argumentativo, motivo por el cual el presente trabajo consiste en la presentación de un conjunto de fuentes que pueden contribuir a dar una nueva mirada en lo que respecta a restablecer el verdadero sentido y fundamento del Derecho Urbanístico, ya que el Derecho no es únicamente norma, sino que también realidades sociales que operan y que definen la eficacia de ésas sobre los diferentes actores sociales a los que van destinados y que lo crean.

Esta investigación documental puede ser considerada exploratoria de fuentes formales que permiten avalar y reconocer científicamente el valor fundacional del Higienismo en nuestro Derecho Urbanístico nacional.

Desde este punto de vista, se pretende recalcar que muchas veces “algo de tan viejo parece nuevo” o “lo sabido por sabido se calla y por callado se olvida”. Estos adagios fácilmente pueden explicar lo sucedido con la influencia del Higienismo en el Derecho Urbanístico nacional que, como corriente heredera de la Ilustración y parte del renacer de las ciencias durante el siglo XVIII, influye directamente en el nacimiento de diversas políticas públicas sociales que se encuentran plenamente vigentes.

Estimamos, entonces, que es necesario e indispensable el estudio del lugar que ocupa el Higienismo en el Urbanismo y el Derecho que lo regula, puesto que, en la confrontación de la normativa urbanística con los casos concretos, los abogados, arquitectos, planeadores y demás interesados en conocer el Derecho Urbanístico nacional, podrán con mayor facilidad determinar el sentido y alcance de las normas que conforman el Derecho Urbanístico chileno.

* El libro se encuentra a la venta con un 20% de descuento en la web de la editorial Sa Cabana

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