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Viernes, 18 de Julio de 2025
Tras sumario administrativo

Usach destituye a Alberto Mayol y éste presenta recurso de protección ante la Corte de Santiago

Jorge Molina Sanhueza

El conocido sociólogo y analista político buscaba que el tribunal de alzada revise la decisión de la casa de estudio. Su abogado Isidro Solís en la presentación apuntó a varias anomalías en el proceso administrativo. La defensa de Mayol -en todo caso- desistió del recurso, a la espera de una decisión en Contraloría.

La Universidad de Santiago de Chile (Usach) resolvió destituir al sociólogo y analista Alberto Mayol, por “faltas a la probidad”, de acuerdo al documento de la casa de estudios al que accedió Interferencia.

La decisión fue confirmada por el rector Rodrigo Rojas Vidal el 17 de noviembre pasado, y se basó en el sumario administrativo y la vista fiscal, donde el investigador designado Samuel Navarro Hernández -director de la Empresas y Fundaciones Usach- le formuló seis cargos.

Una vez notificados los cargos y la posterior decisión del rector Rojas, Mayol recurrió -en subsidio y patrocinado por el abogado Isidro Solís- a la Junta Directiva de la Usach, en el intento de revocar la medida disciplinaria más grave en la Administración Central del Estado.

La instancia confirmó en todas sus partes el sumario, la sanción y notificó de ello a Mayol. Hasta ahí, por cierto, era la primera batalla del académico.

La decisión fue confirmada por el rector Rodrigo Rojas Vidal el 17 de noviembre pasado- y se basó en el sumario administrativo y la vista fiscal, donde el investigador Samuel Navarro Hernández le formuló seis cargos.

Entre los cargos se destacan presuntas anomalías cometidas durante su estadía en España para realizar un doctorado y mantener reuniones con personas ajenas a la actividad de posgrado, donde se le acusa de gastar dineros sin autorización.

Respecto de este tema el documento cita una declaración de Mayol: “debía entrevistarme con consultoras y expertos para poder avanzar. Había que diseñar una estrategia que redundara en una viabilidad de ello y eso suponía un conjunto de gastos de transporte, de reuniones en las que no podíamos pagarle a terceros, pero podíamos invitarle una cena, en fin, una tarea que tenía un conjunto de gastos asociados”.

El sumario agrega: “También requerí muchas veces, para avanzar por mi cuenta, de consultas específicas a abogados, quienes cobraron sus servicios profesionales que me servían para ir pensando el mejor mecanismo (...)”. 

Mayol se defiende

En respuesta a estas acusaciones, y también representado por Isidro Solís, Alberto Mayol interpuso un recurso de protección en la Corte de Apelaciones de Santiago, con miras a revocar la decisión de la Usach. (Lee el recurso haciendo clic aquí).

En cuanto al uso de los recursos públicos, Solís descarta que haya una infracción grave al principio de probidad administrativa, pues los gastos empleados no fueron desviados para fines ajenos durante la estadía académica de Mayol en España.

De hecho Solís acusa que el fiscal Navarro fraccionó la declaración de Mayol, citando "sus dichos de forma parcial e interesada", solo con el fin de sancionarlo.

Al mismo tiempo, Solís apuntó a la falta de imparcialidad del fiscal sumariante, ya que no habría ponderado tanto lo que inculpaba a Mayol como los elementos que lo “exoneraban” o bien los que “aminoraban” su responsabilidad administrativa.

Solís también descartó que Mayol haya incumplido con las exigencias académicas para su doctorado, entre ellas el rendimiento, como también los plazos.

En ese sentido, el abogado argumentó que no corresponde la destitución en ningún caso, sino un reproche en el peor de los casos.

“(...) la no obtención del grado por motivos de rendimiento, cuyo no es el caso (...) al contrario, al revisar esto, se puede verificar que los rendimientos académicos en cursos señalan la obtención de la máxima calificación en todos los cursos realizados y la tesis se encuentra presentada y aprobada por los pares externos a la universidad y por el Director de la tesis”, explica Solís en su presentación.

Al mismo tiempo, Solís apuntó a la falta de imparcialidad del fiscal sumariante. A su juicio, este último no ponderó correctamente los hechos, ya que no investigó con el mismo celo los elementos que “exoneraban” a su cliente..

Hay que recordar que la sanción de destitución impide trabajar durante cinco años en el aparato estatal. Para levantar dicha prohibición el afectado debe recurrir al Presidente en ejercicio, quien puede otorgarla o bien mantenerla, sin expresión de causa.

Hacia el cierre de esta edición, el escrito de Mayol para la Corte de Santiago había salido del sistema del Poder Judicial. 

En conversación de Interferencia con Mayol, éste explicó que efectivamente se escribió un recurso de protección "para tenerlo preparado, evaluar contexto y presentar eventualmente antes de la toma de razón [de Contraloría]. Como desde el estudio jurídico no me encontraban, porque yo estaba en un avión, lo ingresaron, y luego señalé que prefería seguir la otra ruta y se retiró el recurso. En resumen, confiamos que esto pueda ser valorado en Contraloria con los abundantes antecedentes expuestos".

Adjuntos: 
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Comentarios

Comentarios

En que quedo la obligación de mostrar sus títulos a la Sra y Académica Loncon???

Muy extraño e incomprensible que una universidad destituya a un académico destacado que aporta permanentemente a las ciencias sociales y al análisis de la sociedad.

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