“En África la ocupan para matar elefantes”. “Es un monstruo. Puede detener un auto”. Así describen en la película Taxi Driver, cuando Travis Bickle, icónico personaje interpretado por Robert De Niro, compra un revólver de alto calibre: una Magnum 44. El mismo revólver que en Harry El Sucio es calificado como “el más potente del mundo” por el célebre Clint Eastwood.
Raúl Schüler –empresario chileno condenado luego de ser sorprendido en su casa con 20 obras históricas adquiridas ilegalmente, algunas incluso robadas– no es un justiciero callejero como Bickle, ni tampoco un policía como Harry El Sucio; pero al igual que ambos, Schuler poseía una Magnum. Según constató el Ministerio Público, el empresario guardaba el revólver “sobre el escritorio de su dormitorio”, sin contar con inscripción ni permiso de tenencia; delito por el cual fue acusado. (Revise acá la acusación de Fiscalía).
Sin embargo, el miércoles pasado y durante la audiencia de juicio abreviado contra Raúl Schüler, la Fiscalía –mediante la fiscal Fabiola Echeverría– informó la decisión de no perseverar con este delito constatado durante la investigación. (Revise acá el acta de audiencia del juicio abreviado).
Entre los artículos encontrados en el fundo de Schüler, destacan la estatua “La República”, Monumento Nacional robado el 2003 por extraños desde la Plaza Rubén Darío en Valparaíso; la escultura “La Polimnia”, monumento histórico sustraído el 2014 del Parque Cerro Santa Lucía en Santiago; y una escultura de mármol del mausoleo de la familia Valenzuela Darlinghton, también monumento histórico, robada el 2013 del Cementerio General
De esta forma, luego de alcanzado un acuerdo entre el empresario y el Ministerio Público, el Juzgado de Garantía de Graneros sentenció a Schuler a 4 años de libertad vigilada intensiva, además del pago de 100 UTM (unos $5 millones de pesos); causando revuelo en la opinión pública. Y es que la pena solicitada por el Ministerio Público superaba con creces lo que la propia entidad terminó pactando con el empresario: pedían 15 años de cárcel.
Entre los artículos encontrados en el fundo de Schüler en San Francisco de Mostazal, destacan la estatua de 180 kilos “La República”, Monumento Nacional robado el 2003 por extraños desde la Plaza Rubén Darío en Valparaíso; la escultura de 90 kilos “La Polimnia”, monumento histórico sustraído el 2014 del Parque Cerro Santa Lucía en Santiago; y una escultura de mármol del mausoleo de la familia Valenzuela Darlinghton, también monumento histórico, robada el 2013 del Cementerio General de Santiago; entre otros artículos de valor histórico.
La calidad de Monumento Nacional, monumento histórico y monumento público de cinco de los 20 artículos encontrados en el fundo de Raúl Schüler gatilló que uno de los hechos acusados por la Fiscalía –el Hecho N°3– tuviera asociada una pena por daño a monumento nacional.
Si bien –según los documentos asociados al procedimiento– se pudo dar por hecho un daño al patrimonio debido a que la posesión de estos objetos por parte de Schüler impidió que el Estado pudiera proteger adecuadamente estas obras de valor patrimonial, en el acta de la audiencia solo se da cuenta de condenas por el artículo 456 bis del Código Penal, el que castiga de manera general la receptación. Como si se tratara de cualquier tipo de objeto.
“Sobre el hecho 3, constitutivo del ilícito de afectación a la integridad de un monumento nacional, la Fiscalía solicita la pena de 541 días de presidio en su grado medio y multa de 50 UTM”, señaló la fiscal Fabiola Echeverría al magistrado Rubén Donoso, del Juzgado de Garantía de Graneros. Pese a esto, el acta de la audiencia señala que la condena a Schüler, en el caso de estos hechos se da [...] Por su responsabilidad en calidad de autor del delito de RECEPTACION. ART. 456 BIS tenA., del hecho N° 3 de la acusación el 24 y 28 de noviembre del año 2018, en territorio jurisdiccional de este Tribunal”, sin hacer alusión al articulado de la Ley de Monumentos Nacionales.
Según pudo conocer nuestro medio, en la última sesión del Consejo de Monumentos Nacionales este tema no fue abordado. INTERFERENCIA contactó a la Secretaría Técnica de este Consejo para conocer su opinión sobre la condena, desde donde nos señalaron que debido a que son parte del Ejecutivo no corresponde que se refieran a las decisiones de otro Poder del Estado.
“La apropiación de Monumento Nacional no puede confundirse con coleccionismo, es un delito con sanción asociada”, mencionaron
De todas formas, desde esa secretaría nos señalaron que “hemos colaborado con la investigación desde el principio, enviando todos los antecedentes, orientando las incautaciones” señalando que además las esculturas de La República y Polimnia volvieron a su lugar de origen. “La apropiación de Monumento Nacional no puede confundirse con coleccionismo, es un delito con sanción asociada”, mencionaron, agregando que esperan que avance un proyecto de ley en el Congreso que de ser aprobado subiría las penas asociadas a estas conductas.
La Magnum de Schuler
La acusación del Ministerio Público no admite dudas: “El imputado Raúl Schuler mantenía en su fundo un arma de fuego tipo revólver, marca Smith & Wesson calibre .44 sobre el escritorio de su dormitorio, con sus respectivas municiones del mismo calibre, sin que contara con inscripción ni el permiso de tenencia correspondiente”.
Aquella aseveración fue hecha por la fiscal del caso, Fabiola Echeverría, luego de llevar a cabo una investigación donde mediante informes periciales elaborados por un perito armero, una perito en armamento de la Policía de Investigaciones y el análisis de permisos asociados a armas poseídas por Schuler, se corroboró el delito.
Durante la misma investigación y con la misma evidencia, el Ministerio Público descartó –y por tanto optó por no perseverar– el delito de tenencia ilegal de armas para una carabina Winchester modelo 1866 Yellow Boy y un revólver Smith & Wesson calibre .38. Sin embargo, la acusación continuó respecto de la 44 milímetros durante todo el procedimiento hasta la audiencia de juicio abreviado del miércoles.
En contraste a la decisión de la Fiscalía de no perseverar contra el empresario, INTERFERENCIA conoció otros tres casos donde el Ministerio Público sí persiguió a acusados de tenencia ilegal de armas, sólo que a diferencia de Schuler, portaban menos de tres municiones y ningún arma –mucho menos una Magnum .44.
INTERFERENCIA contactó a la Fiscalía de la Región del Libertador General Bernardo O’Higgins para conocer el motivo detrás de no perseverar en buscar una condena para un delito que la misma entidad logró comprobar. Desde el departamento de Comunicaciones no entregaron una respuesta oficial a la consulta, quedando esta redacción a la espera de los motivos detrás de la controvertida decisión.
Fuentes conocedoras del Poder Judicial explicaron a este medio que la decisión de no perseverar se da, generalmente, cuando no hay medios suficientes de prueba. En este caso, el delito se encontraba acreditado dentro de la acusación del Ministerio Público, no siendo rectificado dentro del plazo disponible de diez días posteriores a la presentación de la acusación.
Otra posibilidad es que, por algún motivo, se haya acusado erróneamente del delito a Schuler, caso en que tampoco podría haberse optado por no perseverar, ya que correspondería la figura de sobreseimiento.
En contraste a la decisión de la Fiscalía de no perseverar contra el empresario, INTERFERENCIA conoció otros tres casos donde el Ministerio Público sí persiguió a acusados de tenencia ilegal de armas, sólo que a diferencia de Schuler, portaban menos de tres municiones y ningún arma –mucho menos una Manum .44.
En fallo del 6° Tribunal Oral en lo Penal de Santiago, dictado el 29 de noviembre de 2016, un imputado fue acusado por la Fiscalía de tenencia ilegal de armas por portar un cartucho balístico de caza calibre .14, un cartucho balístico calibre .38 y un cartucho balístico .22, sin portar ninguna de las armas correspondientes a dicha munición. Fue absuelto.
El 2021, la Corte de Apelaciones de Arica condenó a un sujeto por portar sólo una munición y una pistola a fogueo, siendo absuelto del delito de porte ilegal de armas ya que era imposible disparar dicha munición.
El 2017, en tanto, la Corte de Apelaciones de Santiago decidió acoger un recurso de nulidad y absolver al imputado por porte ilegal de armas, el cual al igual que en el caso anterior, portaba sólo una munición alojada al interior de un arma a fogueo no apta para disparo.
Si bien no se menciona en la acusación de la fiscal Echeverría si la Magnum de Schuler era apta para disparo, esto se puede deducir puesto que dentro de la evidencia se consigna la realización de peritajes balísticos, los que llevaron a mantener como un hecho la tenencia ilegal del revólver guardado en la pieza del empresario.
Comentarios
que razon tiene un conocedor
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