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Domingo, 20 de Julio de 2025
Luego de cuatro años de cárcel

Facundo Jones Huala: abogada explica las claves tras su libertad condicional

Lun Lee

En tres ocasiones fue negada la libertad condicional para Jones Huala. Una de las razones, según indica su defensa, es la ausencia de profesionales que posean la sensibilidad para entender el conflicto mapuche, su cosmovisión y cultura. Sumado a prácticas que funcionarios de Gendarmería cometen y que incurren en ilegalidades. 

El pasado jueves 20 de enero, la Corte de Apelaciones de Temuco acogió un recurso de amparo que la defensa de Facundo Jones Huala había presentado para solicitar el beneficio de la libertad condicional.

El lonko argentino, se encontraba en la cárcel de Temuco desde el 22 de diciembre de 2018 tras ser acusado el 2013 por delitos de incendio en el fundo Pisu Pisué en la comuna de Río Bueno, región de los Ríos. 

A pesar de cumplir con los requisitos para optar a la libertad condicional desde diciembre del 2019, Jones Huala, tuvo que esperar hasta una cuarta solicitud de este beneficio para volver a reencontrarse con su territorio y comunidad en Cushamen . 

INTERFERENCIA conversó con Karina Riquelme, abogada del lonko en Chile, sobre los argumentos que presentaron a favor de la liberación de Jones Huala y el impacto político de la decisión para el conflicto mapuche. 

¿Cuáles fueron las razones para lograr la libertad de Jones Huala?

Desde fines de 2019 que él cumplía con las exigencias para acceder a este beneficio. Es un beneficio carcelario que se otorga a todos quienes cumplan con ciertos requisitos, como cumplir un tiempo mínimo de condena, tener buena conducta y además que exista un informe psicosocial relacionado con la reinserción. Y él, a pesar de cumplir con los requisitos, por tercera vez la comisión de libertad condicional le estaba negando esta posibilidad. 

¿Es normal que esto suceda o tiene que ver con ser mapuche?

O sea, lo que nosotros evidenciamos esta vez, fue que en octubre se reunió la comisión de libertad condicional y yo el recurso de amparo lo interpuse recién ahora en enero. Esto porque hice unas cautelas de garantías para poder dar cuenta de las ilegalidades en su cumplimiento y de cómo estas ilegalidades que cometía gendarmería determinaban sanciones para quitar la posibilidad de obtener la libertad condicional, porque por ejemplo el no participa en ningún plan de reinserción.

"La comisión, en definitiva, dice que Facundo no ha avanzado en su proceso de reinserción social y para ello se basan solo en un informe que realiza una trabajadora social que daría cuenta de que Facundo sería una persona que no reconoce el delito"

La comisión, en definitiva, dice que Facundo no ha avanzado en su proceso de reinserción social y para ello se basan solo en un informe que realiza una trabajadora social que daría cuenta de que Facundo sería una persona que no reconoce el delito ni que se haría cargo del daño que se produjo. 

Pero, ¿se puede presentar un informe alternativo?

Lo que nosotros hicimos fue realizar un informe de más de cuarenta páginas con dos profesionales: una psicóloga y una trabajadora social, profesionales que además conocen la cultura mapuche. Lo que pasa es que los funcionarios de Gendarmería no cuentan con las habilidades técnicas para poder evaluar a personas que pertenecen a otro pueblo, a otra cultura. 

Las interpretaciones que hacen respecto de los dichos, que son las ideologías de Facundo, no son interpretadas como algo negativo, sino más bien que refieren a la historia que ha vivido el pueblo mapuche en ambos lados de la cordillera, del despojo. 

Que traen pensamientos que no pueden ser interpretados como negativos ni como que no ha avanzado en su reinserción social, sino que tiene que ver con algo más profundo y político entre el estado y el pueblo mapuche y eso no puede ser perseguido penalmente ni tampoco se puede dar cuenta de una falta de reinserción porque una persona tenga sus pensamientos politicos, que era lo que le estaba pasando a Facundo. Por su ideología, por su forma de pensar, porque él públicamente avala, por ejemplo, las posibilidades de sabotaje a las empresas forestales, ellos llegaban a la conclusión de que era una persona que no podía ser reinsertada en la sociedad. 

Y esa es una discusión que tiene que ver con otros alcances y eso es lo que nosotros intentamos a través de las cautelas de garantía, explicar a los tribunales que mientras no existan profesionales que entiendan profundamente el conflicto y que además sepan intervenir con pertinencia cultural, iba a ser mal evaluado continuamente, porque es mal visto que un pueblo decida realizar ese tipo de acciones políticas para poder conseguir sus objetivos.

"Finalmente se estableció que no había una oferta respecto de los presos que tienen origen en los pueblos de naciones originarias, que en las cárceles no existe una oferta programática que a ellos les sirva para poder reinsertarse"

Entonces, finalmente se estableció que no había una oferta respecto de los presos que tienen origen en los pueblos de naciones originarias, que en las cárceles no existe una oferta programática que a ellos les sirva para poder reinsertarse, ninguna y, que quienes los evalúan, no pueden dar con las competencias técnicas y con eso y la solicitud además de unas sanciones que aparecieron el dia de la revisión de la libertad condicional que nosotros no conocíamos. Que a él nunca le notificaron y que nosotros solicitamos la nulidad por la ilegalidad de esa sanción, que nace del propio alcaide del penal; que hay que decirlo, tiene bastante maltrato no solamente con los comuneros sino también con aquellos que los defendemos. Y que en definitiva los tribunales ordenaron borrar esa falta que estuvo mal realizada.

O sea, el alcaide acusó a Facundo con algo que no era.

Así es, de un hecho que había sucedido en mayo, que nunca se le notifica que va a ser una sanción y que aparece en la hoja de vida el mismo día que a él le revisan la libertad condicional, cuando yo en ese momento no tengo ningún recurso para hacer en el mismo momento del alegato de la libertad condicional, para saber qué había pasado con eso. 

"Lo que nosotros hicimos fue una cautela de garantía para que Gendarmería explicara de dónde sacó esa sanción de mayo del año que pasó y Gendarmería no tuvo explicación"

Entonces lo que nosotros hicimos fue una cautela de garantía para que Gendarmería explicara de dónde sacó esa sanción de mayo del año que pasó y Gendarmería no tuvo explicación, no pudo comprobar ni un acta fundada de por qué se aplicó esa sanción y la jueza ordenó eliminarla y anularla administrativamente. Además, esa sanción había sido un requisito para negarle la libertad condicional. 

¿Cree que esta decisión tendrá un impacto político?

Sí, yo creo, hace tiempo no veía una sentencia que representara tanto la importancia de tomar en consideración las características y el origen cultural de quienes están presos y también las formas para poder reinsertarse, que son distintas de un preso común condenado. No es lo mismo un lonko que representa al mundo mapuche sus necesidades para reinsertarse que un chileno condenado por un delito común y eso lo reconocieron en la sentencia. 

También reconocieron que el convenio 169 se debe aplicar y, respecto de privados de libertad, yo no había visto una sentencia donde se aplicara directamente el artículo 10 del código 169 que establece que se deberán preferir otro tipo de sanciones distintas del encarcelamiento para quienes son miembros de pueblos originarios y evidentemente así debiera interpretarse sí se entiende la cosmovisión del pueblo mapuche, que tienen una relación directa con la tierra, ellos no pudieran o no debieran estar privados de libertad en recintos cerrados. 

En ese sentido, ¿Se siente conforme con la decisión?

"Me siento conforme con la decisión y me siento conforme con otra de las consecuencias de este amparo, en el cual además la corte dejó afuera de la discusión a la delegación presidencial"

Me siento conforme con la decisión y me siento conforme con otra de las consecuencias de este amparo, en el cual además la corte dejó afuera de la discusión a la delegación presidencial. El ejecutivo, quien ilegítimamente y evidentemente con razones políticas, quiso participar del amparo de la discusión. 

¿Eso ocurre normalmente? 

Solo en las causas donde hay presos mapuches.

Eso es una constante.

Ellos demuestran su intención política y ratifican que son presos políticos cuando aparecen solicitando, en este caso fue el representante de la delegación presidencial, a la Comisión de Libertad Condicional. Y fue a la corte ahora en el amparo, y en el amparo yo solicité que se excluyeran por falta de legitimación activa, puesto que no es interviniente en esta etapa del procedimiento que es la ejecución de la pena, nada tiene que decir el Ministerio del Interior respecto de si está o no está reinsertado en la sociedad Facundo. Ellos no son los encargados, podría haber ido el Ministerio de Justicia , un representante de Gendarmería, pero no la delegación presidencial, el representante del ejecutivo. Eso da cuenta de una necesidad, de una razón política de estar ahí presente, no una preocupación por la reinserción social de quien está cumpliendo una pena. 

En ese sentido, con este cambio político que se dará en marzo, ¿crees que habrá alguna diferencia en estos casos y la implicancia del ejecutivo en estos juicios? 

Yo creo que es super importante la sentencia en el sentido de la valoración y el respeto al origen de quien se le aplica esto. Se tomó en consideración su origen, y creo que es muy importante que el conflicto deje de ser judicializado, entonces también se da una señal de parte del poder judicial no solamente interpretando y aplicando convenio internacional respecto de pueblos originarios, sino también una señal que debiera ir en ese camino toda la institucionalidad, por ejemplo el Ministerio Público, Juzgados de Garantía, Tribunales Orales, en relación a que no se puede seguir judicializando un conflicto que es político y que si hay delitos, deben ser investigado de maneras objetivas. Ya no se debe apresar más a gente con pruebas falsas, no se debe seguir teniendo prisiones preventivas extensas ni tampoco negándoles los beneficios a quienes tienen el derecho de obtenerlos solo por razones políticas, por los ideales que los representan, porque eso también debilita el estado de derecho de quienes más propugnan, quienes más exigen y solicitan su aplicación

¿Pero usted cree que cambie con otro gobierno?

"Creo que la relación que va haber con los pueblos originarios desde marzo en adelante, espero que tenga otra visión"

Yo espero que cambie, creo que la relación que va haber con los pueblos originarios desde marzo en adelante, espero que tenga otra visión. Ya se está hablando de un verdadero diálogo horizontal, algo que no se había visto nunca, que no hay ningún estado que haya planteado un diálogo con el pueblo de nación a nación con el pueblo mapuche, el presidente habla de nación mapuche, eso es importante. Porque ya ese reconomiento del otro que pertenece a un pueblo que vivió un genocidio es algo que no se había vivido y que debiera reflejarse en todas las instituciones para ojala encontrar la paz en Wallmapu. 

O sea ¿Hay expectativas en ese sentido?

Sí, hay expectativas súper claras. 

¿Hay posibilidades de que vayan a la Suprema?

Galli dijo que iba a apelar, pero no sé sí lo van a dejar porque la Corte de Apelaciones lo dejó afuera del recurso, seguramente todavía no sabía eso. 

No podrían revocar la decisión

No deberían, porque no hay nadie que tenga perjuicio, no deberían dar pie a una apelación. 

¿Cómo notó a Facundo con la decisión?

Estaba sorprendido, profundamente sorprendido, no creía que estaba pasando la verdad, porque han sido tantas las irregularidades desde el mismo día del juicio. Ya no veíamos mucha esperanza en lo judicial ni en lo jurídico porque eran super irregulares las resoluciones finalmente. Bueno, quedó tranquilo a retornar a su territorio a encontrar contacto enseguida con el río, la espiritualidad, que es lo que empezó a hacer este fin de semana y ya la otra semana empezar con el contacto con Gendarmería para comenzar con la libertad condicional. 

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