El abogado y coronel en retiro Daniel Soto ya no es profesor de Carabineros de Chile. Luego de casi 8 años haciendo clases en la institución y a menos de 11 meses de que estallara la peor crisis de violaciones a los derechos humanos desde el retorno a la democracia por parte de las fuerzas de orden del país, fue informado que no se le renovaría el contrato. Horas antes a esto, INTERFERENCIA publicó una entrevista a Soto donde aseguraba que el Alto Mando sí tenía responsabilidad en el uso de la fuerza. (Revise acá la entrevista)
Han pasado casi dos meses desde que dejara las clases en la institución aquel 14 de septiembre, pero el abogado no se ha alejado del estudio de los derechos humanos. Tampoco de Carabineros.
Junto a Rodrigo Pérez de Arce, abogado y magíster en sociología de la Universidad Católica, elaboraron un estudio jurídico enfocado en el accionar de la institución policial durante el estallido social. (Revise acá el estudio jurídico).
En ¿Por qué falló el uso de la fuerza durante la crisis social? Examen de las prácticas institucionales de acuerdo con el estándar internacional para el uso de la fuerza, Soto y Pérez de Arce apuntan a una incorporación irregular de los estándares internacionales para derechos humanos y uso de la fuerza. “En Carabineros de Chile se generó una indefinición sobre la conducta esperable para los funcionarios que participan en jornadas extenuantes en el mantenimiento del orden público durante la crisis social”, indican.
Además, señalan que existe una “ambigüedad sobre la posición institucional ante las inconductas de los carabineros” que subsiste hasta hoy. Para evidenciarlo, citan al propio ex director general de la institución, Mario Rozas, quien indicó durante una reunión informal entre funcionarios que “a nadie voy a dar de baja por procedimiento policial. Aunque me obliguen, no lo voy a hacer”, algo que después corregiría indicando que aquella defensa gremial se otorgaría “dentro del ámbito de lo legal, dentro del ámbito de lo reglamentario”.
En entrevista con INTERFERENCIA, Daniel Soto entregó luces sobre los hallazgos jurídicos en materia de derecho internacional relacionado al accionar policial durante el estallido social. Entre sus conclusiones, Soto y Pérez de Arce apuntan a una vaga comprensión del principio de Proporcionalidad a la hora de actuar.
¿Qué es el principio de proporcionalidad dentro del uso de la fuerza?
-Es parte de uno de los principios básicos para el empleo de la fuerza y uso de las armas de fuego. De ahí se derivan tres principios del tipo operativo y uno a aplicarse después del empleo de la fuerza. Los tres principios operativos son el de legalidad, necesidad y proporcionalidad. Legalidad se refiere a que el uso de la fuerza tiene que servir a un propósito lícito, para un objetivo legal; y para que sea legal tienen que emplearse también técnicas lícitas. La necesidad es que la fuerza tiene que ser el último recurso. Por último, la proporcionalidad es la magnitud, la intensidad, es cuánta fuerza vas a emplear; y a partir de cuánta fuerza tu puedes definir cuáles son los medios que emplearas, que tienen que ser los mínimos para neutralizar una agresión. Es algo que hay que reforzar siempre y en todas las policías.
¿Cómo se evidencia la falta de manejo del principio de proporcionalidad en la policía chilena?
Creo que no existe claridad respecto al alcance práctico, técnico y operativo de cada uno de los principios que regulan el uso de la fuerza. Me atrevería a decir que se requiere una reelaboración de estas normas, pero al mismo tiempo también la implementación de un entrenamiento masivo para una comprensión práctica. No basta la comprensión teórica. Hay una falta de comprensión respecto de la proporcionalidad.
¿Cómo se compara el manejo de estos principios entre Carabineros y el resto de las fuerzas de orden que actuaron durante el estallido social?
-Hicimos una revisión de las normas que regula el uso de la fuerza en las fuerzas armadas, la Policía de Investigaciones y Carabineros. Las mejores normas desde mi perspectiva, conociendo el estándar internacional, son de Carabineros. Son las más completas y que mejor recogen el estándar internacional.
Eso no deja de ser problematico, pero igual pareciera lógico entendiendo que Carabineros tiene mayor relación con el manejo del orden público que las FF. AA. y la Policía de Investigaciones.
-Sí, pero el estallido social y la pandemia mostró que la legalidad es un aspecto y la interpretación de facto de las policías otro. Ahora yo creo que sí, la falta de claridad de la proporcionalidad significa en la práctica dificultad para identificar los elementos con los que se va a recurrir y la intensidad del uso. Si lo aplicamos al mantenimiento del orden público, sí existe falta de claridad en los alcances dañinos que tienen las escopetas o el alcance dañino que puede tener el gas gas CS [componente irritante presente en las lacrimógenas de Carabineros]. Significa que puede causar daño a los propios Carabineros y a las personas que residen en el lugar en que se emplea el gas, o en caso de la escopeta hemos visto daños dramáticos a manifestantes, por ejemplo.
También se evalúa la responsabilidad frente a los distintos casos de violaciones a los derechos humanos. ¿Siente que ha existido responsabilidad política a partir de los hechos de mala aplicacion de protocolos y de violencia policial?
-Creo que existe una falta de claridad con respecto del significado de la responsabilidad. Responsabilidad en el uso de la fuerza, de acuerdo al estandar internacional, significa que en caso de situaciones complejas de uso de la fuerza, surge una responsabilidad de quién empleó la fuerza por parte de la organización y de los gobiernos. Individualmente y colectivamente, las organizaciones los gobiernos tienen que ser capaces de rendir cuentas a los tribunales y a la población. Eso no se ha producido. Uno de los problemas de deslegitimidad que tiene Carabineros ahora y también el gobierno deriva de la falta de claridad de rendir cuentas y de señalar qué se ha hecho para ajustar los procedimientos a la ley y a los derechos humanos. Carabineros implementó medidas, pero la opinion pública no sabe en qué consisten. Tiene más de 3 mil denuncias, entonces el gobierno debiese aclarar en qué condiciones se empleó la fuerza en esos 3 mil casos.
En su estudio, se resume el derecho internacional para los DD. HH. como un piso normativo común cuya aplicación se da mediante la interpretación de las normas establecidas, la cual es efectuada por órganos de supervisión internacional. Bajo tal definición y con dos informes internacionales que usted cita en el estudio y que acusan violaciones a los derechos humanos en Chile durante el estallido social ¿la tesis de los "excesos" de Carabineros - y no violaciones a los DD. HH. – repetida por el presidente Piñera tiene alguna validez?
-Con todo, no creo posible negar la existencia de violaciones a los derechos humanos. Se violan los DD. HH. cuando un funcionario público presta inadecuadamente un servicio o restringe de manera ilegal un derecho de alguien. No se requiere intencionalidad, entonces no hay que confundir la intención por parte de algunos agentes del Estado de lesionar personas, que es lo que se le discute en el caso del estallido social, con negar la existencia de violaciones a los derechos humanos. Me parece que no es posible negar esto cuando existen entre el 18 de octubre y el 1 de diciembre 3400 lesionados constatados por el INDH con una autoridad que no ha explicado el por qué de esas lesiones. Me parece imposible negarlos. Podríamos controvertir la discusión y ver si todas estas lesiones corresponden o no a violaciones a los derechos humanos, pero es imposible negar que los hubo.
¿Es necesario reformar carabineros y desarrollar una policía civil?
-Primero en este minuto se necesita que generen credibilidad en la gente. Para eso hay que abordar el cuestionamiento a ellos, el grado de probidad de los Carabineros, implementando un nuevo código de conductas, canales de denuncias, que carabineros rinda cuentas de derechos humanos, que el gobierno rinda cuentas en cada uno de los casos. Para la duda de la gente en relación al mantenimiento del orden público, Carabineros tiene que rediseñar los procedimientos orientándose al resguardo del derecho de reunión y con el empleo de armas nocivas o lesivas como el cañón de agua.
¿Esto puede hacerse en el corto plazo?
-Se necesita reformar carabineros en dos etapas. Una actual para generar credibilidad en los tres ámbitos ya mencionados; el de la corrupción, las denuncias de violación de DD. HH. y mantenimiento del orden público. Carabineros debe enfatizar su rol de resguardo del derecho de reunión y debe ajustar los protocolos de intervención con el empleo de armas lesivas como el cañon de agua y la restricción de agentes tóxicos como el gas CS. Y en paralelo debe desarrollarse una reforma de largo aliento. Es algo que debiese quedar instalado en este gobierno, generando una plataforma institucional para que el país pueda decir el modelo policial que Chile quiere y cómo carabineros se ajusta a ese modelo policial.
¿Cómo es eso último?
-La reforma de largo aliento es una que está relacionada con no con la refundación, sino que se trata de generar un nuevo modelo de policía. Eso es una discusión de largo aliento que una vez que las personas resuelvan cuál es el modelo de policía que se quiere, hay que ver cómo Carabineros se ajusta a eso.
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