Hace un año, los chats de Luis Hermosilla y Manuel Guerra encabezaban todos los portales de noticias. Además de la intrincada operación que realizaron en las sombras de las causas como Penta o Minera Dominga, los mensajes también daban cuenta de burdos comentarios que abogado y fiscal hacían de la política nacional.
Los titulares y las redes sociales hicieron mofa de las controversiales opiniones vertidas contra Rodolfo Carter, Evelyn Matthei y Camila Merino. A la postre, el ex fiscal Guerra tuvo que salir a pedir disculpas públicas.
Todo ello sumó para que, en octubre de 2024, Manuel Guerra y, luego, Luis Hermosilla presentaran sendas querellas por revelación de secretos contra quienes resulten responsables de la divulgación de sus chats en prensa.
En especial, solicitaron diligencias intrusivas para acceder al registro de funcionarios de Fiscalía que tuvieron acceso a los chats. Más aún, Guerra requirió el listado de llamadas y whatsapp de los involucrados, a fin de determinar quiénes podrían haber filtrado la evidencia reservada a Nicolás Sepúlveda, periodista autor de las notas, en ese entonces en The Clinic.
Por su parte, Hermosilla -representado por su hermano, Juan Pablo- solicitó la incautación de los celulares y aparatos electrónicos de los funcionarios del Ministerio Público que tuvieron acceso a sus chats, incluidos los fiscales a cargo de la investigación del Caso Audios, Felipe Sepúlveda, Miguel Ángel Orellana y Lorena Parra. Así también, al registro de periodistas que han visitado las dependencias del Ministerio Público.
La causa se tramita hace un año ante el Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago.
Entre las diligencias del contracaso, Fiscalía solicitó al tribunal acceder al tráfico de llamadas, tráfico de datos, números conectados y georreferenciación, de diversos periodistas y funcionarios públicos del Ministerio Público, que pudieron filtrar la información.
Sin embargo, en agosto y, tras apelar, en septiembre, el juzgado denegó las solicitudes de la Fiscalía.
Periodistas son testigos
El tribunal argumentó que no resulta plausible dar curso a diligencias intrusivas contra "periodistas que sólo revisten calidad de terceros o testigos atendiendo el delito investigado”.
Vale decir, revelación de secretos, delito sólo imputable contra funcionarios públicos, contra quienes el persecutor aún “no se ha invocado algún antecedente válido o relevante que permita al tribunal adquirir la mínima convicción de una eventual conducta desajustada a derecho o constitutiva de delito por parte de los mismos, que pueda justificar la diligencia requerida”.
Fiscalía no bajó los brazos y presentó un recurso de hecho ante la Corte de Apelaciones de Santiago, para poder acceder al registro. Para el ente persecutor, no dar curso a las diligencias intrusivas podría hacer imposible continuar la tramitación de la querella.
No obstante, nuevamente la justicia dio su negativa.
La Corte de Santiago rechazó el recurso y respaldó la decisión del Cuarto Juzgado de Garantía, el pasado 14 de octubre. El tribunal de alzada argumentó que el recurso de apelación es de carácter excepcional, y que la resolución impugnada no cumple con los requisitos legales para ser apelable.
Contrariando la opinión de Fiscalía, para la Corte el rechazo a una diligencia no paraliza la investigación completa.
Tras el rechazo, las defensas de Hermosilla y Guerra solicitaron acceso a las carpetas investigativas, la que fue aprobada por el tribunal el pasado 30 de octubre.
Ahora bien, cabe mencionar que si bien la resolución protege en parte la privacidad de los periodistas que revelaron los chats, el fallo en ningún momento hace mención de los posibles efectos contra la libertad expresión que implican este tipo de diligencias intrusivas.





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