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Viernes, 18 de Julio de 2025
A propósito del caso Weibel

Cuando los jueces autorizan espiar sin razón a periodistas, abogados y mapuche

Maximiliano Alarcón G.

Para distintos fines, la Ley de Inteligencia y el Código Penal permiten esta medida intrusiva, siempre con la aprobación de jueces. Pese a lo delicado de estas acciones, distintos magistrados las han autorizado en circunstancias muy inapropiadas, como se supo recientemente que pasó con el periodista Mauricio Weibel, quien fue espiado mientras investigaba el Milicogate.

En Chile, para proteger a la ciudadanía de las amenazas del terrorismo, crimen organizado y narcotráfico, el Sistema de Inteligencia del Estado puede utilizar procedimientos especiales para acceder a información que ayude a prevenir acciones de los grupos mencionados. Según señala la Ley de Inteligencia (19.974), entre los procedimientos especiales están las interceptaciones comunicacionales.

Para esto, los organismos de inteligencia, ya sean de las Fuerzas Armadas, Carabineros o Policía de Investigaciones, deben presentar una solicitud ante la Corte de Apelaciones respectiva del territorio en donde quiere llevar a cabo el procedimiento. Luego, un ministro designado aprobará o rechazará la medida intrusiva, de acuerdo al mérito jurídico de cada solicitud.

Si bien la legislación vigente es específica en esto, hay al menos tres casos en que el aparato de inteligencia ha logrado autorizaciones cuestionables de los jueces para interceptar las comunicaciones. 

Hoy el tema está en boga a partir del espionaje sufrido por el periodista Mauricio Weibel, quien en 2015 destapó el fraude al interior del Ejército conocido como Milicogate. En 2016, mientras Weibel continuaba la investigación, la Dirección de Inteligencia del Ejército (Dine) llevó a cabo la Operación W, la cual consistió en interceptar las comunicaciones del profesional. Esta fue aprobada por un ministro de la Corte de Santiago, Juan Antonio Poblete o Maritza Villadangos, según los antecedentes que ha revelado La Tercera.

Fuentes cercanas al caso señalaron a INTERFERENCIA que consideran probable que Poblete o Villadangos haya visado esto sin siquiera notar que la Operación W consistía en espiar a un periodista. El documento que validó esta medida intrusiva es secreto, por lo tanto no es posible conocer qué se le mostró al juez que firmó la autorización.

Aner Padilla, el ministro que se saltó la ley en Huracán

En septiembre de 2017 estalló la Operación Huracán. Carabineros detuvo a ocho mapuche de manera simultánea en distintos puntos del país, acusados de pertenecer a una organización ilícita de carácter terrorista que había realizado una serie de atentados y que planificaba unos cuantos más. Toda esta versión se sustentó en supuestas interceptaciones comunicacionales realizadas por la Unidad de Inteligencia Operativa Especializada (Uioe) de Carabineros de La Araucanía. 

Si bien la historia de este caso es conocida por la implantación de mensajes realizada por Carabineros con la cual se manipuló evidencia, la Corte de Apelaciones de Temuco autorizó la interceptación de comunicaciones, pero no obedeciendo lo que dice la ley.

En el informe 130 de Carabineros enviado a la Fiscalía el 20 de septiembre de 2017, el cual contiene los supuestos mensajes entre los mapuche detenidos, se agrega un antecedente clave respecto del actuar de la Corte de Temuco. El 9 de agosto y el 7 de septiembre de aquel año, el ministro Aner Padilla firmó autorizaciones para interceptar comunicaciones. Sin embargo, el mismo documento muestra que Carabineros venía aplicando la medida intrusiva desde antes, el 1 de agosto, lo que dejó en evidencia que venían realizando esto sin autorización y luego el ministro validó parte de lo obtenido de manera retroactiva.

Por estos hechos, revelados en Radio Universidad de Chile en un reportaje de 2017 de la periodista Natalia Figueroa con quien firma el presente artículo, el ministro Padilla no recibió ningún tipo de sanción.

En relación a la aludida unidad de Carabineros de La Araucanía, en marzo de 2018 Ciper Chile reveló una serie de antecedentes que mostraban cómo los uniformados espiaban a distintos periodistas del país.

Una condena por interceptación ilegal

La Ley de Inteligencia no es la única vía para interceptar comunicaciones. El Código Penal permite esta acción a los fiscales para perseguir delitos, pero deben ser autorizados por un juez de garantía en una audiencia reservada. Acá también se han dado casos cuestionables.

En 2011, por ejemplo, Ciper Chile reveló cómo las policías utilizaban como pretexto investigaciones de drogas para incluir otros teléfonos que deseaban pinchar.

Pero en la historia reciente, sí existen antecedentes de sentencias que castigan el actuar de los jueces ante el mal uso de las interceptaciones telefónicas. Una de estas afectó al abogado Pablo Ortega, quien es parte del Centro de Investigación y Defensa Sur (CidSur) estudio de abogados que defiende principalmente a mapuche acusados en causas relacionadas con el conflicto entre el Estado y el pueblo originario.

En 2011 la Corte Suprema condenó al fisco a indemnizar con $30 millones a Ortega, puesto que en 2002 la Fiscalía de La Araucanía -con los cuestionados fiscales Sergio Moya y Alberto Chiffelle dentro- solicitaron al tribunal interceptar las comunicaciones del abogado, argumentando que éste era asesor de la supuesta asociación ilícita terrorista que investigaban, en la cual sindicaron a Héctor Llaitul, Pascual Pichún, Patricia Troncoso, entre otros. Pero, en los hechos, Ortega solamente había defendido en otras causas a algunos de los involucrados.

La jueza que autorizó las escuchas -según consta en la sentencia de la Corte Suprema, pero sin indicar el nombre de la magistrada- declaró no saber que Pablo Ortega era abogado.

INTERFERENCIA contactó al Poder Judicial para tener algún pronunciamiento respecto de qué pasa con los jueces al dar estas autorizaciones, pero no hubo respuesta.



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