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Viernes, 19 de Abril de 2024
Asesinato de Frei Montalva

Ante cuestionamientos, abogados de Derechos Humanos respaldan fallo del juez Madrid

Nicolás Massai D.

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Foto: Biblioteca del Congreso Nacional
Foto: Biblioteca del Congreso Nacional

Los columnistas de La Tercera, Ascanio Cavallo, y de El Mercurio, Carlos Peña, cuestionaron la sentencia del juez Alejandro Madrid, desatando una ola de críticas y elogios. Ambos ponen en duda el estándar probatorio del magistrado. Pero varios abogados expertos aseguran que sus dudas son 'livianas'.

Admision UDEC

La sentencia del juez Alejandro Madrid, que  asegura que el ex presidente Eduardo Frei Montalva fue asesinado, y que condenó al médico Patricio Silva Garín a 10 años de presidio como autor del delito de homicidio –y a Luis Becerra y Raúl Lillo como co-autores, junto a otras tres personas que recibieron penas menores–, desató un apoyo masivo de parte de distintos actores del mundo político.

Sin embargo, también generó dudas de varios expertos y desató una polémica en la prensa tradicional. Este último capítulo llegó a su punto cúlmine el domingo 3 de febrero, cuando el periodista Ascanio Cavallo –co-cautor de La historia oculta del Régimen Militar y socio de la agencia de comunicaciones Tironi y Asociados– criticó la esencia probatoria del fallo en su columna dominical en La Tercera.

“Los casos de derechos humanos han sido minuciosos para establecer momentos, instrumentos, móviles, órdenes y circunstancias en los delitos (…) La sentencia del juez Madrid está lejos de esos estándares”, escribió.

Cavallo no fue el único en cuestionar la solidez del fallo de Madrid. Carlos Peña, abogado y rector de la Universidad Diego Portales, salió a cuestionar la sentencia en su columna dominical en el Cuerpo de Reportajes de El Mercurio. En esta afirmó que si bien la decisión del juez Madrid resulta convincente en el contexto de la dictadura –con los asesinatos de Carlos Prats y Orlando Letelier, entre otros–, no alcanza el estándar deseado en el derecho.

“No parece seguro que la irrefutabilidad histórica de su decisión (en la que parece esmerarse) se sostendrá ante la mirada escrutadora, individualizada y, algún sentido, más estrecha del jurista que se resistirá a ver en lo que se acredita como mala praxis médica, el dolo directo del homicidio”, expuso.

Así, en un mismo día dos de los columnistas que más influyen en moldear la opinión pública del país –y que siempre han condeado las violaciones a los derechos humanos cometidos por la dictadura de Pinochet– cuestionaron la seriedad del fallo que estableció que el ex Presidente de la DC fue asesinado por la dictadura.

Ni Cavallo ni Peña ponen en duda de que el ex mandatario efectivamente pudo haber sido asesinado por órdenes de Pinochet, sino que cuestionan los fundamentos jurídicos del fallo del ministro.

Pero sus opiniones, por cierto, distan de las recogidas por INTERFERENCIA con abogados especializados en derechos humanos, quienes aseguran que la condena goza de todo el sustento judicial.

Presunción judicial

“Bajo las ideas de Cavallo y Peña, hoy tendríamos pocas condenas en casos de ejecutados y prácticamente ninguna en casos de desaparecidos”, afirma el abogado y profesor de Derechos Humanos de la Facultad de Derecho de la Universidad Alberto Hurtado, Tomás Pascual.

A este jurista, que se desempeñó en el Programa de Derechos Humanos del Ministerio del Interior, le extraña que genere tanta sorpresa una condena con base en “presunciones judiciales”.

”El que un fallo opere sobre las base de presunciones es parte de las reglas procedimentales de la época en que se cometieron los hechos. Pero no es algo subjetivo. Para que una presunción adquiera el estándar probatorio exigido, se requiere que se funden en hechos reales y probados; que sean múltiples y graves; que sean precisas, de tal manera que una misma no pueda conducir a conclusiones diversas (…) Es decir, se trata de elementos que conducen inequívocamente a la comisión de un delito”, dice.

Según Pascual existen ejemplos de sobra en la historia judicial relacionada a la dictadura. En algunas condenas que cayeron sobre agentes de la DINA o del Comando Conjunto, en muchos casos no existían víctimas sobrevivientes, por lo que determinados testimonios fueron fundamentales para lograr una pena efectiva. Así fue en el caso de Jorgelino Vergara, conocido como ‘El Mocito’, cuyo relato sirvió para reconstruir la historia de la Brigada Lautaro de la DINA en el cuartel Simón Bolívar, ubicado en La Reina, donde nadie salió vivo.

El caso de Andrés ‘Papudo’ Valenzuela fue igual de elemental. Él entregó una primera declaración a la periodista Mónica González en la revista Cauce, la que, por cierto, resultó la primera que provino de un agente de inteligencia y que develó la existencia del Comando Conjunto que describió la represión que cayó sobre el Partido Comunista a mediados de los años 70.

“Eso, sumado a otros testimonios de ex agentes y familiares, ha permitido dar con la organización criminal y sus integrantes, pero el detalle de la detención, tortura, muerte y posterior desaparición, no es mucho más precisa que lo contenido en los informes”, afirma Pascual.

Francisco Ugás, abogado querellante junto a Nelson Caucoto en representación de Carmen Frei, quien también se desempeñó como jefe de programa de Derechos Humanos del Ministerio del Interior durante el primer gobierno de Sebastián Piñera (2010-2014), comentó que en su columna, Ascanio Cavallo “cuestiona el fallo sin que, en concreto, aborde qué es lo que cuestiona”.

“Con todas las dificultades que tuvo el tribunal, y el trabajo investigativo, se cumple el estándar que hay determinadas presunciones judiciales que permiten establecer ciertos hechos, como por ejemplo, que hay dos peritajes que fueron realizados por distintas vías, procedimientos, y ambos llegan a la conclusión de que se habían inoculado agentes tóxicos en el cuerpo de la víctima”, dice.

El mismo peso a las presunciones judiciales es el que entregó Cristián Cruz, abogado de derechos humanos y parte querellante de casos como la Caravana de la Muerte. “Una serie de presunciones nos van a llevar a una conclusión, eso es lo que se construye y lo que tenemos en toda esta serie de sujetos actuando sobre el ex presidente Frei, y de la manera que se describe en el fallo”, afirma.

De todas formas, al fallo del juez Alejandro Madrid le quedan otras etapas a nivel judicial, en la Corte de Apelaciones de Santiago y en la Corte Surpema, hasta donde recurrirán las distintas defensas e incluso la parte querellante, que este lunes presentó al Tribunal de Alzada de Santiago un recurso para recalificar el delito de homicidio simple a homicidio calificado, solicitando la cadena perpetua para los imputados Patricio Silva Garín, Raúl Lillo y Luis Becerra.



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