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Sábado, 19 de Julio de 2025
Caso de 2018

Deniegan petición de Crespo: TC seguirá considerando 'apremio ilegítimo' disparar a rostro de manifestante desarmado a corta distancia

Joaquín Riffo B.

El ex oficial de Carabineros -también acusado de disparar y cegar a Gustavo Gatica- buscó que el Tribunal Constitucional eliminase una condena anterior de 2018 por lesiones graves al disparar su escopeta, solicitando la inaplicabilidad de la expresión “apremios ilegítimos u otros tratos crueles, inhumanos o degradantes”.

Durante la jornada de ayer miércoles, el Tribunal Constitucional (TC) decidió rechazar el requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad que presentó el ex carabinero Claudio Crespo por el delito de apremios ilegítimos y lesiones graves ocurridos durante 2018.

El ex teniente coronel que tomó notoriedad por ser sindicado como el autor del disparo de la escopeta de balines que cegó a Gustavo Gatica durante el estallido social, posee una condena por un hecho parecido, un año antes.

Tal como informó INTERFERENCIA en su artículo “Alto oficial de Carabineros que disparó a corta distancia a la cara de un manifestante desarmado en 2018, ascendió y hoy dirige la represión en Plaza Dignidad” de febrero de 2020, Crespo hirió a un manifestante de iniciales E.G.A., a quien le disparó a menos de cinco metros en la cara con su escopeta antimotines durante el Día del Joven Combatiente en Huechuraba, estando desarmado, provocándole lesiones gravísimas en su rostro.

Según el proceso judicial, la acción de Crespo fue “de forma directa al rostro de la víctima, quien a una distancia de entre tres a cinco metros recibió en su cara, boca y cuello, el impacto de 11 de los 12 perdigones contenidos en el cartucho utilizado por la escopeta antidisturbios. Luego, el imputado junto a los otros tres carabineros tripulantes, tomaron detenido al afectado, declarando además hechos falsos en el respectivo parte policial”.

El ex teniente coronel que tomó notoriedad por ser sindicado como el autor del disparo de la escopeta de balines que cegó a Gustavo Gatica durante el estallido social, posee una condena por un hecho parecido, un año antes.

El TC resaltó que se trata de “hechos que a juicio del Ministerio Público configuran el delito consumado de apremios ilegítimos con resultado de lesiones graves, del Artículo 150 D del Código Penal; además de habérsele imputado al actor la comisión de los delitos consumados de detención ilegal (artículo 148 del Código Penal) y de obstrucción a la investigación (Artículo 269 bis. del Código Penal)” (Al respecto, ver artículo “¿Irreprochable conducta anterior? Cuando el teniente coronel Crespo disparó a cara de manifestante a corta distancia antes del estallido social” de INTERFERENCIA)

Argumentación y rechazo 

En su requerimiento respecto al caso, Crespo argumentó que la expresión “apremios ilegítimos u otros tratos crueles, inhumanos o degradantes, que no alcancen a constituir tortura”, no se aplicaban.

El TC rechazó la moción, argumentando que “no puede preterirse tampoco que la aplicación de tortura y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes es una perversión y una degeneración del poder estatal, pues lo hace pasar de ser garante de derechos y de estar al servicio de la persona a ser todo lo contrario: un poder irresistible que somete al ser humano transformándolo en un objeto de sacrificio y aflicción forzada, negando así uno de los fundamentos de validez del poder estatal, cual es el respeto y promoción de los derechos fundamentales, que por lo demás se recoge expresamente en el artículo 5° inciso segundo de a Constitución Política”. 

En esa línea, el tribunal añadió que “el Estado de Chile ha verificado en el pasado actos de reconocimiento de tortura y prisión política, a partir de los cuales hay testimonio escrito y material con suficiente conceptualización, definiciones y calificaciones (…) Es por todo lo expuesto que no existe vulneración de la garantía constitucional de la lex certa, debiendo rechazarse el requerimiento”.



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Ningún Tribunal puede permitir que asesinos resguarden la seguridad en ninguna Institución del Estado, aunque muchos parlamentarios e incluso en el Ejecutivo intenten mantener el sistema represivo que destruye nuestra sociedad, en su dignidad y en su democracia.

Claudio Crespo es un peligro para la sociedad, debería esperar su juicio detenido en una cárcel común.

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