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Miércoles, 18 de Marzo de 2026
Estudian "caso a caso"

Traumas oculares, patadas en la cabeza y disparos a quemarropa: estos son los carabineros y militares condenados que Kast quiere indultar

Felipe Arancibia Muñoz

El asesino de Romario Veloz, el culpable del trauma ocular de Fabiola Campillai y los autores de la golpiza que provocó la muerte cerebral de Mario Acuña podrían ser indultados por el gobierno entrante. 

En su primera semana en el poder, el presidente José Antonio Kast anunció que estudia indultar a funcionarios policiales y militares que cumplan cárcel efectiva por condenas relacionadas al Estallido Social del 18 de octubre de 2019.

Carabineros como Patricio Maturana, condenado por cegar a la senadora Fabiola Campillai, o Henry Cuellar y Víctor Lastra, condenados por la golpiza a Mario Acuña que le causó muerte cerebral, podrían acceder al beneficio.

En esta línea, Kast encomendó un análisis jurídico al Ministerio de Justicia, que deberá revisar caso a caso los antecedentes de los condenados, quienes podrán elevar una solicitud de indulto particular al presidente.

Según trascendidos de prensa, uno de los casos que se estudia es el del capitán del Ejército José Santiago Faúndez Sepúlveda, quien fue condenado a 15 años de cárcel por el delito de violencia innecesaria causando la muerte de Romario Veloz Cortés el 20 de octubre de 2019 en La Serena.

Sin embargo, el anuncio del estudio de los indultos abrió el primer flanco para el gobierno entrante, que no contaría con el apoyo de toda la derecha para avanzar en dichas medidas. En palabras del presidente de la Cámara de Diputados, Jorge Alessandri (UDI), “si fuera por estrategia política yo no habría puesto el tema de los indultos al principio del gobierno”.

Posibles indultados

Según el informe «Jurisprudencia destacada del INDH. Sentencias condenatorias por tortura y otros malos tratos (Ley 20.968)», de abril de 2024, existen 14 sentencias firmes y ejecutoriadas por hechos ocurridos durante el estallido social.

Aquí un desglose:

Caso de la senadora Fabiola Campillai

Un caso emblemático de violencia estatal durante el estallido social es el de la senadora Fabiola Campillai, cegada por un disparo de la escopeta lanza gases del capitán de Carabineros Patricio Maturana.

El tribunal que condenó al funcionario tuvo por acreditado que el 26 de noviembre de 2019, el capitán Patricio Maturana «efectuó un disparo con la carabina lanza gases que portaba, disparando de frente en forma recta, dirigiéndola directamente a las personas ubicadas en ese lugar, en un ángulo inferior a 10 grados, sin realizar parábola alguna, impactando un proyectil de frente en el rostro de la víctima F.C., que se encontraba aproximadamente a 51 metros de distancia, quien cae al suelo perdiendo el conocimiento y sufriendo lesiones gravísimas».

Maturana fue condenado a 12 años y 183 días de presidio mayor en su grado medio y penas accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.

Senadora Fabiola Campillai. Créditos: Gabriel Pecot

Senadora Fabiola Campillai. Créditos: Gabriel Pecot
Senadora Fabiola Campillai. Créditos: Gabriel Pecot

Ficha

Tribunal: Tribunal Oral en lo Penal de San Bernardo.
Fecha de sentencia: 18 de enero de 2023 (rechazo de nulidad).
Rol de la causa: Rol 3346-2022 (RIT 60-2022).
Estado de la causa: Firme y ejecutoriada.
Condenado: Patricio Maturana Ojeda (Carabineros de Chile).
Delito: Apremios ilegítimos con resultado de lesiones graves gravísimas.
Pena aplicada: 12 años y 183 días de presidio mayor en su grado medio.

El caso de Mario Acuña

El 23 de octubre del 2019 un grupo de personas de distintas edades se manifestaba pacíficamente en una plaza en Bajos de Mena, comuna de Buin. A las 23:15 una patrulla de Carabineros llega al lugar, percutiendo una escopeta antidisturbios, hiriendo a dos personas.

En ese contexto, los funcionarios de Carabineros, Henry Giovanny Cuellar Vega y Víctor Antonio Lastra Marguirot, detuvieron a Mario Acuña, procediendo a patearlo en el suelo, principalmente en la cabeza, provocando un traumatismo encefálico con compromiso de nervios y médula espinal. Las secuelas para Acuña fueron permanentes y definitivas, incluyendo inhabilidad laboral total e incapacidad para el autocuidado.

El tribunal condenó a los carabineros Henry Cuellar Vega y a Víctor Lastra Marguirott a 12 años y 183 días de presidio mayor en su grado medio y a las penas accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena, como autores del delito consumado de apremios ilegítimos causando lesiones graves gravísimas, sin pena sustitutiva. 

Así también, condenó al capitán Juan Rosales Apablaza a la pena de 3 años y 1 día de presidio menor en su grado máximo, como autor del delito de apremios ilegítimos dado los disparos realizados. La pena fue sustituida por libertad vigilada intensiva.

Ficha

Tribunal: Tribunal Oral en lo Penal de San Bernardo
Fecha de sentencia: 3 de agosto de 2023.
Rol de la causa: RIT 307-2022 / RUC 1910053761-6.
Estado de la causa: Firme y ejecutoriada.
Condenados: Henry Cuellar Vega, Víctor Lastra Marguirott y Juan Rosales Apablaza (Carabineros de Chile).
Delito: Apremios ilegítimos y lesiones graves gravísimas.
Pena aplicada: Cuellar y Lastra: 12 años y 183 días de presidio mayor.

Militar que disparó contra manifestante

El 20 de octubre de 2019, durante manifestaciones en la Plaza de Armas de Colina, el cabo 1° del Ejército, Pedro Lavín Villalobos, disparó su fusil de guerra M4 contra un joven que lanzó un objeto a un furgón policial, a una distancia aproximada de entre 25 a 30 metros.

Para el Tribunal Oral en lo Penal de Colina, «quedó acreditado que en el momento en que C. A. U. se agachó para recoger un objeto desde el suelo a fin de ser lanzado contra el furgón de carabineros que trasladaba al piquete, este se encontraba en marcha, con todos los funcionarios de la octava comisaría en su interior y a una distancia tal que resultaba físicamente imposible, incluso causar daños al vehículo». 

El proyectil disparado por Lavín impactó en el fémur de la víctima, causándole un shock hemorrágico y lesiones neurovasculares tan severas que le provocaron secuelas funcionales permanentes, dejándolo dependiente de muletas para desplazarse. Según la sentencia, «las lesiones dejaron secuelas funcionales permanentes, además de deformación estética deformante, y sanan, previo múltiples tratamientos quirúrgicos especializados, entre 450 y 500 días y hubieran resultado mortales, de no mediar socorros médicos oportunos, los que fueron prestados inmediatamente por funcionarios del Ejército de Chile».

El cabo Pedro Lavín fue condenado a 7 años de presidio mayor en su grado mínimo, por apremios ilegítimos con resultado de lesiones graves gravísimas.

Ficha

Tribunal: Tribunal Oral en lo Penal de Colina.
Fecha de sentencia: 28 de diciembre de 2022.
Rol de la causa: RIT 52-2022 / RUC 1901133327-6.
Estado de la causa: Firme y ejecutoriada.
Condenado: Pedro Lavín Villalobos (Ejército de Chile).
Delito: Apremios ilegítimos con resultado de lesiones graves gravísimas.
Pena aplicada: 7 años de presidio mayor en su grado mínimo.

Pedro Marín Villalobos

Pedro Marín Villalobos
Pedro Marín Villalobos.

Carabinero que provocó ceguera de una niña

El 21 de noviembre de 2019, alrededor de las 16:30, una niña de 14 años participaba pacíficamente de una manifestación en la intersección de Avenida José Miguel Carrera y Avenida Ossa, en la comuna de La Cisterna, cuando el carabinero Luis Castillo Fernández la golpeó con su luma en el tórax y, luego, directamente en el ojo derecho. 

Producto de esta agresión, la joven sufrió una conmoción retinal y edema de Berlín que derivaron en una ceguera permanente e irreversible el ojo derecho. El fallo de la Corte de San Miguel estableció que no existió una agresión previa de la menor que justificara una reacción defensiva, calificando el acto como un acometimiento desproporcionado.

Si bien el tribunal reconoció la atenuante de irreprochable conducta anterior, Castillo Fernández fue condenado a 11 años de cárcel como autor del delito de apremios ilegítimos con resultado de lesiones graves gravísimas.

Ficha

Tribunal: Corte de Apelaciones de San Miguel
Fecha de sentencia: 24 de febrero de 2026.
Rol de la causa: RIT 3570-2025.
Estado de la causa: Firme y ejecutoriada.
Condenado: Luis Antonio Castillo Fernández (Carabineros de Chile).
Delito: Apremios ilegítimos con resultado de lesiones graves gravísimas.
Pena aplicada: 11 años de cárcel y accesorias legales.

Luis Castillo Fernández.

Luis Castillo Fernández.
Luis Castillo Fernández.

Disparo desde balcón municipal 

El 20 de octubre de 2019, alrededor de las 18:30 horas, el joven de 20 años Renzo Inostroza Canales caminaba junto a un amigo por la vereda poniente de la Gran Avenida, en la comuna de La Cisterna, cuando el cabo 1° de Carabineros Belisario Morales Martínez realizó disparos con una escopeta antidisturbios desde el segundo piso de la municipalidad. 

Producto de esta acción, la Inostroza sufrió un agujero macular traumático y contusión ocular por la onda expansiva de los perdigones, lo que resultó en una pérdida total y permanente de la visión en su ojo izquierdo, además de múltiples heridas en el rostro y extremidades. 

Aunque el tribunal reconoció la atenuante de irreprochable conducta anterior, Belisario Morales fue condenado a dos penas de cumplimiento efectivo que suman 8 años y dos días de cárcel. 

Ficha

Tribunal: 6° Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago.
Fecha de sentencia: 2 de enero de 2025.
Rol de la causa: RIT 434-2023.
Estado de la causa: Firme y ejecutoriada.
Condenado: Belisario Alexis Morales Martínez (Carabineros de Chile).
Delito: Disparo injustificado en la vía pública y lesiones graves gravísimas.
Pena aplicada: 3 años y un día más 5 años y un día de presidio (8 años y 2 días en total).

Homicidio frustrado y falsificación de instrumento público en Ovalle 

El 19 de octubre de 2019, alrededor de las 21:05 horas, Benjamín Huerta Escobar observaba sin participar las manifestaciones en la comuna de Ovalle, cuando fue interceptado por el capitán de Carabineros Hugo Raúl Navarro Corvalán. El oficial, quien se encontraba haciendo uso de una licencia médica pero acudió al sector armado con su revólver personal .357 Magnum, forcejeó con el joven, lo redujo e inmovilizó para luego efectuarle un disparo a corta distancia directamente en la zona inguino-pélvica. Tras el disparo, la víctima fue arrastrada hacia el interior de la Tercera Comisaría de Ovalle, donde recibió golpes adicionales mientras era trasladada a los calabozos.

Producto de la agresión, Escobar sufrió una fractura de pubis derecho sin salida de proyectil, lesión que fue calificada clínicamente como de tipo homicida y que habría resultado mortal de no haber mediado socorros médicos eficaces y oportunos. 

El fallo estableció que la víctima no portaba armas ni representaba un riesgo vital para el oficial, descartando cualquier causal de legítima defensa o cumplimiento del deber. Asimismo, se acreditó que el condenado ordenó la confección de un parte policial con hechos sustancialmente falsos, imputando a la víctima un delito de maltrato de obra que nunca existió para intentar justificar la detención ilegal y el uso de su arma.

Si bien se reconoció la atenuante de irreprochable conducta anterior, Navarro Corvalán fue condenado a tres penas de cumplimiento efectivo que suman más de siete años de cárcel. 

Tribunal: Corte Suprema
Fecha de sentencia: 25 de noviembre de 2022.
Rol de la causa: RIT 50-2020 / Rol 40.975-2022.
Estado de la causa: Firme y ejecutoriada.
Condenado: Hugo Raúl Navarro Corvalán (Carabineros de Chile).
Delito: Homicidio frustrado, detención ilegal y falsificación de instrumento público.
Pena aplicada: 6 años, 61 días y 541 días de presidio (cumplimiento efectivo).

Otros casos sin cárcel efectiva

Otros casos recientes destacados en el informe del INDH, apuntan a condenas sin cumplimiento de cárcel efectiva.

Disparo de proyectil cinético en el rostro de una actriz 

El 18 de octubre de 2019, cerca de las 19:57 horas, la actriz María Paz Grandjean se encontraba en la intersección de la Alameda con calle Ramón Corvalán, en Santiago, cuando el capitán de Carabineros Tomás Rodríguez Soriano realizó dos disparos con una escopeta antidisturbios de forma directa al rostro de la víctima a una distancia de 16 metros, en momentos en que ella se encontraba a rostro descubierto y sin representar una amenaza para el personal policial.

Producto de la agresión, Grandjean sufrió un trauma maxilofacial, hematomas mandibulares y una herida en el rostro, además de quedar con secuelas de estrés postraumático crónico. La sentencia determinó que la acción fue innecesaria y desproporcionada, estableciendo que el funcionario incumplió los reglamentos institucionales al disparar al tercio superior del cuerpo sin que existiera un riesgo real para la integridad propia o de terceros que justificara el uso de armamento.

Rodríguez Soriano fue condenado a 3 años de presidio, otorgándosele el beneficio de la remisión condicional sujeta a un periodo de observación y asistencia ante Gendarmería.

Ficha

Tribunal: Corte Suprema
Fecha de sentencia: 26 de enero de 2026.
Rol de la causa: RIT 396-2023.
Estado de la causa: Firme y ejecutoriada.
Condenado: Tomás Pablo Rodríguez Soriano (Carabineros de Chile).
Delito: Apremios ilegítimos.
Pena aplicada: 3 años de presidio menor en su grado medio (sustituidos por remisión condicional).

Trauma ocular por escopeta antidisturbios en Temuco

El 19 de octubre de 2019, el mayor de Carabineros y comisario de la Primera Comisaría de Fuerzas Especiales de Temuco, Manuel Martínez López, disparó directamente y sin ninguna justificación al tercio superior del cuerpo de L.J.C., durante una manifestación en avenida Caupolicán con calle Manuel Montt, en la comuna de Temuco. 

«Como resultado del disparo, L.J.C. sufrió una herida grave en el ojo derecho, causando su hospitalización por 15 días y requiriendo dos cirugías, lo que resultó en la pérdida total de la visión de ese ojo», apunta el informe del INDH.

Martínez López fue condenado a 5 años de presidio menor en su grado máximo como autor de apremios ilegítimos, pena que fue sustituida por libertad vigilada intensiva.

Ficha

Tribunal: Tribunal Oral en lo Penal de Angol.
Fecha de sentencia: 16 de enero de 2024.
Rol de la causa: RIT 222-2023 / RUC 1901134991-1.
Estado de la causa: Firme y ejecutoriada.
Condenado: Manuel Martínez López (Carabineros de Chile).
Delito: Apremios ilegítimos con resultado de lesiones graves gravísimas.
Pena aplicada: 5 años de presidio menor en su grado máximo (libertad vigilada intensiva).

Tortura en la estación Metro Universidad de Chile

El tribunal tuvo por acreditado que los carabineros Gustavo Ferrada Vásquez y Nicolás Neira Durán, persiguieron e interceptaron a R.P.F.S., el 31 de enero de 2020, alrededor de las 13:00, en el interior de la estación de Metro Universidad de Chile. Tras ello, Neira Durán procedió a agredirlo con golpes de pie en su rostro, para luego golpearlo con el bastón de servicio que portaban. «Luego de ello, los imputados detienen y esposan a la víctima y la conducen al exterior de la estación de Metro indicada, amenazándolo de continuar la agresión, mientras le apretaban las esposas y le torcían los dedos de las manos», apunta la sentencia. 

En el trayecto a la Primera Comisaría de Carabineros Santiago, los funcionarios «comenzaron a doblarle los brazos a la víctima y Nicolás Andrés Neira Durán, lo asfixió, en forma reiterada y durante varios segundos, para, luego los acusados, estando ocultos tras un retén móvil que se encontraba en las cercanías de la Primera Comisaría de Carabineros de Santiago, tomarlo de los brazos y pies, balanceándolo y azotándolo contra un portón ubicado en calle Enrique Mac Iver antes de llegar a calle Santo Domingo». 

«Producto de las agresiones sufridas, la víctima resultó con diversas lesiones, siendo una de ellas de carácter grave consistente en fractura de huesos nasales con desplazamiento», señala el fallo.

En tribunal condenó a los carabineros a la pena de 5 años de presidio menor en su grado máximo por el delito de torturas y la pena accesoria de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, por lo que no es aplicable pena sustitutiva.

Ficha

Tribunal: 4° Tribunal Oral en lo Penal de Santiago.
Fecha de sentencia: 25 de marzo de 2024
Rol de la causa: RIT 60-2024 / RUC 2010038836-8.
Estado de la causa: Pendiente recurso de nulidad
Condenados: Nicolás Andrés Neira Durán y Gustavo José Andrés Ferrada Vásquez (Carabineros de Chile).
Delito: Tortura.
Pena aplicada: 5 años de presidio menor en su grado máximo.

Vejaciones y agresiones contra mujeres en Quilpué

El informe del INDH constata la condena por el caso de L.E.T.C. y N.D.C.A., dos manifestantes que fueron detenidas durante una protesta en Quilpué el 21 de noviembre de 2019

En ese contexto, al interior del retén móvil, la cabo segundo de Carabineros Nadia Muñoz Cornejo golpeó a L.E.T.C. con patadas, golpes de bastón retráctil y, a pesar de ser advertida por ambas detenidas sobre la hernia abdominal que sufría, continuó golpeándola específicamente en el abdomen.  «También profirió insultos hacia ambas, sobre su aspecto, y trató a ambas de “lesbianas”. Además, roció sus rostros con gas pimienta. Posteriormente, en la Comisaría, Muñoz obligó a las víctimas a desnudarse y realizar sentadillas, y propinó a L.E.T.C. dos golpes de puño en el rostro y un escupitajo». 

El tribunal condenó a Muñoz Cornejo a 4 años de presidio menor por apremios ilegítimos, que fue conmutada por libertad vigilada intensiva.

Ficha

Tribunal: Tribunal Oral en lo Penal de Viña del Mar.
Fecha de sentencia: 7 de marzo de 2023.
Rol de la causa: RIT 433-2022 / RUC 1910067144-4.
Estado de la causa: Firme y ejecutoriada.
Condenada: Nadia Muñoz Cornejo (Carabineros de Chile).
Delito: Apremios ilegítimos.
Pena aplicada: 4 años de presidio menor en su grado máximo (libertad vigilada intensiva).

Malos tratos físicos en la 51° Comisaría de Pedro Aguirre Cerda

Cerca de las dos de la madrugada del 21 de octubre de 2019, J. M. R fue detenido en el supermercado Santa Isabel de Carlos Valdovinos, en la comuna de Pedro Aguirre Cerda, por funcionarios policiales.

Durante la detención, el tribunal tuvo por constatado que una mujer sin identificar con uniforme de carabineros, agredió a J. M. R. con «sin motivo alguno que justificase tal agresión y en la forma contraria a todo protocolo».

Tras ello, «en la unidad policial, los funcionarios Javier Marchant. Marcos Valenzuela y Marcos Vásquez, golpearon a J. M. R. mientras lo mantenían en el suelo, agrediéndolo con golpes de pie y puño. Funcionarios presenciaron los golpes sufridos por J.M.R por parte de sus compañeros de unidad sin detener la situación. A raíz de las agresiones, la víctima J.M.R resultó con múltiples contusiones y hematomas».

«Posteriormente, en el sector de calabozos, la víctima fue golpeada en el suelo por terceros ante la presencia omisiva de los encargados de custodia Valenzuela y Vásquez, quienes no intervinieron para hacer cesar los malos tratos de los que tenían pleno conocimiento».

El tribunal condenó a los carabineros Marchant, Valenzuela y Vásquez a la pena de 2 años de presidio menor en su grado medio y accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. Las condenas fueron sustituidas por remisión condicional.

Ficha

Tribunal: 6°Tribunal Oral en lo Penal de Santiago.
Fecha de sentencia: 24 de marzo de 2023.
Rol de la causa: RIT 169-2022 / RUC 1901142805-6.
Estado de la causa: Firme y ejecutoriada.
Condenados: Javier Marchant Ferrada, Marcos Valenzuela Yévenes y Marcos Vásquez Ayala (Carabineros de Chile).
Delito: Apremios ilegítimos.
Pena aplicada: 2 años de presidio menor en su grado medio (remisión condicional).

Múltiples agresiones del Capitán Luengo en Coquimbo

El capitán de Carabineros, Ricardo Luengo, fue condenado por tres hechos diferentes ocurridos entre octubre y diciembre de 2019.

El 20 de octubre disparó por la espalda a corta distancia contra un manifestante inmovilizado y falsificó un parte por desórdenes públicos y maltrato de obra a Carabineros. El 22 de octubre agredió a un periodista que transmitía en vivo golpeándolo con una escopeta en la cabeza. El 2 de diciembre detuvo y agredió con golpes de pie y puño a una manifestante, que luego acusó falsamente de maltrato de obra a Carabineros. 

Luengo fue condenado a cinco años de presidio menor en su grado máximo como autor de apremios ilegítimos, vejamen injusto, detención ilegal, obstrucción a la investigación y falsificación de instrumento público contra las diferentes víctimas. Sin embargo, accedió a la sustitución por libertad vigilada intensiva.

Ficha

Tribunal: Juzgado de Garantía de Coquimbo.
Fecha de sentencia: 22 de septiembre de 2023.
Rol de la causa: RIT 5393-2019 / RUC 1910053550-8.
Estado de la causa: Firme y ejecutoriada.
Condenado: Ricardo Luengo Aracena (Carabineros de Chile).
Delito: Apremios ilegítimos, lesiones graves, detención ilegal y otros.
Pena aplicada: 5 años de presidio menor en su grado máximo (libertad vigilada intensiva).

Tratos degradantes y amenazas reiteradas en La Serena

Entre octubre de 2019 y marzo de 2020, la subteniente de carabineros Javiera Navarrete Hurtubia aplicó malos tratos físicos y psicológicos a personas detenidas en manifestaciones. En dos episodios, obligó a detenidos bajo amenazas a cantar repetidamente el himno nacional dentro de furgones policiales, y en un tercer hecho agredió a una mujer con golpes y gas químico, forzándola además a desnudarse en la unidad policial.

La subteniente Navarrete fue condenada a 3 años de presidio menor en su grado medio más suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, pena que fue sustituida por remisión condicional.

Ficha

Tribunal: Juzgado de Garantía de la Serena (procedimiento abreviado).
Fecha de sentencia: 24 de mayo de 2023.
Rol de la causa: RIT 8464-2019 / RUC 1910057609-3.
Estado de la causa: Firme y ejecutoriada.
Condenada: Javiera Navarrete Hurtubia (Carabineros de Chile).
Delito: Tres delitos reiterados de apremios ilegítimos.
Pena aplicada: 3 años de presidio menor en su grado medio (remisión condicional).

Apremios reiterados en la 43° Comisaría de Peñalolén

«Entre el 20 y 21 de octubre de 2019, funcionarios cometieron diversos abusos contra adultos y menores detenidos. Los hechos incluyeron golpear a víctimas que estaban esposadas e inmovilizadas a fierros de la unidad, azotarlas contra paredes y frotar deliberadamente sustancias lacrimógenas en los ojos, nariz y rostro de los detenidos, causándoles intensos padecimientos físicos y psíquicos».

Ficha

Tribunal: 7° Tribunal Oral en lo Penal de Santiago.
Fecha de sentencia: 31 de julio de 2023.
Rol de la causa: RIT 45-2023 / RUC 1910063924-9.
Estado de la causa: Firme y ejecutoriada.
Condenados: Juan Pablo Leiva Puga, Carlos Fuenzalida Gajardo y Sebastián González Faúndez (Carabineros de Chile).
Delito: Apremios ilegítimos reiterados.
Pena aplicada: Penas ajustadas tras nulidad parcial (Leiva Puga: dos de 61 días y dos de 541 días).

Agresión a niño de 13 años y falsificación de parte en La Serena

El 22 de noviembre de 2019, alrededor de las 21:00 horas, los carabineros Franco García Castillo y a Juan Avaria Olguín detuvieron a un niño de 13 años y lo golpearon con lumas en el rostro y el cuerpo, además de amenazarlo con violencia sexual. La condena apunta a que: «A raíz de la conducta desplegada por los acusados, la víctima padeció graves sufrimientos físicos consistentes en contusión de la región lumbosacra y de la pelvis, contusión de globo ocular y del tejido orbital y contusión de hombro y de brazo, haciéndolo padecer graves sufrimientos psíquicos que le originaron con posterioridad un trastorno por estrés agudo, insomnio mixto y fantasías psicopáticas reactivas».

Tras la detención, «los funcionarios redactaron un parte policial con información falsa, atribuyendo las lesiones del menor a una supuesta turba de manifestantes que habrían pasado por encima de él al huir».

El tribunal condenó a los carabineros como autores de apremios ilegítimos a la pena de 3 años y 1 día de presidio menor en su grado máximo, más otros 3 años y 1 día de presidio menor en su grado máximo como autores de falsificación de instrumento público.

Ficha

Tribunal: Tribunal Oral en lo Penal de La Serena.
Fecha de sentencia: 4 de septiembre de 2023.
Rol de la causa: RIT 161-2023 / RUC 1910062603-1.
Estado de la causa: Firme y ejecutoriada.
Condenados: Franco García Castillo y Juan Avaria Olguín (Carabineros de Chile).
Delito: Apremios ilegítimos y falsificación de instrumento público.
Pena aplicada: Dos penas de 3 años y 1 día (6 años y 2 días en total).

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