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Lunes, 25 de Mayo de 2026
Cámara de Comercio de Santiago

Centro de Arbitraje y Mediación: el reducto donde la élite decide los grandes conflictos empresariales de Chile

Francisca Santander Faúndez
Andrés Almeida

No tiene sede en ningún poder del Estado, pero en sus salas se resuelven —sin escrutinio público ni apelación— disputas millonarias entre grandes empresas, bancos, proveedores y contratistas que nunca llegan a la justicia ordinaria. Hasta hace pocos días la nómina de árbitros incluía a los actuales ministro Fernando Barros y el subsecretario Nicolás Balmaceda.

El Centro de Arbitraje y Mediación de la Cámara de Comercio de Santiago (CAM-CCS) es uno de los espacios de poder menos discutidos del país. Sin embargo, de forma discreta, ahí se deciden buena parte de los conflictos de la vida económica de Chile, sin que nadie se entere mayormente, ni nadie reclame, pues muchos de sus fallos son inapelables.

Sus 264 árbitros no son elegidos por mecanismos públicos de selección, no están sujetos a ningún control estatal y llegan a la nómina de esta entidad privada por razones que la opinión pública desconoce. Según el propio CAM, el proceso comienza con un concurso donde los postulantes envían sus currículums, que son revisados por el Centro y sometidos a votación del Consejo. Una vez en la nómina, la asignación de cada caso funciona mediante sorteo entre los árbitros disponibles, y las partes tienen derecho a recusar un nombre si consideran que no es imparcial. En teoría, un mecanismo que garantiza objetividad. En la práctica, un proceso que ocurre en su totalidad fuera del escrutinio público.

La legitimidad del oficio —en todo caso— está dada porque prestan un servicio técnico altamente especializado y expedito, el cual ofrece ventajas sobre juicios ordinarios, que tardan más y a veces desconocen razones técnicas. Además —en teoría— las partes acuden al servicio de manera voluntaria y pueden optar por árbitros de cualquier otra entidad. En teoría, porque los contratos que redactan las grandes corporaciones y la banca suelen imponer la cláusula de arbitraje específicamente en el CAM-CCS, lo que la hace —en la práctica— un monopolio. Uno oneroso, además, pues el servicio cobra un porcentaje por el monto demandado, por adelantado, lo que implica una fuerte asimetría entre las partes, cuando se trata de proveedores y contratistas, contra grandes corporaciones y bancos. El resultado es predecible: muchos proveedores simplemente no litigan. 

Un caso documentado por este medio es el de las Bodegas Maquirent contra BCI. El contrato entre ambas empresas establecía que cualquier controversia debía someterse al arbitraje de la Cámara de Comercio de Santiago, con una cláusula que señalaba expresamente que “en contra de las resoluciones del árbitro no procederá recurso alguno”.  Para el abogado de la empresa proveedora, se trata de una cláusula abusiva desde su origen, impuesta unilateralmente por el banco, que anula la igualdad de condiciones al momento de negociar y actúa como factor inhibidor para que las pymes ejerzan sus derechos. 

Sus 264 árbitros no son elegidos por mecanismos públicos de selección, no están sujetos a ningún control estatal y llegan a la nómina de esta entidad privada por razones que la opinión pública desconoce. Según el propio CAM, el proceso comienza con un concurso donde los postulantes envían sus currículums, que son revisados por el Centro y sometidos a votación del Consejo. Una vez en la nómina, la asignación de cada caso funciona mediante sorteo entre los árbitros disponibles, y las partes tienen derecho a recusar un nombre si consideran que no es imparcial. En teoría, un mecanismo que garantiza objetividad. En la práctica, un proceso que ocurre en su totalidad fuera del escrutinio público.

Los fallos del CAM-CCS no son conocidos sino por las partes, por lo que llegan a la opinión pública sólo cuando alguna de ellas decide darlo a conocer. Lo único medianamente transparente es la nómina de árbitros, la cual se actualiza a criterio de la entidad. Ahí se revela un patrón que no es casual: ministros de Sebastián Piñera y José Antonio Kast, presidentes de bancos, hijos de ex presidentes de la República y apellidos que llevan décadas concentrando poder en Chile.

A diferencia de los jueces, los árbitros no son designados por concurso público ni están sujetos a inhabilidades estrictas. No hay registro obligatorio de conflictos de interés, ni instancia ciudadana que supervise quién integra la nómina y con qué criterios. El organismo se administra a sí mismo, define sus propias reglas y opera fuera del escrutinio del sistema judicial ordinario. 

Sin embargo, lo más llamativo es que en la nómina descargable de árbitros CAM-CCS vigentes hasta al menos el lunes pasado, 18 de mayo de 2026, figuraban dos altos funcionarios de la actual administración de José Antonio Kast. Se trata de Fernando Barros Tocornal, abogado y socio fundador de uno de los estudios de abogados más grande de Chile, Barros & Errázuriz. Actualmente es Ministro de Defensa y en 1998, defendió a Pinochet tras su arresto en Londres. El otro alto funcionario del actual Gobierno es Nicolás Balmaceda (UDI), hoy subsecretario de Obras Públicas. 

Al menos siete árbitros del CAM fueron ministros de Estado, y de ellos, cinco participaron en los gobiernos de Piñera. No se trata solo de trayectorias ilustres: quienes administraron políticas públicas, firmaron contratos o regularon sectores enteros de la economía, hoy arbitran los conflictos que de esos mismos años pueden desprenderse. 

Una de las figuras más llamativas es Hernán Larraín, quien fue presidente de la UDI, senador por más de 24 años y Ministro de Justicia y Derechos Humanos bajo el segundo mandato de Piñera. 

También está Gerardo Varela, quien se desempeñó como Ministro de Educación en Piñera II, período en que su gestión estuvo marcada por una visión de la educación como "bien económico". ¿Ha arbitrado alguna vez algún conflicto en que universidad sea parte? ¿Ha debido pronunciarse sobre materias que reguló como ministro? Son preguntas que, por el hermetismo del CAM-CCS, no tienen respuesta posible.

A la lista se suma Felipe Bulnes, quien ejerció como Ministro de Educación y luego de Justicia y Derechos Humanos, ambos cargos bajo el mismo mandatario. 

A la nómina de árbitros con vínculos directos a los gobiernos de Piñera se suma Juan José Ossa Santa Cruz, quien pasó por tres cargos con Piñera: director del Sernac en el primer mandato, subsecretario de Justicia entre 2018 y 2020, y Ministro Secretario General de la Presidencia hasta el final del gobierno. Militante de RN, es hijo de la historiadora Lucía Santa Cruz y del abogado y ex diputado Juan Luis Ossa Bulnes, una de las familias más enraizadas en los círculos jurídicos y políticos de la derecha chilena.

La cierra Teodoro Ribera, en la cartera de Justicia entre 2011 y 2012, y posteriormente como Ministro de Relaciones Exteriores entre 2019 y 2020. 

Altos funcionarios de Kast

Sin embargo, lo más llamativo es que en la nómina descargable de árbitros CAM-CCS vigentes hasta al menos el lunes pasado, 18 de mayo de 2026, figuraban dos altos funcionarios de la actual administración de José Antonio Kast. 

Se trata de Fernando Barros Tocornal, abogado y socio fundador de uno de los estudios de abogados más grande de Chile, Barros & Errázuriz. Actualmente es Ministro de Defensa y en 1998, defendió a Pinochet tras su arresto en Londres. 

El otro alto funcionario del actual Gobierno es Nicolás Balmaceda (UDI), hoy subsecretario de Obras Públicas. 

Dos figuras del gobierno de José Antonio Kast ligadas a un organismo que, entre otras materias, resuelve disputas entre privados y el Estado, sin que la ciudadanía tenga noticia de ello.

Actualmente, Barros y Balmaceda no figuran en la versión de la nómina más reciente, publicada con posterioridad a las indagaciones periodísticas para este artículo. Sin embargo, no hay mayor información respecto de la fecha exacta de su retiro como árbitros, la de entrada, las razones de su selección ni las causas que llevaron, las cuales eventualmente comprometen conflictos de intereses.

Tampoco faltan figuras de la Dictadura en el CAM-CCS. Vasco Costa Ramírez, quien fue ministro de Trabajo y Previsión Social en el período de Augusto Pinochet, es hoy uno de los árbitros que integran las salas en donde se resuelven fallos millonarios, lejos del escrutinio público. Hoy, además, es consejero de la Sociedad de Fomento Fabril (Sofofa) y presidente de la Asociación Gremial de Industrias Proveedoras (AGIP). 

Como el CAM-CCS es una entidad de derecho privado, no es posible saber en qué casos y cómo han fallado estos altos funcionarios, lo que hace de su jurisprudencia un secreto muy bien guardado, al que pueden acceder los abogados de los estudios más encumbrados de la élite. Algo que acrecienta las asimetrías.

Tanto Barros como Balmaceda, no declararon ser o haber sido árbitros del CAM-CSS en su declaración de intereses al asumir sus altos cargos.

Consultados por este medio, Fernando Barros —a través de su periodista—, señaló que estuvo inscrito en el CAM-CCS durante varios años, pero que al ser nombrado como ministro cortó todo vínculo con la institución, interrumpió los arbitrajes que tenía a cargo y solicitó por escrito no ser designado a ninguna causa futura. Sobre en qué causas participó, la respuesta fue escueta: todas corresponden a materias reservadas.

Desde la Subsecretaría de Obras Públicas, en tanto, confirmaron que Nicolás Balmaceda renunció mediante escrito a las causas que tenía vigentes al asumir el cargo, y que dicha renuncia fue aceptada.

Las respuestas llegaron por escrito, sin posibilidad de contrapreguntas. Ninguna despejó la pregunta central: que una causa sea reservada no equivale a que no exista conflicto de interés. Que un ministro y un subsecretario en ejercicio hayan arbitrado disputas entre privados y el Estado —sin declararlo en sus declaraciones de intereses, sin que se sepa en qué causas participaron ni con qué resultado— no queda resuelto por el solo hecho de haber renunciado a la nómina al asumir sus cargos.

El CAM, por su parte, defendió sus mecanismos internos sin ofrecer ningún registro público que los respalde. La opacidad no desaparece con la salida ni con las respuestas. 

Lo que ninguna de las dos respuestas tampoco aclara es cuando exactamente ambos funcionarios ingresaron a la nómina de árbitros del CAM-CCS, cuánto tiempo permanecieron en ella ni que tipo de causas administraron mientras ejercían simultáneamente sus roles en el sector privado. 

De derecha a derecha, y gotas DC

Tampoco faltan figuras de la Dictadura en el CAM-CCS. Vasco Costa Ramírez, quien fue ministro de Trabajo y Previsión Social en el período de Augusto Pinochet, es hoy uno de los árbitros que integran las salas en donde se resuelven fallos millonarios, lejos del escrutinio público. Hoy, además, es consejero de la Sociedad de Fomento Fabril (Sofofa) y presidente de la Asociación Gremial de Industrias Proveedoras (AGIP). 

La presencia de la derecha en la nómina del CAM no se limita a ex altos funcionarios de sus gobiernos afines. Entre los árbitros de la institución figuran nombres con trayectorias documentadas en las filas de la UDI y Renovación Nacional, los dos partidos que han concentrado históricamente el poder de la derecha chilena. 

Por la UDI están Herman Chadwick Piñera —primo del fallecido expresidente Sebastián Piñera, alcalde de Providencia designado por Pinochet en 1981 y presidente del CNTV nombrado por Piñera— y Edmundo Eluchans, ex diputado y presidente de la Cámara entre 2013 y 2014.

Pero el CAM no es territorio exclusivo de la derecha: también figuran Tomás Aylwin Bustillos y Miguel Patricio Aylwin Oyarzún, sobrino e hijo del expresidente DC Patricio Aylwin.

No son militantes anónimos: son abogados que han ocupado cargos directivos, integrado equipos programáticos o participado activamente en campañas de ambos partidos. 

De la Cato y la Chile

La nómina del CAM-CCS es también un mapa de la educación jurídica de élite en Chile. De los árbitros con universidad identificada, la mayoría proviene de solo dos casas de estudio: la Pontificia Universidad Católica (PUC) y la Universidad de Chile (UCH). No hay abogados de universidades regionales, ni de instituciones más recientes. 

El dato no es anecdótico: en un organismo que resuelve disputas millonarias y opera sin escrutinio público, la procedencia universitaria funciona como un filtro silencioso. Se entra al CAM, en buena medida, por haber estudiado donde estudia la élite más tradicional del país.

Esa concentración tiene una explicación estructural. La PUC y UCH no son solo las universidades más antiguas y prestigiosas del país: son también los espacios donde se forjan las redes que luego sostienen carreras enteras. Los mismos compañeros de facultad se encuentran décadas después en estudios de abogados, directorios de empresas, ministerios y, finalmente, en la nómina del CAM. El circuito se cierra sobre sí mismo, y quienes quedan fuera de él difícilmente logran entrar.

Pero si hay algo que hace visible ese circuito de forma casi didáctica, son los apellidos. Recorrer la nómina es un ejercicio de reconocimiento familiar: están los Aylwin —Miguel Patricio, hijo del ex presidente Patricio Aylwin—, los Ossa —Felipe, Juan José y Francisco— y los Vial, con seis integrantes en la lista: Manuel José, Aníbal, Paula, Gonzalo, Felipe y Víctor. A ellos se suman los Urenda, los Aninat, los Letelier. No son coincidencias: son familias que llevan generaciones operando en los mismos círculos jurídicos, económicos y políticos del país.

Lo que une a estos apellidos no es solo la trayectoria académica ni el prestigio profesional. Es una red de relaciones que se hereda y se cultiva: los mismos estudios de abogados, los mismos directorios, las mismas asociaciones gremiales, los mismos clubes. En ese contexto, la presencia simultánea de varios miembros de una misma familia en la nómina del CAM no sorprende. Es, más bien, la expresión lógica de cómo funciona el poder en Chile cuando no hay reglas que lo limiten.

El resultado es un espacio donde el poder se reproduce sin interrupciones ni contrapesos. Ex ministros que regularon sectores enteros de la economía hoy arbitran los conflictos que de esos años pueden desprenderse. Hijos de ex presidentes comparten nómina con integrantes del gabinete actual. Apellidos históricos del derecho chileno se sientan junto a militantes de los partidos que han gobernado la derecha por décadas. Todo esto ocurre lejos de la opinión pública, en salas donde lo que se decide no es menor: son los grandes conflictos empresariales del país, con el Estado muchas veces como parte.

Sin embargo, la propia respuesta del CAM deja en evidencia el límite de esa transparencia. Ante la pregunta de cómo se sabe qué árbitro estuvo en qué causa, la institución fue directa: por el principio de confidencialidad, toda la tramitación queda en el expediente electrónico al que solo tienen acceso las partes involucradas. Es decir, no hay registro público de quién arbitró qué, con qué resultado ni bajo qué circunstancias. Los mecanismos existen, pero operan en la oscuridad.

Qué se sabe del CAM-CCS

El CAM-CCS es, en definitiva, una puerta giratoria. Pero su problema no es solo quién entra por ella, sino cómo funciona por dentro. La institución fue fundada en 1992, bajo el alero de la Cámara de Comercio de Santiago. Pese a estar bajo este paraguas de la empresa privada santiaguina, es una entidad sin fines de lucro, que ya tiene más de 30 años de experiencia en resolución de conflictos. 

El CAM respondió a las consultas de este medio con una defensa de sus mecanismos internos. Según la institución, la selección de árbitros se realiza mediante concurso, donde los postulantes envían sus currículums, que son revisados por el Centro y sometidos a votación del Consejo. Los criterios, señalaron, son objetivos: especialidad, experiencia y estudios. Respecto de los conflictos de interés, indicaron que cada árbitro debe completar una declaración de independencia, imparcialidad y disponibilidad antes de aceptar un caso, la cual queda en conocimiento de las partes.

Sin embargo, la propia respuesta del CAM deja en evidencia el límite de esa transparencia. Ante la pregunta de cómo se sabe qué árbitro estuvo en qué causa, la institución fue directa: por el principio de confidencialidad, toda la tramitación queda en el expediente electrónico al que solo tienen acceso las partes involucradas. Es decir, no hay registro público de quién arbitró qué, con qué resultado ni bajo qué circunstancias. Los mecanismos existen, pero operan en la oscuridad.

Por encima de los árbitros está el Consejo, el órgano directivo que decide quién entra a la nómina y quién arbitra cada causa. Sus 15 miembros son designados por el Directorio de la Cámara de Comercio de Santiago, y entre sus funciones está la elaboración, mantención y actualización de las listas de árbitros, así como la designación de estos en las causas administradas por el CAM.

Los nombres que lo integran hablan por sí solos. Lo preside Ricardo Riesco, cuyo nombramiento ya generó el primer escándalo bajo el nuevo Código de Ética. Entre los consejeros figura Ramiro Mendoza, ex Contralor General de la República y ex presidente del Colegio de Abogados. Manuel José Vial, expresidente del CAM y ex vicepresidente del directorio de Scotiabank Chile, ejerce como Past President. Herman Chadwick Piñera —primo del ex presidente Piñera, alcalde de dictadura y presidente del directorio de Enel— también es Past President y consejero. Y Enrique Barros Bourie, uno de los cuatro abogados designados por el Estado de Chile como árbitro ante el CIADI, integra el cuerpo como consejero.

Pese a lo ajena que está la entidad respecto de la opinión pública, ha habido casos en que el CAM-CCS ha figurado en grandes titulares. 

El caso más emblemático de los últimos años que pasó por el CAM es el conflicto entre Codelco y el Consorcio Belaz Movitec, que se convertiría en una de las aristas centrales del llamado Caso Audios. En 2021, Movitec se adjudicó una licitación con Codelco por US$242 millones para retirar 125 millones de toneladas de tierra y construir caminos en el proyecto Rajo Inca de la División El Salvador. Tras incumplimientos, retrasos y la muerte accidental de un trabajador, Codelco decidió cortar el contrato, y el caso pasó a arbitraje bajo el alero del CAM. En ese proceso, Codelco reclamó al consorcio más de $70 mil millones, mientras que Belaz Movitec respondió con una demanda reconvencional que superaba los $158 mil millones. 

Pero el conflicto no se quedó en el CAM. En julio de 2023, un fallo de la Corte Suprema ordenó a Codelco devolver maquinarias y fondos retenidos por sobre $11 mil millones al consorcio, en una sentencia pronunciada por la entonces ministra Ángela Vivanco mientras presidía subrogantemente la Tercera Sala. Lo que se supo después es que ese fallo no era producto de una deliberación imparcial: los abogados del consorcio habrían sobornado a la pareja de Vivanco, pagándole al menos $90 millones para que Belaz Movitec resultara favorecido. Vivanco fue removida de la Corte Suprema, formalizada y detenida. El arbitraje en el CAM, sin embargo, siguió su curso paralelo, lejos de cualquier escrutinio. 

Lo que ocurrió dentro del CAM en ese mismo período ilustra el tipo de fricciones que el organismo enfrenta sin ninguna obligación de hacer públicas. El árbitro a cargo del caso desde 2023, Francisco Aninat, renunció invocando que había sido maltratado e injuriado por una de las partes, una causal que los propios juristas del mundo arbitral calificaron como muy poco habitual. El CAM designó entonces a Pedro Hernán Águila como reemplazo, quien aceptó el encargo pero lo renunció una semana después, aparentemente por haber participado previamente en una resolución vinculada al mismo conflicto. Así, María Teresa Muñoz Ortúzar, ex jefa de la División de Defensa Estatal del Consejo de Defensa del Estado, se convirtió en la tercera persona en asumir el rol de árbitro en la misma causa. Tres árbitros en un mismo caso, sin que la opinión pública tuviera noticia de ninguno de los episodios. 

No es el único caso de alto perfil que ha pasado por el CAM. En 2020, la familia Ossandón Larraín llevó al organismo una disputa por una herencia de US$1.000 millones en terrenos de Lo Barnechea, un conflicto que los hermanos Manuel y Bernardo Ossandón arrastraban desde 2011 y que ya había recorrido las sedes penal, civil, tributaria y la propia Corte Suprema. El árbitro que terminó a cargo, Jorge Correa Sutil, ex subsecretario de los gobiernos de Ricardo Lagos y Michelle Bachelet, aceptó el encargo luego de que dos árbitros anteriores declinaran asumir el rol. Una disputa entre herederos de una de las fortunas más grandes del país, resuelta en privado, por un ex funcionario de Estado, sin registro público del proceso ni del fallo. 

Ambos casos comparten una misma lógica: disputas de escala mayor, con el Estado o grandes patrimonios como parte, resueltas por árbitros con trayectorias en el poder político o estatal, en un espacio sin escrutinio ciudadano. Y en ambos, cuando algo salió mal, fue la justicia ordinaria o la prensa la que tuvo que sacarlo a la luz, nunca el propio CAM.

La ética dentro del CAM-CCS

A fines de 2025, el recién nombrado presidente del organismo, Ricardo Riesco, fue acusado de haber participado en el Comité de Ética que juzgó el actuar de un árbitro, sin transparentar que había sido socio del estudio de ese mismo árbitro entre 2010 y 2017, manteniendo además vínculos amistosos con integrantes de la firma. 

Así, el primer reclamo ingresado bajo el nuevo Código de Ética del CAM, creado precisamente para enfrentar cuestionamientos sobre la institución, terminó poniendo en entredicho al propio presidente del organismo.

Sobre la composición del Comité de Ética, el CAM-CCS informó a Interferencia que está integrado actualmente por Cristián Maturana, Ramiro Mendoza y Soledad Krause, todos miembros del Consejo, designados por el propio Consejo. El organismo que juzga el comportamiento ético de los árbitros es, en otras palabras, designado por la misma institución que lo aloja. No hay instancia externa, no hay participación ciudadana, no hay mecanismo de apelación fuera del propio CAM. Y fue ese mismo Comité el que, a fines de 2025, evaluó el actuar de un árbitro sin que su presidente transparentara sus vínculos previos con el estudio de ese árbitro.

Frente a este caso, el CAM-CCS respondió que no existía inhabilidad, argumentando que el tiempo transcurrido desde la salida de Riesco del estudio era suficiente para descartar cualquier conflicto de interés. Es la misma lógica que, en general, rige al organismo: los estándares los define la institución, los aplica la institución y los evalúa la institución.



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