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Viernes, 18 de Julio de 2025
Transición al nuevo régimen

El trabajo de la Comisión de Normas Transitorias: las nuevas instituciones, las viejas leyes y los plazos

Felipe Arancibia Muñoz

En caso de que el proyecto constitucional sea aprobado, el mismo texto debe definir los plazos para la aplicación de la nueva normativa y establecer los protocolos para una transición ordenada al nuevo régimen político, legislativo y judicial. Para tal fin, Normas Transitorias está deliberando el articulado que pondrá fin a viejas instituciones, transicionará de unas a otras y dará fecha de comienzo a los nuevos órganos.

Quedan siete semanas para que la Convención concluya su trabajo y quedan tres tareas pendientes: crear el texto preámbulo de la nueva Constitución, armonizar los 499 artículos para dar orden y estructura al articulado y organizar la transición a la nueva institucionalidad.

Este último punto es tan importante como la armonización del articulado, pues busca dar las directrices para, por ejemplo, transicionar del Senado a la Cámara de las Regiones o del Tribunal Constitucional a la Corte Constitucional. Pero también para crear, reformar o simplemente adaptar la legislación vigente a las nuevas normas constitucionales. 

Es decir, las normas transitorias ayudarán a que los nuevos y viejos órganos, así como la ley y las normativas, se apeguen a lo dictaminado en la nueva Constitución sin dejar vacíos legales o intersticios sin jurisdicción.

Para tal fin la Comisión de Normas Transitorias -conformada por 33 convencionales y con la coordinación de Eduardo Castillo (Colectivo del Apruebo) y Elisa Giustinianovich (Movimientos Sociales Constituyentes)- está deliberando las normas transitorias enviadas por los distintos colectivos antes del cierre de las comisiones temáticas el viernes 14 de mayo.

El primer problema a resolver es adaptar la legislación vigente para que respete lo normado en la nueva Constitución. Para tal fin, los convencionales ingresaron propuestas en las que el Legislativo y el Ejecutivo tienen el deber de promulgar nuevas leyes o reformar las necesarias para hacer funcionar el régimen institucional.

El primer problema a resolver es adaptar la legislación vigente para que respete lo normado en la nueva Constitución. Para tal fin, los convencionales ingresaron propuestas en las que el Legislativo y el Ejecutivo tienen el deber de promulgar nuevas leyes o reformar las necesarias para hacer funcionar el régimen institucional.

Por ejemplo, con el nuevo derecho a negociación colectiva, huelga y libertad sindical, en el consolidado de normas transitorias se propone que el Presidente deba presentar un proyecto de ley “que tenga por objeto adecuar la normativa sobre libertad sindical , según lo dispuesto en el artículo 12 del capítulo de Derechos Fundamentales”.

En este sentido, la propuesta de la comisión es que este proyecto sea tramitado en un “plazo de dos años contados desde la entrada en vigencia de esta Constitución” y que “mientras no se promulgue la correspondiente legislación sobre la materia regirán las normas vigentes”.

Al respecto, Contraloría se presentó ante la Comisión este miércoles para hacer propuestas de tránsito legislativo. El contralor, Jorge Bermúdez, propuso la creación de un Decreto con Fuerza de Ley Adecuatorio (DFLA) mediante el que el Poder Legislativo delegue su poder al Ejecutivo para que sea el Presidente quien en un plazo acotado pueda dictar las leyes para transitar de la Constitución de 1980 a la nueva.

“Podría quedar limitado ex profeso por una norma transitoria que estos DFLA solo podrán regular aquello que es indispensable para adecuarse a la nueva Constitución, es decir, que no innove más allá de lo que tiene la propia Constitución”, explicó Bermúdez.

Un segundo nudo que deberá desatar Transitorias es el paso de las instituciones actuales a las nuevas, incluso desde aquellas que sufrieron pocos cambios, como el Banco Central, hasta otras totalmente nuevas, como la Agencia Nacional de Aguas.

Un segundo nudo que deberá desatar Transitorias es el paso de las instituciones actuales a las nuevas, incluso desde aquellas que sufrieron pocos cambios, como el Banco Central, hasta otras totalmente nuevas, como la Agencia Nacional de Aguas.

Para el segundo caso, se ha propuesto transitar a través de un proyecto de ley del Ejecutivo con plazo de un año desde la promulgación de la nueva constitución. Además, así se aúna las nuevas garantías del uso de agua, considerada incomerciable en el borrador constitucional.

En la propuesta de norma transitoria, los convencionales proponen que el proyecto del Ejecutivo deberá ser una “Ley de Reforma al Código de Aguas que establezca la institucionalidad y funciones de la Agencia Nacional de Agua”.

Respecto a los actuales derechos de agua no habrá intersticio pues, con la entrada en vigencia de la Constitución, “los titulares de todo título de aprovechamiento de aguas continuarán usándolas, pero ahora en calidad de usuarios autorizados”.

Aunque, como comentó el contralor Bermúdez, esto podría generar un vacío, pues la actual normativa no prevé este cambio en el derecho de uso, por lo que sería necesario promulgar la ley respectiva antes de que la Constitución comience a regir.

Un último punto es la transición de los organismos y sus funcionarios. En este sentido, diferentes órganos han presentado sus propias propuestas de normas transitorias y las problemáticas que podrían surgir a petición de la Mesa Directiva de la Convención.

Un último punto es la transición de los organismos y sus funcionarios. En este sentido, diferentes órganos han presentado sus propias propuestas de normas transitorias y las problemáticas que podrían surgir a petición de la Mesa Directiva de la Convención. Tal caso es el de Contraloría, el Tribunal Constitucional, la Corte Suprema y el Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que se han presentado en la comisión.

Asimismo, el Senado, la Cámara de Diputados, el Ministerio Público y el Banco Central, entre otros, han enviado sus comentarios respecto a la transición en sus funciones y la elección de sus miembros. 

Por ejemplo, el Ministerio Público, a través de un oficio enviado por el Fiscal Nacional, Jorge Abbott, sugirió “la incorporación al texto constitucional de una norma transitoria que permita en el mes de octubre del presente año llevar a cabo el concurso de Fiscal Nacional (...), con expresa mención a que el periodo de ejercicio del cargo será de 6 años”.

En este sentido, la comisión también maneja las normas transitorias con que “los capítulos, artículos y referencias” al Poder Legislativo y Ejecutivo entrarán en vigencia el 11 de marzo de 2026, proposición de Fuad Chaín (DC).

Al respecto, el Senado manifestó -por solicitud de la Mesa Directiva- que se respete “la voluntad popular expresada en las urnas y, conforme a lo que indica la tradición democrática de Chile (...), tales mandatos deben ser íntegramente respetados”.

Sin embargo, la norma propuesta establece el comienzo de la Cámara de las Regiones en 2026, con lo que los últimos senadores electos perderían cuatro años de mandato.

Para subsanar esta problemática, Segpres sugirió a la comisión que los senadores sean traspasados al nuevo órgano, mientras la elección de representantes regionales corra para las regiones que deben elegir senadores en 2025. O, como alternativa, acotar el mandato de los senadores y elegir a la totalidad de la cámara regional en 2025, pero con un periodo también acotado, de modo que, los mandatos de ocho años comiencen en 2028 para las elecciones municipales, tal como señala el artículo 11 del borrador constitucional.



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